sábado, 10 de agosto de 2013

Umbrales, curules y partidos

portafolio.com, Alfonso Gómez Méndez, agosto 8 de 2013 


La discusión sobre el ‘salva vidas’ para las minorías políticas ante el evento de que en las elecciones de marzo del 2014 no alcancen a obtener los 450.000 votos como umbral del 3 por ciento, y la posibilidad de que aun partidos mayoritarios puedan hacer coaliciones, indican una vez más cómo los cambios políticos se producen de tumbo en tumbo, movidos por coyunturas; y con el argumento, no totalmente válido, de que la política en Colombia giraba en torno al bipartidismo, la Constitución de 1991 abrió las compuertas a toda clase de organizaciones que en el fondo no eran partidos políticos de verdad, sino, en ocasiones, hasta empresas personales.
Y digo que no era totalmente cierto lo del bipartidismo, pues antes del 91 tuvimos la Unir de Gaitán, el Nuevo Liberalismo de Galán, el MRL de López Michelsen, el partido comunista, la Anapo (que según algunos ganó por pocas horas la Presidencia en abril de 1990), y hasta el M-19, todos con representación en el Congreso.
Ante la proliferación, después del 91 comenzó a hablarse de la necesidad de contener tal avalancha y el Congreso expidió sucesivas reformas políticas, como el umbral, la ley de bancadas, o el freno al transfuguismo. Y ello con la participación entusiasta de casi todos los actuales congresistas.
En muchísimos países se exige una votación mínima (en algunos hasta del 5 por ciento) para acceder al parlamento. Aquí, después de amplias discusiones, vienen a descubrir que si se aplica el umbral del 3 por ciento pueden desaparecer algunos partidos (unos que no lo son tanto) como los verdes, el Mira (que sí lo es), el de Progresistas (que todavía no existe), el Polo, y hasta Cambio Radical.
Los partidos deben legitimarse por el respaldo popular y no simplemente por Constitución, ley o decreto. El ideal es que las minorías crezcan hasta ser mayorías.
Lo mismo sucede con el transfuguismo. Se reformó la Constitución para establecer que si alguien quiere cambiar de partido debe hacerlo con un año de antelación a la elección. Por esa razón, ninguno de los actuales parlamentarios puede aspirar por una agrupación política distinta a aquella por la cual salió elegido.
Recientemente, el Consejo Electoral, y aun el Congreso, se abstuvieron de darle la curul a quien seguía en votos a Gilma Jiménez (q.e.p.d.) por cuanto ella se había retirado meses antes del Partido Verde. Y en medio de ese maremágum, aparece la propuesta de las Farc –según lo ha dicho el Presidente por fuera de la mesa de negociación– de que le asignen curules por decreto.
Muchos opinan, con razón, que no tendría sentido que mientras por no alcanzar el umbral desaparezcan partidos pequeños pero legales, llegaran al Congreso los representantes de organizaciones guerrilleras. El argumento es impactante, pero no absoluto, porque las causas en ambos casos son distintas.
Ya la Constituyente del 91 le había dado facultad transitoria al Presidente para “nombrar directamente, por una sola vez, un número plural de congresistas en cada Cámara en representación de los mencionados grupos en proceso de paz y desmovilizados”. Si, entonces, las Farc no acogieron la propuesta ¿por qué pretenden hacerlo ahora?
Alfonso Gómez Méndez
Jurista - Político
@gomezmendeza

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