miércoles, 28 de septiembre de 2016

¿Qué impacto trae eliminar el Iman y el Imas?

larepublica.co,  David "Chato" Romero,  Septiembre 28, 2016

dromero@larepublica.com.co



La próxima reforma tributaria que presentará el Gobierno Nacional ante el Congreso se concentrará en las personas naturales y uno de los ejes en los que se enfocaría el articulado es en despejar las dudas sobre cómo deben los contribuyentes declarar renta o ingresos.

El problema radica en la confusión que generó el tener cuatro sistemas de declaración, por lo que la Comisión de Expertos propone adoptar para efectos tributarios una clasificación por tipos de rentas según su naturaleza en dos grandes grupos. El primero es la renta de trabajo y el segundo es otras rentas. 
De llegar a presentarse un artículo que simplifique el sistema los expertos señalan que no solo habría más claridad para los contribuyentes sino que se lograría el objetivo de conocer más información sobre bienes e ingresos de los colombianos y aumentar el recaudo.
Cómo es el sistema actual
Uno de los puntos que terminó creando confusión en los contribuyentes fue la creación del Impuesto Mínimo Alternativo Nacional (Iman) y el Impuesto Mínimo Alternativo Simplificado (Imas). Lo anterior llevó a que el país tuviera cuatro sistemas: la renta ordinaria; la complementaria - que incluye el cálculo del impuesto a través de la renta presuntiva-; el Iman y el Imas.
En el Iman, según lo estableció la reforma de 2012, recogía las contribuciones de las personas que estaban en la categoría de empleados. De acuerdo con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) se grava la renta resultante de disminuir de la totalidad de los ingresos brutos (salvo la ganancia ocasional) de cualquier origen obtenidos en el respectivo periodo gravable. 
Sin embargo, era una alternativa para los contribuyentes cuando registraban un monto del impuesto calculado mediante el sistema ordinario inferior al del Iman. En ese caso, el impuesto sobre la Renta será el Iman. El nudo se complementa cuando el contribuyente miraba el sistema Imas, al que la ley 1607 de 2012 le otorgó la facultad de recoger a los trabajadores de cuenta propia y a los empleados cuya renta gravable fuera inferior a las 4.700 UVT.
La propuesta de la Comisión quiere simplificar el sistema y señaló que se considerarían rentas exclusivas de trabajo, las obtenidas por personas naturales por concepto de salarios, comisiones, prestaciones sociales, viáticos, gastos de representación, honorarios, emolumentos eclesiásticos, compensaciones recibidas por el trabajo asociado cooperativo y en general, las compensaciones por servicios personales.  Las otras rentas son todas aquellas que no califiquen como de trabajo. 
Según Jairo Higuita, socio y tributarista de la firma Crowe Horwath “el sistema se volvió muy complejo y terminó dejando un efecto negativo porque a los contribuyentes les generó una confusión si estaban o no en la categoría empleados ya que esta no solo incluía a los asalariados sino también a los independientes y llevó a que no se tuviera mucha eficiencia en la fiscalización”. 
A esto se suma, según Higuita, el hecho de bajar la base gravable de las personas naturales con el fin que la Dian pueda conocer más información de los contribuyentes. Si se compara el nivel de tributación de las personas naturales sobre el impuesto de renta, vemos que Colombia solamente recoge 15% del recaudo por esta vía. En América Latina el porcentaje del PIB del recaudo de las personas naturales corresponde a 1,3%, en el país esta cifra es de 0,8%. 
Según el exdirector de la Dian, Gustavo Cote, el gran reto que tiene la entidad es “si cuenta con la capacidad de recibir la información adicional si se aprueba que más ciudadanos pasen sus declaraciones y contribuyan, en una manera progresiva, al recaudo de impuestos de la renta”. 
Y es que mientras en los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde) el umbral para empezar a pagar la renta inicia en 0,2% del PIB per cápita, el estatuto tributario del país lo pone en 2,8%. Ahora, falta ver si Hacienda está dispuesto a acoger la propuesta de la comisión.
Aumento del IVA tiene un nuevo oponente

Uno de los elementos fundamentales en la propuesta de la reforma tributaria es el incremento del IVA de 16% a 19%, según lo planteo en su momento la Comisión. De acuerdo con Luis Aurelio Díaz, gerente general de Oikos, dicho aumento a este impuesto desbordará la informalidad y, por tanto, disminuirá la misma base tributaria. “El incremento del IVA debería ser únicamente y, de manera paulatina, para productos y servicios que hoy en día no lo tienen”.  

