lunes, 2 de septiembre de 2013

Cambios para las pymes en la reforma tributaria

PORTAFOLIO.COM, SEPTIEMBRE 2 DE 2013



Los altos costos laborales, adicionales a los ingresos que constituyen salarios, contribuyen a la informalidad empresarial.

La Ley eliminó los cobros parafiscales destinados al Sena, al Icbf y a la salud.

Las pequeñas y medianas empresas se reconocen como generadoras de empleo en la economía.
En esta medida, la existencia de altos costos laborales, adicionales a los salarios, resulta para estas compañías una condición que contribuye a la informalidad laboral, pues para un empleador la existencia de estos gastos adicionales representa una carga onerosa al momento de contratar trabajadores.
Esto tiene un efecto negativo sobre la economía, ya que motiva a los trabajadores a buscar empleos informales ante la escasez de una oferta laboral formal.
MENOS PARAFISCALES
Frente a esta situación, la reforma tributaria eliminó los cobros parafiscales destinados al Sena, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y a la salud. En su lugar se creó el impuesto sobre la renta para la equidad (CREE), el cual se comenzó a aplicar desde el primero de enero del 2013.
A través de este se generarán los recursos que sustituirán aquellos que provenían de la contribución parafiscal, con excepción de los destinados a las cajas de compensación familiar, que serán mantenidos (ver Artículo 24, Ley 1607 de 2012).
El CREE se aplicará sobre el 9 por ciento de las utilidades empresariales entre los años 2013 y 2015, mientras que para los años subsiguientes su tarifa descenderá al 8 por ciento (ver Artículo 23 de la Ley 1607 de 2012).
Del cobro de este impuesto son exoneradas las entidades sin ánimo de lucro, al igual que las sociedades declaradas como zonas francas, las cuales seguirán obligadas a efectuar los aportes parafiscales y demás cotizaciones establecidas por la ley.
La situación anterior muestra que los recursos destinados al Sena, ICBF y salud fueron trasladados de la parte de contratación laboral, a cobrarse como un porcentaje de las utilidades de las compañías. Es decir, aunque como tal no se presentó una exención o descontinuación de este cobro sino una sustitución de fuentes, sí se evitó que su realización se hiciera sobre el pago realizado a los trabajadores, lo cual generaba un incentivo a la informalidad, debido a que estos cobros generaban un peso muy alto sobre la conformación de la nómina de las empresas.
Así se generó una transferencia en la fuente de estos cobros (con la creación del CREE), produciendo un traslado de la carga fiscal que perjudicaba especialmente a aquellas empresas intensivas en la contratación/utilización de mano de obra, hacia una variable que abarca el rendimiento general de las compañías, como es el caso de sus utilidades y sus sostenibilidad.
En otras palabras, se procuró crear un alivio tributario para este tipo de organizaciones empresariales, con el fin de disminuir los sobrecostos laborales que han venido percibiendo las organizaciones colombianas en los últimos años y equilibrar la relación de precios capital/trabajo. Esto beneficia a las empresas intensivas en mano de obra, donde las pequeñas y medianas son mayoría.

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