martes, 8 de octubre de 2019

Sepa si puede ser beneficiario del fondo de garantía de pensión mínima


8 de octubre 2019 

REDACCIÓN EL TIEMPO 

pensionado
Foto: 
Archivo / EL TIEMPO
El tema de la pensión trasnocha a más de un colombiano. La población joven percibe que no logrará tener un seguro económico para la vejez, pero la situación más compleja es la de personas que ya están cerca de la edad (57 años para mujeres y 62 años para los hombres) y pese a que han cotizado y completan las semanas, no les alcanza el ahorro para obtener un ingreso en la etapa en la que más se necesita (cuando se deja de trabajar).


En el país existe el llamado Fondo de Garantía de Pensión Mínima, creado desde la ley 100 de 1993 y previsto como un fondo solidario diseñado para que los afiliados a  fondos privados que, pese a tener la edad y las semanas cotizadas (1.150 semanas), no tienen el capital suficiente para financiar una pensión de un salario mínimo.

Este fondo, de acuerdo con cifras de Asofondos, tiene una reserva de $ 23,5 billones. Hasta este año, 35.082 personas han sido beneficiarias.

Hay que recordar que este fondo se nutre de los aportes que hacen todos los afiliados del régimen de ahorro individual con solidaridad y busca financiar las pensiones de aquellas personas que no cuentan con el capital suficiente para recibir un salario mínimo al jubilarse.

Las personas que cumplan los requisitos sin que tengan el capital, muchas veces no conocen que pueden acceder al beneficio. En definitiva, terminan optando por la devolución del capital que no es una alternativa a largo plazo, pues, la plata en mano se acaba.

El trámite y el beneficio
El trámite para este beneficio, que implica obtener un salario mínimo mensual de manera vitalicia y sustituible a los beneficiarios que señala la ley, en caso de fallecimiento del pensionado, suena sencillo.



Si como ciudadano cree que cumple los requisitos puede acercarse al fondo de pensiones y hacer la solicitud. 

Los documentos primarios que le pedirán son cédula de ciudadanía ampliada a 150 %; si se requiere, le pedirán algunos soportes de la historia laboral, y copia del registro civil de nacimiento, primordialmente.

Finalmente, se debe tener presente que esta es una prestación propia del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad RAIS), que es administrado por los Fondos Privados de Pensiones.

REDACCIÓN ECONOMÍA Y NEGOCIOS


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