La opinión
Gustavo Cote
Exdirector de la Dian
“El gran reto que tiene la Dian es poder recoger más información de las personas naturales para poder tener incidencia e impacto en la evasión de impuestos”.

Jairo Higuita
Socio Tributarista de Crowe Horwath
“Se volvió muy compleja la tributación para las personas naturales con la creación del Imas y el Iman. Y si se suma un aumento de la base gravable se mejoraría el sistema”.

Renta de trabajadores debe aportar más impuestos, dice Ocde (*)

eltiempo.com,  ECONOMÍA Y NEGOCIOS, 26 de septiembre de 2016

Ángel Melguizo, directivo de la Ocde en América Latina.

Tributos sobre salarios son bajos en América Latina: 21,7 %, y en países de este grupo es de 35,9 %.


Colombia necesita recomponer los impuestos para equilibrar las cargas entre los tributos a la nómina, los de renta de personas naturales y los de consumo, de manera que aporten en proporciones similares, advirtió la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde), tras presentar ayer el primer informe del estudio ‘Impuestos sobre los salarios en América Latina y el Caribe’.

El peso tributario sobre la nómina, pese a la reforma que se introdujo en el 2012 en Colombia, y que pasó algunas de las responsabilidades que tenían los empleadores (parafiscales y seguridad social de ciertos empleados) al Estado, sigue recayendo sobre el que contrata y el contratado.

Es más, Colombia es uno de los países que más grava la nómina como tal, pero la recaudación total es baja en comparación con los países de la Ocde, en parte, porque el impuesto de renta de las personas naturales lo aportan pocos y de manera inequitativa (la carga recae sobre los empleados formales).

Las cifras hablan por sí solas. El 30 por ciento del costo laboral de un empleado está asociado a la obligación de financiar su seguridad social, lo que, según la Ocde, desestimula la formalidad, tanto para las empresas, como para el empleado, que prefiere seguir en el mercado informal.

La repartición de la carga que implica pagar la seguridad social del trabajador, en Colombia, requiere que el empleador ponga el 24,7 por ciento del costo laboral y el empleado el 5,3 por ciento de su ingreso.

En los países de la Ocde, esta relación es de 14,3 por ciento para el empleador y 8,3 por ciento para el empleado.


Esto no quiere decir que en Colombia haya que subirle el costo al trabajador, sino ampliar la base de aportantes, tanto por el lado del impuesto de renta, como por el de la formalización del empleo”, expresa Ángel Melguizo, director del centro de desarrollo de la Ocde en América Latina.

Hay que destacar que el promedio del costo en seguridad social, en América Latina, es del 21,9 por ciento (mucho más bajo que en Colombia) y en los países de la Ocde es de 35,9 por ciento.

La clave para lograr mayor equilibrio, según Melguizo, está en que el esquema tributario de los países de América Latina se acerque más al de la Ocde, en donde el impuesto de renta personal representó el 13,3 por ciento de los costos laborales del trabajador. Allí, el margen de recaudo es alto, teniendo en cuenta que, con excepción de México, en los demás países este costo es de cero.

La mayor parte de la fuerza laboral tiene ingresos que quedan por debajo del mínimo imponible para el impuesto de renta”, explicó Melguizo.

El desafío, para que los países de la región logren incrementar el recaudo, generar equidad y no apretar ni al empleador ni al empleado es apuntarle a una reorganización integral de los esquemas tributarios. En general, se trata de ampliar la base de los contribuyentes del impuesto de renta a título personal, lo que tendría que combinarse con la creación de incentivos para que tanto empresas como empleados se interesen en formalizarse, porque esto no les representa altos costos. Y, definitivamente, en el caso de Colombia, Melguizo reitera la conveniencia de gravar los dividendos.

