elespectador.com, 14 Abr 2019 -
Jorge Sáenz V. / JorgeS_V
Según el Ministerio de Trabajo, autorizar los
traslados por cuatro meses desfinanciaría aún más el sistema. / Getty Images
Un artículo en discusión para la hoja de
ruta del Gobierno permitiría que las mujeres mayores de 50 años y los hombres
de 52 que hayan cotizado 750 semanas o más se trasladen a Colpensiones o un
fondo privado en un lapso de cuatro meses después de expedido el Plan.
El Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022
(PND) contempla un salvavidas de cuatro meses para los afiliados de cualquiera
de los regímenes de pensiones, privado o público, que no lograron trasladarse
de un sistema a otro en el tiempo previsto por falta de información, como la
doble asesoría. Esto ocurriría una vez se apruebe el PND.
La iniciativa va incluida en el articulado
del Plan, que espera superar los dos debates restantes en las plenarias de
Senado y Cámara de Representantes a más tardar la primera semana de mayo de
este año. La propuesta ha suscitado inquietud entre el gremio de las
Administradoras de los Fondos de Pensiones (Asofondos) y preocupación en el
Ministerio de Trabajo ante una posible “desfinanciación” del sistema de
pensiones.
Un poco de contexto
Desde el año 2016, la Superintendencia
Financiera introdujo gradualmente la asesoría obligatoria por parte de
Colpensiones y de las AFP para que todos los afiliados lograran un traslado
bien informado basado en proyecciones laborales realistas.
“Para pasar de una administradora del
Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (privado) al Régimen de Prima
Media con Prestación Definida administrado por Colpensiones (público), el
afiliado deberá recibir asesoría personalizada de parte de ambas entidades, sin
que pueda renunciar a ello, pues si bien esta asesoría se relaciona con el
derecho a recibir información y asesoría de su administradora de pensiones, se
trata de un requisito establecido en la ley para llevar a cabo dicho traslado”,
dice la Superintendencia Financiera.
La propuesta
El artículo 303 del Plan Nacional de
Desarrollo, que alista ponencia para ser debatido en las plenarias del
Congreso, señala que “los afiliados al sistema de pensiones que no hubieran
contado con la doble asesoría por parte de Colpensiones o por parte de las
Administradoras de los Fondos de Pensiones (AFP), para tomar la decisión sobre
su traslado en los términos de la Ley 797 de 2003; quienes, siendo mayor de
cincuenta años si es mujer o mayor de 52 años si es hombre y que habiendo
cotizado 750 semanas o más, se permite el traslado a Colpensiones o a la AFP
antes de los próximos cuatro meses a partir de la expedición de la presente
Ley”.
Desde el Ministerio de Trabajo han
manifestado rechazo a la propuesta. “Observamos con preocupación la inclusión
en el texto aprobado en el primer debate del artículo 303, relacionado con los
traslados entre regímenes de pensiones. Sobre la proposición (n.° 3056) este
Ministerio dio concepto negativo”.
Sostiene la cartera laboral que en este
sentido también se pronunció el Departamento Nacional de Planeación (DNP),
aunque oficialmente no se ha conocido ese anuncio. La Dirección de Desarrollo
Social, que maneja temas pensionales y similares, consideró que el tema es más
competencia del Ministerio de Hacienda que del DNP.
Los traslados
Actualmente la ley 797 de 2003 señala que
los traslados entre regímenes (de una AFP a Colpensiones o al contrario) pueden
efectuarse cada cinco años y hasta diez años antes de la edad de pensión. Es
decir, mujeres tienen plazo para trasladarse hasta antes de los 47 años y los
hombres hasta los 52.
La información del sistema de pensiones
indica que en los últimos años muchos afiliados al sistema pensional, mayores
de 47 o 52, han iniciado acciones judiciales para demandar a las
administradoras de fondos de pensiones (AFP) privadas solicitando la nulidad de
la afiliación para poder ser trasladados a Colpensiones.
“Insistimos que la Corte Constitucional ya
se ha pronunciado sobre este asunto, manifestando que son exequibles los
términos establecidos en la ley 797 de 2003 para los traslados de régimen
pensional”, dice el Ministerio de Trabajo.
Advierte que “abrir una ventana de cuatro
meses para autorizar estos traslados está en contra de los principios del
Sistema de Pensiones y desfinanciaría aún más el mismo”.
¿Qué dicen los fondos?
La propuesta ha obligado a llevar a cabo
intensas reuniones entre el Gobierno, los congresistas ponentes del Plan de
Desarrollo y representantes de Asofondos. El gremio está analizando el artículo
303, solventado dudas y viendo realmente su alcance e impacto. Consultado el
gremio que agrupa a las administradoras de fondos de pensiones privadas indicó
que no tienen un estudio concluyente sobre el tema. “El gremio está en este
momento revisando el artículo, solventando dudas y analizando su alcance e
impacto”, dijo Jorge Llano, vicepresidente técnico y de Estudios Económicos de
Asofondos.**
El presidente de Colpensiones, Juan Miguel
Villa, que administra el régimen público de Prima Media con Prestación
Definida, recordó que “actualmente Colpensiones está involucrado en cerca de
15.000 demandas de personas queriendo trasladarse desde una AFP privada”.
Señaló que a diciembre del año pasado unas 715 personas lograron ser
trasladadas de los fondos privados al público por vía judicial.
Según cifras de Colpensiones, desde 2012
la entidad estatal ha recibido más de $30 billones por los traslados desde el
Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), que manejan los fondos
privados de pensiones (AFP) a la administradora de pensiones pública. También
hay afiliados que han solicitado trasladarse de Colpensiones a los fondos
privados: en 2017 por lo menos 195.000 afiliados lo consiguieron.
El Ministerio de Hacienda ha considerado
que una de las vías para ir acabando con la competencia entre Colpensiones y
las AFP es revisando los subsidios para distribuirlos mejor. “Buscaremos la
manera de eliminar esta competencia, pero siempre manteniendo los derechos
adquiridos y las expectativas legítimas de quienes hacen parte de ese 25 % que
sí se van a jubilar y que están próximos a gozar de su retiro”, sostiene el
Ministerio.
Recientemente, el presidente de Asofondos,
Santiago Montenegro, destacó que “si se eliminan gradualmente los subsidios a
las altas pensiones del régimen de prima media, con los recursos así ahorrados
sería posible extender el programa Colombia Mayor a los adultos pertenecientes
a Sisbén 1 y 2 y, además, recibir una mesada igual a la línea de pobreza”.
** Guardan silencio, pues le conviene a los fondos, porque cogeran a los inocentes que no conocen la realidad..
Reflexiones al tema pensiones
Twitter: @orregojj
Amigos:
ResponderEliminarNo comprendo el juego del gobierno o los encargados del PND, por una parte expresan que no se tocara a las pensiones, pero dejan quieto el articulo 303 en el PND.,. De aprobarlo, seria un grave error, pues darían vía suelta a los fondos o terceras personas que actúan como comisionistas o beneficiados de inocentes ciudadanos, en vez de darle solución a esas colombianos perjudicados...las cuales existen alternativas. que de ser posibles, ganarían ellos los cotizantes, el estado dando a un inicio de ampliar la cobertura de pensionados..,