viernes, 31 de mayo de 2019

130 artículos del PND requieren reglamentación estatal

elcolombiano.com, 28 DE MAYO DE 2019
POR VIVIANA SUÁREZ L


Rafael Puyana, subdirector del Departamento Nacional de Planeación, resaltó que son 130 los artículos que requieren acto administrativo para su ejecución. Foto: Colprensa
Rafael Puyana, subdirector del Departamento Nacional de Planeación, resaltó que son 130 los artículos que requieren acto administrativo para su ejecución. Foto: Colprensa

Una vez aprobado el Plan Nacional de Desarrollo (PND) con sanción presidencial, el reto que tienen ahora todos los actores del Gobierno es la implementación de las propuestas fijadas, entre las que se destacan inversiones por 1.096,1 billones de pesos para todos los sectores. De los 336 artículos que componen la Ley (excluyendo el de derogatorias), 130 (38,7 %) hacen una mención explícita a que requieren de una reglamentación estatal mediante resolución, decreto u otro acto administrativo.
Sin embargo, hay varias iniciativas que, a pesar de que no tienen una exigencia manifiesta de una normativa; sí necesitan un mayor desarrollo para ponerse en marcha. Por ejemplo, el artículo 152 que modifica las tarifas de las Cámaras de Comercio para registrar una empresa: aunque no dice que el Estado debe reglamentar, requiere un decreto por parte del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y las Cámaras de Comercio para establecer cómo sería esa nueva estructura tarifaria.
Para los representantes a la Cámara por Antioquia Nicolás Echeverry del partido Conservador y Jorge Gómez del Polo Democrático, el Plan es un ‘salpicón’ en el que el Gobierno mezcló todo tipo de temas que, en algunos casos, requerían un debate aparte. Para ambos congresistas, temas como el minero, los cambios en la tributación, en la seguridad social y el salvavidas a Electricaribe debieron pasar como proyectos de Ley con un tránsito ordinario.
No obstante, los ministerios deben tener un cronograma de implementación, tanto para aquellas propuestas que se pueden ir llevando a cabo, como para las que requieren algún tipo de reglamentación. Así lo destacó Rafael Puyana, subdirector del Departamento Nacional de Planeación, quien resaltó que no hay un plazo fijo para regular, pero que sí deben ser muy juiciosos con los tiempos.
Lo que se va a priorizar
Saneamiento del Sistema de Salud, financiación de transporte masivo en ciudades intermedias y Electricaribe son tres de los principales focos para la reglamentación.
Es decir que estarán priorizados para su reglamentación los artículos del 76 al 80, que hacen referencia a la legalidad en el manejo de los recursos del sistema de salud. Y del 233 al 250, que comprenden medidas para la equidad al acceso a este servicio vital, entre ellos se destacan las competencias que tienen los departamentos, la redistribución de los recursos para el sector del Sistema General de Participaciones, el saneamiento financiero; entre otros.
En cuanto al transporte masivo en ciudades intermedias, explícitos en los artículos del 107 al 115, se busca darle prioridad a los retos de la financiación y organización. En este punto, el Ministerio de Transporte deberá reglamentar “la definición de transporte intermunicipal de corta, media y larga distancia. Basados en la calidad de la prestación del servicio (...)”.
Inclusive, el documento sostiene que desde el Ministerio se podrán promover mecanismos de organización entre ellos.
“Otro de los retos es que los cofinanciados por la Nación deberán incorporar energías y tecnologías vehiculares de cero o bajas emisiones. Eso está estipulado en el Plan, pero no dice cómo”, destacó Jaime Rojas, economista de la Universidad de La Salle.
En cuanto a Electricaribe, Puyana destacó que no será sino hasta mediados de junio cuando se espera que la Superintendencia de Servicios Públicos, en conjunto con otras entidades como el Ministerio de Minas y Energía, Medio Ambiente y la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg); emitan una reglamentación ordenada con respecto a la manera en que se va a cobrar la sobretasa de energía de $4 por kilovatio hora consumido, para los estratos 4, 5 y 6, que estaría vigente hasta el 31 de diciembre de 2022.
Otras iniciativas
Con respecto a temas arancelarios, como el de 37,9 % para los textiles importados desde países con los que Colombia no tiene TLC vigente, Puyana destacó que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), ya está haciendo un estudio sobre cómo serían los cambios, por ejemplo, la forma en que facturan, para poder cobrar ese arancel. “No es que mañana se les cobrará a los importadores esa tasa adicional, esta medida requiere una regulación organizada y juiciosa”, señaló.
En este sentido, la autoridad tendrá que emitir el acto administrativo en el que establezca cuándo empieza a regir. Generalmente, cuando se cambia un arancel, la Dian puede tomar entre 15 días o hasta tres meses para reglamentarlo.

CONTEXTO DE LA NOTICIA


En cuanto a la creación del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (Fepc), medida con la que se había especulado bajarían los precios de la gasolina y el Gobierno desmintió, estipulada en los artículos 34, 35 y 36; se establece, por ejemplo, que el Ministerio de Hacienda podrá determinar el mecanismo de la regulación de los precios así como los subsidios a los mismos, lo cual deberá hacer mediante un acto administrativo, es decir, una resolución, un decreto, una circular, entre otros.


** Los 10 puntos que poco le han contado del Plan de Desarrollo

https://jujogol.blogspot.com/2019/05/los-10-puntos-que-poco-le-han-contado.html 


** Ahora viene la ejecución del Plan de Desarrollo https://jujogol.blogspot.com/2019/05/ahora-viene-la-ejecucion-del-plan-de.html

Las 23 preguntas más comunes para entender el Plan Nacional de Desarrollo



Reflexiones al tema pensiones
http://jujogol.blogspot.com.co/

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