Frente a que la propuesta del informe parece indicar que lo ideal sería que el empleador solo pague al empleado el salario, el director regional de la Ocde dijo que “hay que equilibrar la relación de las contribuciones y acercarla a los niveles de la Ocde, donde un tercio de los ingresos fiscales provienen de la renta de las personas y las empresas, otro tercio de las obligaciones por seguridad social y otro tercio por impuestos sobre el consumo. Hay que ir hacia el equilibrio sin que sea una receta”.

Tributaria junto a la pensional
Ángel Melguizo, jefe de la Unidad Latinoamericana y Caribeña del Centro de Desarrollo de la Ocde, habló del caso colombiano.

Sobre impuestos a la nómina el empleado siente que tiene mucha carga y el empleador también. ¿Quién debe asumir el costo de la formalización?

Una reforma en pro de la formalidad tiene que estar coordinada con la reforma pensional y la reforma tributaria. Tienen que hacerse cuanto antes en Colombia, con un plan gradual, pero hay que hacerlo de manera combinada.

Hay márgenes en otros impuestos. Lo que se trata es que el empleo formal o bien las empresas o los trabajadores no soporten tanto.

¿Cuando hicieron el análisis de Colombia tuvieron en cuenta que la mayor parte de los trabajadores tiene bajo ingreso?

Los impuestos sobre la nómina encarecen el empleo formal, tanto para las empresas como para los trabajadores,
pero también hay que tener en cuenta el trabajador informal que muchas veces tiene un ingreso menor al salario mínimo. Cuando este trabajador es de clase media vulnerable, pasar a ser formal implica usar a veces el 60 por ciento de su salario. Hay que aumentar los incentivos para que los trabajadores y las empresas participen en el sector formal de la economía.

El estudio habla de aligerar cargas sobre el trabajo formal, pero aumentar contribuyentes del impuesto de renta. Ahí caen los trabajadores.

Un impuesto sobre la renta más fuerte no solo implica gravar rentas salariales sino dividendos. Se trata de cambiar las bases, aumentar el número de los que tributan.

ECONOMÍA Y NEGOCIOS

MÁS NOTICIAS


Cómo solicitar la doble asesoría pensional

larepublica.co, Kimberly Serje,   Septiembre 28, 2016

kserje@larepublica.com.co



El año pasado, 160.000 personas se pasaron de los fondos privados de pensiones a Colpensiones. Aunque el presidente de la entidad estatal, Mauricio Olivera, dice que “lo que más nos importa es que los colombianos estén donde mejor les vaya”, lo cierto es que un estudio del Ministerio de Hacienda reveló que 95% de los traslados fue erróneo.

Para Asofondos, el principal problema es que la gente se traslada sin tener la información adecuada, y por eso es que la Superfinanciera publicó la Circular Externa 016 de 2016 con el fin de que al momento en que alguien decida cambiarse de régimen pensional “tenga una asesoría completa por parte de personal idóneo de las entidades administradoras con el fin de que tome una decisión acertada”.
En ese contexto, desde el 1 de octubre será una obligación para las personas que quieren cambiar del régimen privado al público o viceversa recibir la asesoría de alguna de las AFP y de Colpensiones (inicialmente para las mujeres de más de  42 años y hombres de más de 47).
Teniendo en cuenta lo anterior, si usted ha escuchado de otra entidad más favorable o con más beneficios y desea trasladarse, LR le trae una guía para solicitar la doble asesoría pensional. 
Lo primero que debe hacer es solicitar una cita en su administradora de pensiones actual y otra con la empresa a la que desea trasladarse. Seguido de esto, deberá resolver sus inquietudes en las citas acordadas con ambas entidades para  tener claridad de los privilegios que le traerá un cambio. Es importante que la información que presente en sus encuentros sea adecuada para que las estimaciones que le den sean precisas.
De acuerdo con la Superfinanciera, “lo más importante a tener en cuenta es que la condición de cada afiliado es única. Esto significa que la conveniencia de uno u otro régimen depende de variables individuales tales como la edad, el género, los beneficiarios y el tiempo y el monto de cotización para la pensión. No hay un régimen mejor que el otro, todo depende de la historia laboral y la edad en la cual el trabajador toma la decisión de cambiar al régimen pensional que se hará cargo del pago de su pensión”.
Finalmente, luego de estos pasos usted podrá decidir si desea permanecer en su entidad actual o trasladarse a otra que considere más favorable. Recuerde que para poder efectuar el traslado de haber permanecido por lo menos cinco años en su régimen actual, además debe estar a más de 10 años de cumplir la edad de pensión.
Es importante que sepa que si usted se cambia de entidad y luego se retracta de su decisión, tendrá solo cinco días hábiles para anular el traslado. Además, sepa que si tomó la doble asesoría,  pero ninguna decisión de cambio, los datos obtenidos y las proyecciones sobre el monto de su eventual pensión solo tendrán validez por un año.
En entrevista con LR, el presidente de Colpensiones comentó “la doble asesoría fue pensada para que el ciudadano tome la decisión a conciencia, porque no solo es hacer un traslado, es cotizar más, saber qué le falta, es hacer las cosas con tiempo y no esperar hasta que le falte uno o dos años para pensionarse”.
La opinión 
Mauricio Olivera
Presidente de Colpensiones
“Estamos capacitando a más de 150 personas para que realicen estas asesorías. También estamos trabajando con los fondos privados”.

