jueves, 6 de junio de 2013

Adiós a la tutela...

ELESPECTADOR.COM,   5 Jun 2013 

Rodolfo Arango


Por: Rodolfo Arango

Adiós a la tutela: bienvenida la dictadura fiscal. Tal parece el epílogo del debate iniciado hace dos años cuando se modificó la Constitución para hacer prevalecer el equilibrio fiscal sobre la vigencia inmediata de los derechos fundamentales.

En su momento, cuando el Congreso estudiaba permitir que ministros y procurador elevaran el incidente fiscal contra decisiones de las altas cortes —en particular de tutela de los derechos fundamentales—, por considerarlas excesivamente costosas para el fisco, se afirmó que la colaboración armónica entre las ramas del poder público exigía oír los argumentos de los expertos antes de cumplir las sentencias judiciales sin medir las consecuencias. De cualquier forma, la decisión final de modificar, modular o diferir las providencias, que reconocían costosos derechos a las personas, sería de los jueces de la República.
Bajo la hipótesis democrático-deliberativa en el trámite del incidente fiscal, la Corte Constitucional aprobó la reforma constitucional al artículo 334 de la Carta Política, corazón del modelo económico colombiano. Las sentencias de tutela estarían a salvo porque el incidente fiscal dejaría la última palabra sobre la vigencia efectiva de los derechos fundamentales a los mismos jueces, en particular a la justicia constitucional. La perspicacia de los magistrados no alcanzó para percibir las intenciones del Gobierno, advertidas en su momento por la oposición y confirmadas ahora con el voto mayoritario en plenaria del Senado. No bastaron las advertencias de inconstitucionalidad elevadas por el senador Jorge Enrique Robledo, dejando el Polo Democrático Alternativo consignado su voto negativo a la enmienda legislativa.
Los hechos no mienten. En la noche del martes la plenaria del Senado aprobó una proposición modificatoria en la que se establece que el Ejecutivo, encabezado por su ministro de Hacienda, si considera que la decisión vulnera la sostenibilidad fiscal “acatará el fallo en los términos contenidos en el plan de cumplimiento” presentado por el propio Gobierno para sustentar el incidente fiscal, incluso si los magistrados rechazan la solicitud de modular, modificar o diferir los efectos de su providencia. En plata blanca, todo el proceso deliberativo ante las altas cortes se torna un saludo a la bandera: el Gobierno impone su criterio al de los jueces, haciendo volar por los aires la separación de poderes, la independencia judicial y el Estado social de derecho. Será este el adiós a sentencias de tutela como las adoptadas en casos de desplazamiento forzado, hacinamiento carcelario o ajuste económico estructural.
Si el proyecto de santistas, liberales y conservadores se aprueba en la Cámara de Representantes, la acción de tutela habrá dejado de existir como garantía máxima de los derechos fundamentales. Cual película de ciencia ficción, expertos gubernamentales determinarán qué derechos valen más que otros, y si la expectativa de bienestar futuro de los más justifica el sacrificio actual de los menos. La ponderación de principios, derechos y valores fundamentales se trasladará de la sede judicial a la sede del Ejecutivo. La decisión tecnocrática sustituirá los resultados de la deliberación constitucional. La experticia ejecutiva se habrá entronizado sobre la razón pública deliberativa. Con la reforma, sigilosamente, el Estado social de derecho se troca en Estado fiscal, donde no los derechos fundamentales sino los favores del mandatario, a la manera de monarquías antiguas y populismos contemporáneos, son el fundamento de la actuación estatal.

No hay comentarios:

Publicar un comentario