ELTIEMPO.COM, Por: JORGE ENRIQUE MELÉNDEZ P., 07 de Septiembre del 2013
Alcaldías y gobernaciones pagan parte de la mesada de legisladores que trabajaron en ellas.
Las pensiones de los excongresistas tienen en serios aprietos financieros, con riesgo de embargo, a 86 alcaldías y a 26 de las 32 gobernaciones del país.
La razón: antes de pensionarse del Congreso, muchos legisladores trabajaron en alcaldías o gobernaciones, que hoy deben pagar una parte de su jubilación.
El asunto es simple. Cuando ese jubilado trabajó en una alcaldía, por ejemplo, su sueldo era poco, pero al recibir una pensión de congresista, que hasta julio superaba los 21 millones de pesos, esa administración tiene que aportar el porcentaje correspondiente a los años que allí laboró, pero sobre la base salarial que devengó en el Legislativo. Un caso que muestra claramente esto se puede ver en Abejorral (Antioquia). La Alcaldía debe pagar la cuota -parte correspondiente a Gustavo López, quien fue personero del 68 hasta el 75, pero que terminó pensionado como legislador.
Mensualmente debe girar a Fonprecón (Fondo de previsión social del Congreso) 6,3 millones de pesos, como aporte de la pensión de López. Hoy, el sueldo del alcalde, que es el mismo del personero, es de 2,9 millones de pesos mensuales. Pero como en su mayoría son deudas viejas y muchos municipios y gobernaciones se han colgado con estos pagos, la cartera que al respecto tiene Fonprecón ya llega a los 332.000 millones de pesos.
El principal deudor por este concepto es la Gobernación de Magdalena, que debe 30.354 millones de pesos. De este monto, 3.233 millones corresponden a la pensión del exsenador Ricardo Villa; 1.863 al exsenador Carlos Caballero Cormane, y 2.463 a Antonio Villa Carbonell.
Pero la parte más preocupante se ve con los municipios pequeños. Ciénaga de Oro (Córdoba) debe 814 millones de pesos por cuenta del excongresista Amaury Burgos. En Pinillos (Bolívar), la acreencia es de 1.280 millones de pesos.
La deuda de María La Baja (Bolívar) con Fonprecón es de 1.370 millones, por cuenta de la pensión de Jorge González. Soplaviento (Bolívar) adeuda 1.655 millones, Ortega (Tolima), 1.671 millones, Pivijay (Magdalena), 1.993 millones y Maicao (La Guajira), 1.765 millones de pesos, entre otros.
En Ortega deben pagar la cuota-parte del excongresista Germán Huertas Combariza, aunque en la Alcaldía aseguran que no encuentran documentos que certifiquen que allí laboró.
Nuquí, un municipio pobre de Chocó, debe a Fonprecón 627 millones de pesos por pensión de dos excongresistas: Gentil Córdoba y Reyes Murillo. La Alcaldía reportó que está buscando documentos para aclarar la vinculación que tuvo Córdoba con esa administración.
A estos se suma el caso de Cajamarca (Tolima). Allí, entre enero de 1931 (cuando apenas tenía 17 años) y agosto de 1935, Raúl Ospina Salazar habría sido alcalde y jefe de la Policía Municipal.
Aunque en la Alcaldía no creen que esto sea verdad, lo cierto del asunto es que esos cerca de cinco años que aparentemente laboró en esa administración tienen hoy endeudado al municipio por 549 millones de pesos de la cuota-parte que deben pagarle a Fonprecón, pues Ospina, ya fallecido, se pensionó como congresista. Fonprecón demandó esta pensión y un fallo ordenó quitársela a la viuda a finales de 2012. Pero la deuda de Cajamarca persiste. “Si se paga esa deuda el municipio se queda más de dos años sin salud y sin educación”, dijo el alcalde de Cajamarca, Luis Evelio Gómez. Si bien esto parece absurdo, está incluido en la ley. Y Fonprecón está obligado a cobrar y a ejecutar al ente territorial que no pague.
‘No quieren pagarnos’
Habla Francisco Ramírez, director de Fonprecón
Habla Francisco Ramírez, director de Fonprecón
Según Francisco Ramírez, director de Fonprecón, la elevada deuda se debe a que hay municipios y gobernaciones que se han colgado o no han querido pagar, aunque reconoció que algunos tienen dificultades.
“Se está tratando de llegar a acuerdos, de buscar fórmulas de pago con todos, porque la ley nos obliga a cobrar esa plata y nos da herramientas”, dijo.
Y agregó que la fórmula para liquidar pensiones a excongresistas y las cuotas-partes está definidas en los decretos 2921 de 1948 y 1848 de 1969, y las leyes 33 de 1985 y la 71 de 1988.
JORGE ENRIQUE MELÉNDEZ P.
Subeditor Político
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