Noticias Relacionadas

ABC del sistema general de pensiones colombiano

larepublica.co,  Miércoles , Septiembre 28, 2016

Si usted es una mujer que ronda los 47 años o un hombre que se acerca a los 51, sepa que está en el grupo de los 570.422 colombianos que, a 10 años de cumplir la edad de jubilación, tiene la última oportunidad para cambiar de régimen pensional.

Según el Ministerio de Trabajo, en Colombia hay 22,01 millones de empleados, de los cuales solo 7,8 millones aportan al sistema pensional que da cobertura a unos 2,1 millones de pensionados sobre los más de 3,6 millones de personas mayores de 65 años que viven en el país. 
Para construir su ahorro para la vejez durante su vida laboral deberá elegir entre dos opciones: Régimen de Prima Media (RPM), administrado por Colpensiones o Régimen de Ahorro Individual Solidario (Rais), compuesto por las AFP.  
Por un lado, el sistema público que reemplazó al desaparecido Instituto de Seguros Sociales (ISS) tiene unos 6,5 millones de afiliados, con 2,1 millones de cotizantes y 1,2 millones de pensionados.
Del otro, el régimen administrado por los fondos privados Protección, Porvenir, Old Mutual y Colfondos amontona a 13,7 millones de personas, tiene 6,01 millones de cotizantes, 915.000 pensionados y maneja recursos por $206 billones, según cifras de la Superintendencia Financiera. 
 Antes de elegir a qué fondo le conviene trasladar su dinero para pensionarse, deberá asesorarse sobre las diferencias más relevantes entre los dos regímenes. 
En Colpensiones, donde el capital se encuentra en un fondo de naturaleza común, constituido por los aportes de todos los afiliados, la pensión dependerá de alcanzar la edad estipulada (62 Hombres - 57 Mujeres), el número de semanas cotizadas (1.300) y el salario de los últimos 10 años.
Al contrario, en los fondos privados, que están en una cuenta de ahorro individual, podrá pensionarse en el momento que consiga acumular un capital igual a mayor al 110% de un salario mínimo vigente que vendrá determinado por los aportes voluntarios que realice y los rendimientos obtenidos por los fondos. 
No obstante, en el caso de que el afiliado no cumpla con estos requisitos, en Colpensiones tendrá acceso a una indemnización sustitutiva, es decir, a los aportes realizados durante la vida laboral actualizados al IPC y en el régimen privado a una devolución de saldos que incluirá los aportes realizados, más los rendimientos generados, que históricamente han sido más altos que la inflación. 
Las opiniones
Ricardo Bonilla
Exsecretario de Hacienda de Bogotá
“Es necesario garantizar la fidelización de los colombianos al sistema y que se tenga claridad entre las diferencias de los regímenes”. 

Jorge llano
Director de estudios económicos de Asofondos
“El problema pensional se agrava con la alta informalidad que existe en la economía, donde de 22 millones de trabajadores, solo 7,8 millones cotizan a la seguridad social”.