miércoles, 26 de junio de 2013

Procuraduría solicitó nulidad de la sentencia que tumbó las pensiones altas

LAREPUBLICA.CO,  Martes, Junio 25, 2013 to


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A través de una carta con fecha del 21 de junio de 2013, la viceprocuradora General, Martha Isabel Castañeda, solicitó a la Corte Constitucional declarar la nulidad de la Sentencia C-258 de 2013, por la cual se tumbó el régimen especial de pensiones.
El documento advierte errores de procedimiento y aclara que la Procuraduría tiene toda la facultad para solicitar dicha nulidad y lo hace dentro de los términos fijados por la ley. “Con ocasión de la expedición de la Sentencia C - 258 de 2013, se incurre en violación al debido proceso consagrado en el artículo 29 Superior, en tanto se vulneraron directamente los artículos 48, 53, 93, 237 y 241 de la Constitución Política, se aplicó indebidamente el principio de la no regresividad en materia pensional y se desconoció lo dispuesto en diferentes normas del Decreto 2067 de 1991, y en distintas reglas constitucionales reconocidas y desarrolladas en su propia jurisprudencia”, argumenta la solicitud.
Cabe recordar que según la jurisprudencia colombiana, la violación al debido proceso es la única forma que podrá servir de base para que la Corte anule una sentencia. “De conformidad con lo anterior, la Corte Constitucional ha reconocido que en situaciones jurídicas calificadas como especialísimas y excepcionales se puede provocar la nulidad de una sentencia de la propia Corporación, cuando esta desconoce el debido proceso”, enfatiza el documento.
Así mismo, el Ministerio Público recalcó que es una verdadera vulneración al debido proceso y no una reapertura del debate o un desacuerdo con la interpretación realizada por la Sala Plena de la Corte Constitucional. De esta manera, citó varios casos en los que pudieron existir violaciones.
Dentro de los argumentos, la Procuraduría alega que el proyecto de sentencia, que fue divulgado por un medio de comunicación, va en contravía de la reserva legal que está consagrada en el artículo 19 del mismo decreto, “norma que restringe el acceso y conocimiento de los proyectos de sentencia a los magistrados de la Corporación”. Así mismo, advirtió un posible desconocimiento de las reglas, en la cual, la mayoría necesaria para adoptar la decisión, pudo haberse visto afectada.
De otro lado, dentro de las violaciones materiales al debido proceso, el Ministerio Público resaltó el desconocimiento de precedente constitucional frente al principio de progresividad y no regresividad de los derechos económicos, sociales y culturales y el desconocimiento del precedente constitucional respecto de la inobservancia de la garantía de los derechos adquiridos. Además, la incompetencia de la Corte Constitucional para referirse materialmente al Acto Legislativo 01 de 2005 y por la falta de vinculación procesal de las personas que resultarían afectadas con la decisión.
En este sentido, el abogado de la firma Orozco y Orozco Abogados, Julio José Orozco aseguró que “quienes hemos tenido la oportunidad de leer el fallo, no solo lamentamos la protuberante nulidad procesal que alega la Procuraduría, sino también la nulidad intelectual que se aprecia en todo su texto, adicionado que la Corte Constitucional usurpó vulgarmente las competencias exclusivas del Congreso”. Por su parte, el constitucionalista, Juan Manuel Charry, explicó que es muy difícil que se pueda declarar la nulidad de dicha decisión, ya que en los 20 años que tiene la Corte, son pocas las decisiones en este sentido. No obstante, dijo que entre todos los argumentos que presentó la Procuraduría, el desconocimiento de las reglas de la mayoría podría dar sorpresas.
“Es poco probable que le acepten la nulidad, las posibilidades que decreten son muy bajas. Vamos a presenciar un gran choque de trenes porque a pesar de la sentencia, vamos a ver a un Consejo de Estado aceptando la posición de los derechos adquiridos”, aseguró. Agregó que “ya tenemos al Fiscal General pidiendo responsabilidades penales. Va a ser una gran crisis entre todos los jueces, va a haber responsabilidades penales, desconocimiento de las sentencias, muchos problemas por este tema”.
Lo anterior porque ayer, el fiscal General, Eduardo Montealegre, dijo que denunciará al presidente de la Comisión de Acusación, quien archivó la investigación por las pensiones onerosas de los magistrados. No obstante, Constantino Rodríguez, manifestó que el proceso contra el llamado ‘carrusel de las pensiones’ no ha sido archivado. Por su parte, la jefe de Fiscales Delegados ante la Corte Suprema de Justicia, Martha Lucía Zamora, radicó un escrito de recusación en contra de tres magistrados del Consejo Superior de la Judicatura para que no conozcan de la investigación que se adelanta en su contra por su actuación en el caso Sigifredo López. Zamora recusó al magistrado ponente en su caso, Henry Villaraga, así como a Angelino Lizcano y Julia Emma Garzón.
Las opiniones
Juan Manuel Charry
Constitucionalista

Es poco probable que le acepten la nulidad, las posibilidades que decreten es muy baja. Vamos a presenciar un gran choque de trenes entre los jueces porque van a desconocer esta sentencia.
Julio José Orozco
Abogado

Lamentamos la protuberante nulidad procesal que alega la Procuraduría y también la nulidad intelectual que se aprecia en toda la sentencia que tumbó las altas pensiones.
Pablo Bustos
Presidente de la Red de Veedurías

Vemos con preocupación la intervención de la Procuraduría General, que emite su concepto a favor de los congresistas y magistrados que ostentan privilegios pensionales.
Ana María Bedoya Jiménez
abedoya@larepublica.com.co

1 comentario:

  1. ES CURIOSO, ESTE PROCESO DE VIOLACIONES AL DEBIDO PROCESO, DESCONOCIMIENTO DE SEGURIDAD JURIDICA, DESCONOCIMIENTO DE DERECHOS ADQUIRIDOS, VIOLACION DE LA COSA JUZGADA Y OTRAS BELLEZAS JURIDICAS MAS SE HAN COMETIDO EN CONTRA DE LOS EXTRABAJADORES PORTUARIOS Y NUNCA NADIE PROTESTO DE TANTA AGRECIVIDAD CONTRA UNOS CIUDADANOS DE BAJO NIVEL INTELECTUALM PERO CUNDO TOCAN A CIUDADANOD DE ALTO NIVEL INTELECTUAL SE CIMBRONEA EL ESTADO JURIDICO, POR VIOLACIONES AL DERECHO.

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