miércoles, 28 de diciembre de 2016

Así quedó el texto de la conciliación de la reforma tributaria

LAREPUBLICA.CO, Miércoles , Diciembre 28, 2016



Anoche, el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, radicó en el Congreso el texto final de la conciliación de lo aprobado por Senado y Cámara y que será sometido a votación hoy. En sus declaraciones, el ministro señaló que “el informe de conciliación ya fue radicado y anunciado en las Plenarias para que inicie su debate este miércoles, el texto presenta algunos cambios importantes, por ejemplo, se acordó que las toallas higiénicas tendrán un IVA reducido de 5%”.

Adicionalmente, para explicar cómo quedaron otros de los puntos que habían creado resistencia, Cárdenas indicó que los vehículos eléctricos y las bicicletas de menos de $1,5 millones tendrán un IVA de 5%”, que los teléfonos celulares de menos de $650.000 quedarán exentos de IVA, y que los planes de telefonía móvil de menos de $45.000 quedaron exentos del impoconsumo.

El Ministro de Hacienda agregó que la reforma incluyó la creación de la Comisión del Gasto, que evaluará el manejo del gasto público.
Por capítulos, el texto presentado quedó de la siguiente manera:

Personas naturales:

Se mantiene el sistema de las rentas cedulares (laborales, pensiones, no laborales, de capital y dividendos). Para los asalariados, el pago del impuesto es para aquellas personas cuya renta líquida sea igual o superior a 1.090 UVT al año ($34,72 millones de 2017). Sin embargo, tenga en cuenta que para llegar a esa renta líquida, el proyecto establece que usted puede deducir hasta 40% de sus ingresos, siempre y cuando no superen las 5.040 UVT ($160,5 millones de 2017).

Para las personas que devenguen rentas no laborales o de capital, las deducciones podrán llegar a 10% de la renta, siempre que no superen las 1.000 UVT, y la declaración comenzará en las 600 UVT anuales ($19,11 millones).
En el caso de los dividendos, las personas que devenguen entre 600 UVT ($19,11 millones) y 1.000 UVT ($31,86 millones) pagarán una tarifa marginal de 5%, mientras quienes obtengan más de 1.000 UVT por este concepto deberán contribuir con una tarifa de 10%. En este punto, se determinó que la tarifa que tendrán que pagar los extranjeros por los dividendos que reciban en Colombia o los colombianos por los dividendos que reciban del extranjero será de 5%. Este gravamen solo aplicará para las utilidades generadas desde 2017.
Para los comerciantes con ingresos brutos anuales entre 1.400 UVT ($44,6 millones) y 3.500 UVT ($111,51 millones), el monotributo finalmente sobrevivió a la conciliación en el Congreso, y la tarifa que se pagará por este impuesto incluirá un aporte para Beps. Sepa que no podrá pagar sus impuestos mediante el monotributo si devenga rentas que sean clasificadas como laborales.
Personas jurídicas:

La tarifa general de renta para las empresas quedó en 33%, aunque las empresas editoriales y los hoteles que hayan hecho inversiones antes del 31 de diciembre de 2016 tendrán una tarifa de renta de 9%, y las empresas creadas bajo la Ley 1429 de 2010 (una norma pensada para mejorar la formalización laboral) también tendrán un tratamiento diferencial.

Aunque desaparece el impuesto a la riqueza, las empresas con ingresos superiores a $800 millones tendrán que pagar una sobretasa en su impuesto de renta durante 2017 y 2018. Para los usuarios de zonas francas, la tarifa del impuesto de renta será de 20% desde el primero de enero.
De ese impuesto de renta a las empresas, 9% tiene destinación específica, distribuida de la siguiente manera: 2,2 puntos se destinarán al Icbf; 1,4 puntos al Sena; 4,4 puntos al Sistema de Seguridad Social en Salud; 0,4 puntos se destinarán a financiar programas de atención a la primera infancia; 0,6 puntos a financiar las instituciones de educación superior públicas para el mejoramiento de la calidad de la educación superior y/o para financiar créditos beca a través del Icetex.
Las empresas tendrán derecho a deducir de su impuesto de renta inversiones hechas en la conservación del medio ambiente, y en ciencia, tecnología e innovación. Las donaciones a entidades sin ánimo de lucro no son deducibles del impuesto, pero sí se puede descontar hasta 25% del valor donado del gravamen a pagar.
También, la reforma establece beneficios tributarios para las empresas que trabajen en las zonas más afectadas por el conflicto armado.
Entidades sin ánimo de lucro (Esal):

Las entidades que actualmente estén en el régimen especial, seguirán en él inicialmente, aunque para permanecer en él en el mediano plazo, deberán demostrar a la Dian que cumplen con las condiciones para ser consideradas una Esal.

