El sistema general de pensiones tiene como objetivo garantizar a la
población, el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, invalidez
o muerte, mediante el reconocimiento de una pensión y prestaciones determinadas
en la Ley. En Colombia operan dos regímenes: i) el solidario de Prima Media con
Prestación Definida y ii) el Régimen de Ahorro Individual, negocio operado por
el sector financiero.
Al sistema pensional colombiano lo caracteriza la exclusión, las
iniquidades, las continuas reformas, la insostenibilidad financiera, los
obstáculos casi imposibles de superar para obtener el reconocimiento al derecho
de pensión de vejez y las ganancias extraordinarias de la banca privada, todo
lo cual configura una gran estafa para los trabajadores que confían sus ahorros
de manera “obligada” en cualquiera de los dos regímenes.
Exclusión
El sistema de seguridad social en Colombia tiene
origen en los años 1945 y 1946, con la creación de la Caja Nacional de
Previsión (CAJANAL) y el Instituto Colombiano de Seguros Sociales (ICSS). En 67
años de existencia, el sistema cubre apenas al 30% de población en edad de
reclamar su derecho a la pensión por vejez (62 años los hombres y 57 la mujer).
Las proyecciones oficiales de población del DANE, estiman en 47.120.770 el
número de habitantes de Colombia, en 2013. De éstos, 4.962.491 es mayor de 60
años (10,5%). El 70% de los adultos mayores no cuenta con ningún ingreso
pensional debido a que no cotizaron o no pudieron ahorrar lo suficiente,
expresión de una vida laboral precaria, informal y de bajos ingresos.
En Colombia hay 22 millones de trabajadores; de ellos 12,5 millones
laboran en el sector informal (esto es, 56% no tiene contrato laboral ni está
cubierto por la seguridad social; la mayoría son trabajadores por cuenta
propia). Dos terceras partes de los informales devengan ingresos
inferiores a un salario mínimo legal.
Un modelo económico reprimarizado desde la década de 1980, dedicado a
actividades extractivas y rentísticas (minería, energía, biocombustibles, especulación
financiera, comercio, ganadería extensiva), no genera valor agregado y menos
aún empleo digno o de calidad. La economía nacional, dependiente de los
ciclos internacionales, es además, altamente inestable. En consecuencia,
tenemos un mercado de trabajo precario, inestable y de alta desigualdad en la
distribución de los ingresos; en las dos últimas décadas el valor del índice de
desempleo abierto supera, en promedio, los dos dígitos (gráfico 2). De los 22
millones de trabajadores, sólo 7,7 millones (35%) actualmente está activamente
ahorrando en el sistema pensional, privado o público. Pero tan sólo uno de cada
diez alcanzará una pensión, cuando cumpla la edad requerida y haya cotizado las
1.300 semanas (un poco más de 27 años de trabajo); el 90% no podrá responder a
las exigencias actuales del sistema pensional, perderá sus ahorros
“obligatorios” debido a los prolongados períodos de desempleo, bajos ingresos,
informalidad e incertidumbre laboral.
Iniquidad
El 98% de los 1,5 millones de adultos mayores a
quienes se les ha reconocido el derecho a la pensión de vejez recibe un salario
mínimo legal ($589.000, en 2013). Para el dos por ciento restantes (30.000
pensionados), las mesadas mensuales están en un rango entre los 3 y los 30
millones de pesos. Los más privilegiados son altos funcionarios del Gobierno,
del Congreso y de las Cortes de Justicia, quienes ejercen su trabajo en el
sector público con un interés privado, esto es, son buscadores de rentas (en
economía pública, se entiende por rent-seeking la situación
que se produce cuando un individuo, organización o empresa busca obtener
ingresos captando renta económica a través de la manipulación o explotación del
entorno político o económico). Los “privilegiados” se apropian del 16%
del fondo pensional, el cual le cuesta al país 24 billones del presupuesto
Nacional (el 80% de los subsidios que entrega el Estado al sistema pensional es
recibido por quienes devengan pensiones superiores a los 15 salarios mínimos).
La iniquidad del sistema es evidente y vergonzosa.
Reformas
La Constitución de 1991 elevó a Constitucional el derecho de todo
ciudadano colombiano a ser reconocido con una pensión de vejez. Sin embargo,
durante las dos últimas décadas el sistema general de pensiones ha sufrido
permanentes reformas, para enfrentar los problemas de cobertura, iniquidad e
insostenibilidad.
Entre las reformas más importantes se encuentran la Ley 100 de 1993, por
medio de la cual se instauró el sistema dual (público y privado).
Posteriormente, la Ley 797 de 2003 buscó recapitalizar el fondo común del
Instituto de Seguro Social –ISS- y racionalizar los recursos, con el fin de
cumplir en un futuro con la entrega de las mensualidades a los beneficiarios de
éste régimen. Luego, con el Acto Legislativo No.1 de 2005 se elevaron a
constitucionales las disposiciones referentes al sistema pensional en vigencia,
eliminando los regímenes especiales de pensiones (exceptuando el de la
Presidencia de la República y el de la Fuerza Pública).
