Por: REDACCIÓN JUSTICIA, 18 de Mayo del 2013
El Consejo Superior de la Judicatura lleva en su cuenta 200 reclamaciones.
El mismo día que la Corte Constitucional dio a conocer el histórico fallo que tumbó las megapensiones de magistrados y congresistas, el exconsejero de Estado William Giraldo intentaba conciliar con la Rama Judicial el reconocimiento como salario de una prima especial de servicios que habría engordado su cheque de jubilación.
Giraldo es el mismo magistrado que, sin éxito, entuteló a la Rama para quedarse en el cargo no obstante haber cumplido la edad de retiro. Su nueva solicitud, a la que se niega la Judicatura, es que se tenga en cuenta esa prima, a pesar de que la ley dice que no puede ser considerada sueldo. (Lea también: Las razones que pesaron para tumbar las megapensiones).
Como Giraldo, centenares de funcionarios judiciales –entre jueces, magistrados de tribunales y miembros de las altas cortes– han presentado solicitudes similares en los últimos dos años, y la mayoría han terminado en demandas contra la Nación. El Consejo Superior de la Judicatura lleva en su cuenta 200 reclamaciones que, de prosperar, aumentarían la vena rota de las pensiones millonarias.
Giraldo se presentó ante la Procuraduría para conciliar su pretensión, el paso previo a la demanda. La solicitud la radicó el pasado 3 de marzo, dos meses antes de que la Corte eliminó de la liquidación de las millonarias pensiones la expresión “por todo concepto”. Aunque la plata que piden reconocer no es alta, el punto está en que aumenta los promedios mensuales y con ellos, la base de liquidación de la mesada, que por decisión de la Corte no superará los 14,7 millones de pesos a partir del primero de julio.
El histórico fallo les da nueva munición jurídica a los funcionarios que se han negado a pagar lo que piden los magistrados. La inclusión de esos ingresos en las mesadas era una de las gabelas de las que venían gozando los funcionarios. La principal, que también se cayó, era que se pensionaban con el 75 por ciento del mejor salario del último año, sin importar lo que hubieran cotizado al sistema.
Hace un mes, una sala de conjueces del Consejo de Estado rechazó una nueva modalidad de estas demandas: la entablada por la cuestionada secretaria de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, Yira Olarte.
Ella, quien es juzgada por el escándalo del ‘carrusel’ de las pensiones en la Judicatura, exigió el pago de esa prima especial en la liquidación de sus cesantías. El fallo determinó que, según la Ley 4 de 1992 (la misma que fue declarada parcialmente inexequible por la Corte Constitucional), “la prima especial devengada por algunos funcionarios judiciales no tiene carácter de factor salarial y, por ende, no es susceptible de reconocerse en liquidación de cesantías”.
REDACCIÓN JUSTICIA
El máximo órgano de todas las jurisdicciones tratándose de interpretación de una norma enfrente de la Constitución es la Corte Constitucional y si cualquier funcionario interpreta una norma en contra de lo que ya hizo éste órgano comete entre otros el delito de prevaricato. Estaremos muy atentos a denunciar penalmente a cualquier funcionario que desconozca el fallo ya proferido. No mas fallos absurdos y corruptos basados en al teoría de una mal interpretada autonomía judicial.
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