Por: REDACCIÓN ECONOMÍA Y NEGOCIOS , 03 de Mayo del 2013
Jubilados, administradoras privadas y afiliados a Colpensiones, con preguntas sobre lo que se viene.
La reforma del sistema de pensiones que está preparando el Gobierno, y en cuya discusión participan los gremios empresariales, las centrales obreras, organizaciones de pensionados y acádémicos, ha despertado expectativas y más de una pregunta entre los afiliados a Colpensiones y a las administradoras privadas (AFP), así como entre los más de 1,5 millones de jubilados.
De entrada hay que señalar que los voceros gubernamentales y demás organizaciones han dicho reiteradamente que se respetarán los derechos adquiridos y que la reforma contemplará un régimen de transición, que puede ser de 10 o 15 años, en el que las reglas de juego para los afiliados que determine la ley no se cambiarán, es decir que continuarán con las normas que hoy los cobijan.
Así, quienes actualmente cotizan para pensiones y que, por una u otra razón están pensando en cambiar de régimen, de prima media a ahorro individual (Rais) o viceversa, deben tener en cuenta la normatividad vigente antes de tomar una decisión.
Con el apoyo de Asofondos (gremio de las AFP), y con base en las normas, se responden algunas inquietudes.
La primera recomendación es que el traslado debe ser cuidadosamente estudiado y analizado en función de su bienestar futuro.
La primera recomendación es que el traslado debe ser cuidadosamente estudiado y analizado en función de su bienestar futuro.
¿Qué se debe tener en cuenta para cambiar de régimen?
Actualmente se permite que los afiliados puedan trasladarse de régimen cada 5 años, siempre y cuando les falten más de 10 para la edad de pensión –57 años para las mujeres y 62 para los hombres– desde el año entrante, lo que significa que una decisión debe tomarse antes de que cumplan 47 y 52 años, respectivamente (o 45 y 60 años a más tardar el 30 de diciembre del 2013).
¿Cómo se calculan las pensiones en los dos regímenes?
En el RPM, la pensión depende de los salarios sobre los cuales cotizó en los últimos 10 años. El afiliado debe haber aportado un mínimo de 1.250 semanas en el 2013, 1.275 en el 2014 y 1.300, en el 2015. En el Rais, la pensión depende del saldo de ahorro acumulado en su cuenta individual y de los rendimientos que genere.
¿Cómo sabe el afiliado cuál régimen es el que más le conviene?
Cada afiliado tiene una historia laboral diferente, entendida como la frecuencia con la que ha hecho cotizaciones y sus salarios. Por eso es importante que busque la mejor asesoría posible antes de tomar cualquier decisión.
¿Quién brinda esa asesoría?
Con la circular 053 del 2010, expedida por la Superintendencia Financiera, se implementó, tanto para el ISS (hoy Colpensiones) como para las AFP, el uso de herramientas estandarizadas para la estimación del monto de la pensión para todos los afiliados al sistema.
Con esas herramientas, Colpensiones y las AFP deben suministrarle al afiliado información sobre el posible monto mensual de pensión según diferentes escenarios: densidades de cotización, tasas de rentabilidad, expectativas de edad del afiliado y de los beneficiarios, semanas de cotización, y el número de semanas que le falta por cotizar al afiliado, entre muchas otras.
REDACCIÓN ECONOMÍA Y NEGOCIOS
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