sábado, 1 de junio de 2013

EL RÉGIMEN PENSIONAL

Edgar:

Esas condiciones económicas son propias del Sistema Capitalista en que vivimos. El que hace la ley… pone las condiciones y entierra todos los que quiera.

Aún así con la Carta del 91 muchas cosas han cambiado en el país y ha de seguir cambiando. Así entonces como nos están robando año tras año, esa regulación –y me estoy refiriendo al incremento anual- denota un factor de DISCRIMINACIÓN y por consiguiente una violación al Principio de IGUALDAD que debe existir entre todos. El escudo constitucional es que el juicio de igualdad nace de la libertad legislativa del CONGRESO. En otras palabras: EL LEGISLADOR es libre de fijar no solo los salarios, sino también las pensiones (como la ley 100 del 93, por ejemplo).

Aún así voy a INTERESAR a un laboralista amigo y experto constitucionalista para que me diga si le cabe a eso un TEST DE IGUALDAD y me siento con él a hacer una demanda de inconstitucionalidad.

Le estaré contando.

Atentamente

John Eisenhower Ramirez S.
Conciliación, arbitraje.
Derecho de Familia y Casación.

Carrera 9 No. 9-49 Piso 15
Edificio Residencias Aristi
( 889 4203 / 310 8411 458

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