En 2013 el Gobierno impulsa una nueva reforma en el Congreso sobre la
base de universalizar el régimen de prima media sobre un salario mínimo legal;
quienes coticen por un valor mayor (superior a los $589.000) lo deberán hacer a
partir de ese monto en el Régimen de Ahorro Individual que son administrados
por los fondos privados de pensión (sector financiero). El Estado se queda con
las pensiones de salario mínimo (subsidiadas con presupuesto nacional) y
“premia” a la banca privada entregándoles en bandeja el “jugoso negocio” de los
clientes de medios y altos ingresos.
Estafa
En la década de 1990 los Gobiernos de Gaviria,
Samper y Pastrana se propusieron quebrar al Instituto de los Seguros Sociales
–ISS- para darle el monopolio del control del ahorro pensional de los
trabajadores al sector privado. Así, los ahorros de los trabajadores en el
fondo de reservas del ISS se invirtieron obligatoriamente en acciones y bonos
del Banco Central Hipotecario (Banco Estatal); los escandalosos autopréstamos
que beneficiaron a las directivas del Banco y a funcionarios del Gobierno nunca
fueron devueltos, llevando a la quiebra a la entidad financiera pública. De
este modo, uno de los grandes damnificados con la liquidación del BCH, en
febrero de 2000, fue el ICSS que perdió, de las reservas pensionales, 140 mil
millones de pesos (ahorro de los trabajadores).
La reforma pensional de la Ley 100 tenía como fin beneficiar al sector
financiero privado. La administración de César Gaviria (1990-1994) estableció
el sistema privado de pensiones, pero debido a la resistencia y lucha de los
trabajadores se logró mantener también la modalidad de prima media del ISS,
configurándose un sistema mixto. Con engaños, la banca privada atrajo a ilusos
e ingenuos cotizantes del Seguro Social, mediante una agresiva campaña
publicitaria, ofreciéndoles una mesada superior al 75% del ingreso promedio de
los salarios devengados en su vida activa laboral (beneficio porcentual que
garantizaba el régimen de prima media del ISS). Esta promesa del sector
financiero nunca se cumplió, de hecho estudios del Banco Mundial revelan que en
América Latina los Fondos Privados de Pensiones garantizan tan sólo una mesada
pensional equivalente a la tercera parte de los ingresos promedio que
devengaban durante su vida laboral activa.
Un ejemplo de la vida real ilustra mejor esta situación de engaño: una
trabajadora colombiana laboró desde los 17 años (inició como profesora de
escuela rural) hasta los 64 años de edad (cuatro años se llevó la solicitud de
reconocimiento de pensión por vejez, hecha en 2009, con asesoría y pago de
abogado). En el año 2000 trasladó su ahorro pensional del ISS a un fondo
privado de pensión, seducida por las promesas y engaños del promotor de la
banca privada. Antes de lograr el reconocimiento de su derecho a la
pensión (noviembre de 2012) percibía un salario de cuatro millones de pesos (el
ingreso promedio en los últimos catorce años fue de 2,5 millones de pesos). Al
sumar los ahorros pensionales, incluidos los bonos pensionales del sector
público, el Fondo Privado le informa a la trabajadora que su ahorro era de 215
millones de pesos, sin ninguna otra explicación ni sustento de cómo calcularon
esa cifra. La mesada asignada a partir de enero de 2013 es de 750.000 pesos
mensuales, esto es, 18,8% del último salario recibido en su actividad laboral.
Con una esperanza de vida de 80 años, el Fondo Privado le devolverá de sus
ahorros un total de 156 millones de pesos (13 mesadas anuales de 750.000 pesos
durante 16 años); en consecuencia la entidad financiera se queda con una
utilidad adicional de 59 millones de pesos al no entregar el saldo a heredero
alguno, ya que no lo permite el régimen pensional de ahorro privado.
Otro ejemplo tomado también de la vida real: Un trabajador que laboró
entre los años 1971 (inició como técnico de una multinacional judeo-japonesa) y
2012 (entre funcionario público, docente universitario y consultor
independiente). En noviembre de 2012 cumplió la edad requerida para pedir el
reconocimiento de pensión de vejez y contaba con más de las 1.300 semanas
exigidas de cotización). Misteriosamente, en el sistema de Colpensiones solo
aparecen registradas 440 semanas. Por un acto de “magia” y la exigencia del
pago de 1,5 millones de pesos, un ex funcionario del ISS con vínculos al
interior de la institución se ofrece para hacer aparecer las semanas cotizadas
borradas en el sistema (como chulos, los intermediarios revolotean a las puertas
de las oficinas de pensiones).
Alternativamente, si no quiere caer en las garras de la corrupción, el
trabajador debe demostrar, con documentos certificados, cada una de las semanas
cotizadas durante sus 41 años de actividad laboral y solicitar, en los casos en
que trabajó con el sector público, el trámite de tres tipos diferentes de
formularios que pueden tomar un año en ser respondidos. Una “prueba diabólica”.
El dilema ético es complejo, ¿cómo evadir la trampa de la ilegalidad que permea
las entidades públicas de Colombia? En 2012 se hicieron solicitudes de nuevas
pensiones por una cifra de 137.896; 57% de estas fueron negadas.
Quien se acerca a una oficina del régimen privado o público, al iniciar
el proceso de reconocimiento de su “derecho” de pensión de vejez, debe recordar
la inscripción que aparecía a la entrada del infierno, según cuenta Dante en la
Divina Comedia: “Perded toda esperanza quien aquí ingresa”.
*Economista, escritor y periodista.
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