Cuáles son las condiciones en salarios, prestaciones y afiliaciones.
Los trabajadores del servicio doméstico, aproximadamente 650.000 entre diciembre y febrero pasados, tienen los mismos derechos laborales que cualquier otro trabajador en Colombia.
Ese es el punto de partida del Gobierno, específicamente del Ministerio del Trabajo, para haber expedido el decreto 721, que obliga a que los empleadores de personal doméstico, que incluye jardineros, conductores de familias, cuidanderos, entre otros trabajos, los afilien a las cajas de compensación familiar, siempre y cuando trabajen no menos de 96 horas al mes.
Al respecto, el titular de esa cartera, Rafael Pardo, fue enfático en señalar que ese grupo de personas tienen derecho a disfrutar de condiciones de trabajo decente y de empleo equitativo, que incluyen condiciones no menos favorables que las de sus homólogos de otros sectores, como las de afiliación a la seguridad social.
De las pocas excepciones que existen está la de la jornada de trabajo, que para los servidores domésticos es de 10 horas diarias –y no de ocho– a partir de las cuales se les deberá pagar, si es del caso, horas extras y recargos nocturnos.
De la misma manera, tienen derecho al descanso pago los domingos y festivos si cumplen el requisito de haber laborado toda la semana y todas las prestaciones sociales existentes en Colombia (cesantías y sus intereses, vacaciones), salvo las primas de junio y diciembre dado que los hogares no se consideran unidades productivas. Además, contar con la afiliación a seguridad social.
La afiliación a la seguridad social la debe hacer el empleador, aunque el trabajador tiene el derecho a escoger la EPS y el fondo de pensiones. El primero decide sobre la administradora de riesgos laborales y la caja de compensación familiar. Todos los pagos se hacen a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila).
Bajo el supuesto de que el trabajador labora durante todo el mes y devenga el salario mínimo, su aporte a pensiones y salud será de 24.000 pesos a cada uno, mientras que por cuenta del empleador son 71.000 y 50.000 pesos, respectivamente, y la totalidad de la contribución a la caja de compensación familiar (24.000 pesos) y a la administradora de riesgos laboral (la cuantía depende del nivel de riesgo).
Con respecto a los que trabajan menos de un mes y devengan menos del salario mínimo, el Gobierno está preparando medidas para regular la cotización por días, aunque es más preciso decir que será por semanas.
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