domingo, 15 de enero de 2012

ALGUNAS OBSERVACIO​NES SOBRE DECRETO 019 DEL 2012 (ANTITRAMI​TES)

Por: Édgar Victoria González
Corresponde adicionar al optimista despliegue que se le ha dado al Decreto 019 del 2012, anti tramites, algunas observaciones sobre la aplicabilidad y efectiva viabilidad para lo cual fue dictado.¿ Es sensato que la supresión del certificado de supervivencia se haya aplazado para el mes de junio del presente año, como si el estado físico y emocional de los beneficiarios diera tal espera. Qué medidas va a tomar el Gobierno y las entidades de control, competentes, para que se cumplan a cabalidad los amparos en él establecidos.?
 En algunos aspectos no es claro, por ejemplo en cuanto a las autenticaciones de documentos, firmas y su contenido.¿ Sera que los funcionarios correspondientes pensaran en exigir que las personas que suscriban los escritos los presenten personalmente. Y si así fuere cual favorabilidad les proporciona? Y peor aun si se trata de un Municipio a otro. ¿Advirtiendo que la diligencia de autenticación no quedó prohibida, ni las declaraciones extra juicio, sin la exigencia de parte de los burócratas, es factible preguntar que ocurre en cuanto a sus deberes si un funcionario recibe un papel autenticado? Cómo y quien  va a vigilar el cumplimiento de lo ordenado en cuanto a las citas médicas?
De todos es sabido que el Decreto en cuestión se refiere a múltiples actividades de los ciudadanos en relación con funciones del Estado por esto  va a requerir de parte de los abogados, jueces, magistrados etc. de interpretaciones, analogías, incongruencias y demás que tiene que ver con la aplicación de  otras normas. En que entretenerse van a tener los doctores de la Ley.

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