viernes, 25 de julio de 2014

¿Cómo lograr que un tercero cobre su pensión?

finanzaspersonales.com.co, Viernes, 25 de Julio de 2014

¿Cómo lograr que un tercero cobre su pensión?.

En muchos casos, las personas con derecho a cobrar pensión no tienen la capacidad física o de salud para ir a cobrarla. ¿Qué debe hacer para que algún familiar, amigo, o quien decida, pueda ir en su lugar?


Dentro de los procesos para cobrar la pensión siempre se requiere una serie de documentos que lo avalan para recibir la compensación monetaria. Bueno, a pesar que existen varios tipos de pensión, como lo son la pensión por vejez, invalidez, sustitución pensional y sobrevivientes (que es cuando el pensionado se muere y le queda al cónyuge o hijos), Pensión por pérdida de capacidad laboral, incapacidad laboral e indemnización sustitutiva (cuando se solicita el monto ahorrado, se tiene la edad pero no la cantidad de semanas requeridas para obtener una pensión), el proceso para otorgar un poder de reclamación de su pensión a un tercero, son las mismas en cada caso.

Así que si usted es de los que quiere iniciar este proceso, para su comodidad o porque sencillamente lo requiere, aquí están las condiciones:

• Debe realizar, como es obvio, un poder debidamente conferido, en donde se especifique la cédula de ciudadanía del apoderado y de quien otorga poder; por lo que se debe anexar una fotocopia ampliada al 150% del tamaño original y la tarjeta profesional del abogado. (En el caso en que la solicitud sea realizada por intermedio de apoderado) - Original, copia o fotocopia – 

• Si es tercero autorizado, se requiere una carta de autorización con las facultades específicas, cédula de ciudadanía del autorizado y de quien la otorga; ampliada al 150% del tamaño original. Si es curador, sentencia de interdicción debidamente ejecutoriada junto con constancia de discernimiento del cargo, aceptación del mismo y posesión por parte del curador o representante legal del beneficiario.

• Si lo requiere el empleador, se necesita una carta de autorización con las facultades específicas, cédula de ciudadanía del representante de la empresa y del afiliado; ampliada al 150% del tamaño original y certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición no mayor a tres (3) meses. (En el caso en que la solicitud sea realizada por intermedio de empleador privado). Acto administrativo en que designe la representación legal y el acta de posesión del representante legal (En el caso en que la solicitud sea realizada por intermedio de empleador público)

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