jueves, 12 de septiembre de 2013

Listo decreto que reduce aranceles de agroquímicos a cero

PORTAFOLIO.COM, Última actualización 



Esto es el resultado de las propuestas que se vienen desarrollando con los campesinos y productores de departamentos abastecedores de varios de los alimentos

El ministro de Comercio, Industria y Turismo, Sergio Díaz-Granados, anunció que ya está firmado el decreto mediante el cual se rebaja los aranceles a los agroquímicos para beneficio del sector agropecuario.

El decreto cobija un total de 23 subpartidas arancelaria y tiene un costo fiscal de 20.000 millones anuales.
La norma, que fue aprobada por el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior (Comité Triple A) y tendrá una vigencia de dos años.
El Ministro dijo que esto es el resultado de las propuestas que se vienen desarrollando con los campesinos y productores de departamentos abastecedores de varios de los alimentos de alto consumo nacional, en el marco del Pacto Nacional por el Agro y el Desarrollo Rural.
La siguiente es la lista de 23 insumos a los que se les reduce el arancel a cero:
1. Sulfato de amonio.
2. Sales dobles y mezclas entre sí, de sulfato de amonio y de nitrato de amonio.
3. Nitrato de amonio, incluso en disolución acuosa.
4. Sales dobles y mezclas entre sí, de nitrato de calcio y de nitrato de amonio.
5. Mezclas de urea con nitrato de amonio en disolución acuosa o amoniacal.
6. Los demás abonos minerales o químicos nitrogenados, incluidas las mezclas no comprendidas en las subpartidas precedentes.
7. Abonos minerales o químicos con los tres elementos fertilizantes: nitrógeno, fósforo y potasio.
8. Abonos  minerales  químicos  que contengan nitratos y fosfatos.
9. Los demás abonos minerales o químicos con los dos elementos fertilizantes: nitrógeno y potasio.
10. Insecticidas que contengan una o más de las substancias indicadas en la Nota de subpartida 1 del Cap. 38, presentados en formas o en envases para la venta al por menor o en artículos.
11. Los demás insecticidas que contengan una o más de las substancias indicadas en la Nota de subpartida 1 del Cap. 38
12. Los demás insecticidas, presentados en formas o en envases para la venta al por menor o en artículos, que contengan permetrina o cipermetrina o demás sustitutos sintéticos  del piretro.
13. Los demás insecticidas, presentados en formas o en envases para la venta al por menor o en artículos.
14. Los demás insecticidas, que contengan permetrina o cipermetrina o demás sustitutos sintéticos  del piretro.
15. Los demás insecticidas.
16. Los demás fungicidas presentados en formas o en envases para la venta al por menor o en artículos:
17. Los demás fungicidas
18. Los demás herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, presentados en formas o en envases para la venta al por menor o en artículos
19. Herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, presentados en formas o en envases para la venta al por menor o en artículos, que contengan  butaclor o alaclor
20. Los demás herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, presentados en formas o en envases para la venta al por menor o en artículos
21. Los demás desinfectantes presentados en formas o envases para la venta al por menor  o en artículos
22. Los demás raticidas y demás antirroedores, presentados en formas o en envases para la venta al por menor o en artículos
23. Los demás raticidas y demás antirroedores

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