viernes, 15 de mayo de 2020

Polémica propuesta en pensiones para disponer de empleos públicos


www.eltiempo.com, 15 de mayo 2020 
Economía y Negocios
MARTHA MORALES MANCHEGO

Pensionados

Con el planteamiento, se abrirían 185.000 puestos de trabajo.
Foto: 
iStock

Lanzada por el Gobernador de Sucre: persona en edad de retiro forzoso será jubilada automáticamente.

Alrededor de uno de los temas más sensibles para los colombianos, las pensiones surgió una propuesta lanzada por el gobernador de Sucre, Héctor Olimpo Espinosa y que, de ser acogida, sería establecida por decreto, argumentando que dentro de la emergencia económica del covid-19 se podría disponer de más de 185.000 empleos en el sector público del país. 

El mandatario sucreño sostiene que, dentro del universo de servidores públicos hay un 2 por ciento que está o en edad de retiro forzoso (el sector público da un margen hasta los 70 años) o tienen estatus de pensión (9 por ciento de las mujeres y 4 por ciento de los hombres), los cuales, de crearse una medida, automáticamente serían jubilados, lo que ayudaría a abrir espacios a mano de obra joven.

En la sustentación de la propuesta se pone de presente "la nueva realidad de la emergencia económica producto de la covid-19", la cual, al decir del mandatario,  "impacta las rentas de los departamentos; porque los dos monopolios: loterías y licor destilado (aguardiente y ron)" de donde provienen los ingresos de estos entes territoriales, están dentro de los más afectados.

Además, agrega el gobernador, "el impuesto al cigarrillo, a la cerveza, al licor importado, el de registro, el de vehículos y la sobre tasa a la gasolina, disminuirán significativamente ante la falta del consumo. En los municipios, también se afectarán los ingresos por concepto de impuestos".

La manera de ponerle ritmo a los ingresos de los cuales dependen los territorios es con el consumo de los hogares, lo que a su vez se logra con ingresos provenientes del empleo. Por ello, el mandatario sostiene que la propuesta proporcionaría un equilibrio y le inyectaría dinamismo a la economía, porque los pensionados tendrían el disfrute de su derecho, con ingresos; mientras que se abrirían nuevas fuentes de trabajo para renovar la mano de obra en el  sector público. Es decir, doble grupo poblacional con ingresos, lo que es benéfico para que se mueva la economía.


El contexto legal
Hay que recordar que el sistema de seguridad social en Colombia, en general, proviene de la ley 100 de 1993, pero en términos de pensiones, en el 2003 se introdujo la ley 797, en la cual, se estableció (parágrafo 3° del artículo 9°) un término para que una vez se cumplan los requisitos de acceso a la prestación económica de pensión, el trabajador cuente con treinta (30) días calendario para iniciar las gestiones respectivas para el reconocimiento de esta. Estos requisitos son: 57 años en el caso de las mujeres y 62 años en el caso de los hombres, más 1300 semanas de cotización en el régimen público, que es el que está en medio de esta propuesta.

"Que se genere una regulación, en la que la edad de retiro forzoso, solo puedan llegar los trabajadores que no hayan obtenido los requisitos para pensionarse y garantizarles que obtengan la pensión".

Sin embargo, posteriormente, en la Ley 1821 del 2016, se agregó una diferenciación para los servidores públicos, según la cual, "la edad máxima para el retiro del cargo de las personas que desempeñen funciones públicas será de setenta (70) años. Una vez cumplidos, se causará el retiro inmediato del cargo que desempeñen sin que puedan ser reintegradas bajo ninguna circunstancia (…)".

Con esa norma es que muchos servidores públicos extienden su vida laboral, sin que opten por salir a disfrutar de su merecido descanso.
La propuesta
De acuerdo con lo sustentado por Héctor Olimpo Espinosa, la propuesta concreta es "que se genere una regulación, en la que la edad de retiro forzoso, solo puedan llegar los trabajadores que no hayan obtenido los requisitos para pensionarse y garantizarles que obtengan la pensión".

Entre tanto, "todo aquel que tenga los requisitos de pensión no debería llegar a la edad de retiro forzoso, sino, que, con el simple cumplimiento de los requisitos, exista una causal objetiva de retiro del servicio, respetando la inclusión en nómina de pensionados, con o sin autorización voluntaria".

En el nivel nacional el 38 % de los servidores del Estado se encuentra en un rango de edades de 50 a 62 años y un 4 % es mayor de 62.

En el orden territorial, el 40 % de los servidores se encuentra en el rango de 50 a 62 años y el 6 % es mayor de 62.

Es de ese panorama nacional que se desprende que "el 2 % se encuentra en edad de retiro forzoso; el 9 % de las mujeres y el 4 % de los hombres vinculados al servicio público, han alcanzado la edad de pensión", según el documento de sustentación.
La polémica
La polémica alrededor de la edad de retiro de la vida laboral es fuerte, puesto que cada vez que hay asomo de una reforma pensional, el tema más difícil es el de aumentar la edad de la pensión, para que las personas trabajen por más tiempo y, en el caso de las mujeres, logren así tener una mesada que les permita tener mayor calidad de vida.

Los ciudadanos abogan para que no se suba la pensión y, sin embargo, cuando obtienen el derecho, prefieren continuar en actividad laboral. Esto, para algunos analistas tiene varias razones: "retirarse significa una caída de los ingresos. A la edad de retiro las personas aún tienen obligaciones, pago de hipoteca, educación de los hijos, entre otros", señala una fuente.

De igual manera, existe un componente sicológico a la hora del retiro laboral pues, "muchos tienen temor a no estar activo", agregó la fuente.

Y no faltan los casos en los que las empresas prefieren retener a los adultos por temor a la menor experticia de la mano de obra joven.

Lo cierto es que en el sector público se evidencia una duración mayor de la vida laboral, pues en Colpensiones, la edad promedio de retiro de las mujeres es a los 61 años, pese a que pueden hacerlo desde los 57, y la de los hombres es a los 65, cuando la edad límite para ellos es de 62 años. Y en términos de baja en los ingresos, en el sistema de aseguramiento pensional público el ingreso de un pensionado se reduce entre un 20 y un 40 por ciento, confirmó la entidad.

Para Luis Carlos Reyes, experto en economía del desarrollo, conocedor del tema pensional, la propuesta es interesante, en la medida en que se trata de una redistribución de ingresos: el pensionado va a ganar y el que contraten nuevo también.

Reyes destaca que el tema de la reducción de los ingresos mensuales a las personas que sean forzadas a pensionarse es muy cierto, aunque, se parte del supuesto de que "el pensionado requiere menos la parte del ingreso que va a dejar de percibir en comparación con el que va a obtener el empleo que queda libre".

Con todos estos elementos sobre la mesa, el tema requiere lupa y el análisis a fondo de si una medida como estas puede o no entrar a partir de un decreto en medio del estado de emergencia actual, o debe esperar y ser evaluado en la reforma pensional que en algún momento tendrá que presentar el Gobierno colombiano.

MARTHA MORALES MANCHEGO
ECONOMÍA Y NEGOCIOS - EL TIEMPO
Twitter: @marthamoralesm


Reflexiones al tema pensiones


2 comentarios:

  1. Muy buena propuesta, pero también deben INCLUIRSE: CONGRESO, ASAMBLEA, CONCEJOS Y CANDIDATOS A ELECCIONES POPULARES.

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  2. Yo tengo 63 años y no he podido pensionados,obviamente para mi, sería espectacular esa idea y entre más pronto; mucho mejor.
    Trabajo en el sector salud.

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