Para el caso de las cajas de compensación familiar, el texto establece que serán gravadas con el impuesto de renta por los ingresos devengados de todos los negocios que no estén enmarcados dentro de las “actividades meritorias previstas en el artículo 359 del Estatuto Tributario”. En cuanto a las cooperativas, la norma que será votada hoy establece que deberán tributar 20% de sus excedentes, y que ese dinero “será tomado en su totalidad del Fondo de Educación y Solidaridad”.
Adicionalmente, la norma pone condiciones a la distribución de los excedentes y dice, por ejemplo, que una Esal no puede gastar 30% de sus ingresos al pago de sus directivos. Además, el objeto social de las Esal quedó limitado a categorías como educación, salud, cultura, ciencia, tecnología e innovación, entre otras.
IVA:

La tarifa general de la conciliación finalmente quedó en 19%, de los cuales 0,5 puntos se dedicarán a financiar el sistema de salud y otros 0,5 puntos irán para el sistema educativo. Adicionalmente, las viviendas de más de 26.800 UVT ($934,24 millones) serán gravadas con un IVA de 5%

En cuanto al impuesto al consumo, adicional a lo explicado anteriormente, la conciliación incluye un impuesto al consumo de bolsas plásticas y de cannabis medicinal.
Impuestos verdes:

Sobre el impuesto a la gasolina, el texto establece que “se liquidará a razón de $490 por galón, el de gasolina extra a razón de $930 por galón y el Impuesto Nacional al ACPM se liquidará a razón de $469 por galón. Los demás productos definidos como gasolina y ACPM de acuerdo con la presente ley, distintos a la gasolina extra, se liquidará a razón de $490”.

Adicional a eso, en el impuesto al carbono grava los combustibles fósiles, aunque es claro en que “en el caso del gas licuado de petróleo, el impuesto solo se causará en la venta a usuarios industriales (...) en el caso del gas natural, el impuesto solo se causará en la venta a la industria de la refinación de hidrocarburos y la petroquímica”. Estos recursos irán al Fondo para una Colombia Sostenible.
Dian:

Se obliga a la entidad a presentar un plan de mejoramiento tecnológico a ser ejecutado durante los próximos cinco años. Adicionalmente, durante los próximos 12 meses la entidad podrá aumentar su personal y el gobierno está en la obligación de asegurar la financiación de ese incremento en la planta de la entidad. Se creará la Escuela de Altos Estudios de la Administración Tributaria, Aduanera y Cambiaria como una dirección de la Dian.

Adicionalmente, pese a las quejas del fiscal Martínez, la cárcel para evasores sí fue incluida en el texto de la conciliación.
Impuestos territoriales:

En este punto, el impuesto a los cigarrillos quedó de $1.400 en 2017 y $2.100 en 2018 para las cajetillas de 20 cigarrillos. Además, se establecieron normativas correspondientes al impuesto a los vehículos, al impuesto de industria y comercio y al gravamen al alumbrado público.

Finalmente, el texto establece la continuidad del impuesto a los movimientos financieros (4x1.000) y reabre la posibilidad de que la Nación cobre impuesto de valorización por las obras que realice. 

Para contactar al autor de esta nota:

Mario Chaves Restrepo

mchaves@larepublica.com.co

Editor de esta nota:


Reflexiones al tema pensional
http://jujogol.blogspot.com.co/

2 comentarios:

  1. LO QUE ESPERABA COLOMBIA UNA CONCILIACIÓN ADECUADA A LA REALIDAD NACIONAL,....YA ES UN CASTIGO PARA LOS 47 MILLONES DE COLOMBIANOS, MIENTRAS ELLOS SIGUEN INTOCABLES CON SUS GUACAS Y GRANDES EVASIONES.......HASTA CUANDO..??

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  2. PAGUEN 47 MILLONES DE BOBOS Y ELLOS LOS VIVOS INTOCABLES CON SUS EVASIONES HASTA CUANDO?? http://jujogol.blogspot.com/2016/12/asi-quedo-el-texto-de-la-conciliacion.html?spref=tw

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