jueves, 15 de febrero de 2018

Procuraduría pidió reducir cotización a salud de los pensionados


Redacción Internet - CM& La Noticia
La imagen puede contener: una persona, teléfono y primer plano

La Procuraduría General de la Nación solicitó a la Corte Constitucionaldeclarar infundadas las objeciones del Gobierno frente al proyecto de ley que reduce la cotización mensual al régimen contributivo de salud de los pensionados; pidió que los efectos de la ley rijan a partir de su promulgación.
Asimismo, recordó la importancia de la norma constitucional que afirma que la sostenibilidad fiscal no debe ser entendida como una barrera para restringir el alcance o protección efectiva de los derechos fundamentales,sino como un imperativo de búsqueda de alternativas para su efectiva concreción.

La Procuraduría solicitó a la Corte que en caso de que el “único vicio del proyecto” estuviera fundado en la escasez de recursos, evalúe la posibilidad de modular su aplicación y armonice así la progresividad con la viabilidad de las políticas legislativas objeto de juicio.
El ente de control ratificó que los pensionados conforman un grupo de especial protección constitucional, y que el legislativo puede otorgarles un trato preferencial con el fin de hacer efectivo el principio de solidaridad.




Reflexiones al tema pensiones

2 comentarios:

  1. la sostenibilidad fiscal no debe ser entendida como una barrera para restringir el alcance o protección efectiva de los derechos fundamentales, sino como un imperativo de búsqueda de alternativas para su efectiva concreción.

    http://jujogol.blogspot.com/2018/02/procuraduria-pidio-reducir-cotizacion.html?spref=tw

    ResponderEliminar
  2. Por: Carlos Alberto Ramírez
    Opinión del amigo pensionado Carlos Alberto Ramírez:
    A propósito del concepto del procurador en torno a la disminución de la cuota de salud de los pensionados, del 12 al 4%. De todas formas la Corte Constitucional tiene la facultad de modular en la medida si fuere necesario por razón económica; es decir de restringir o de graduar la norma según el monto de la pensión, evento que contempló en su concepto el procurador Carrillo Flórez y que, creo, también había sido citado en la ponencia definitiva del proyecto que se aprobó en plenarias de Cámara y Senado. ¿Justo o injusto si la Corte opta por esa medida? ¿Inequidad: violación de derechos para los no cobijados? Ahí estaría la cuestión, la pregunta para expertos, pero pienso que en su “sabiduría” la Corte tiene dos opciones que tienen que ver con la aplicación del viejo cuento: “o todos en la cama o todos en el suelo”: o se define en bien de todos (apoyos de peso existen muchos: exmagistrados, excongresistas, etc. que aún tienen poder y que son escuchados con atención) o el asunto se archiva. Medidas salomónicas si así se les puede llamar: o “el niño” entero es para la comunidad de pensionados (apoyada por los congresistas actuales), o se le da al gobierno también entero. Sumando lo anterior y con ojo de buen cubero porque no soy abogado, el estudio de la C. Constitucional no tendrá un resultado basado en juridicidad sino en oportunismo: ¿Quién da más?
    Saludos,
    Carlos Alberto Ramírez D.
     
     

    ResponderEliminar