miércoles, 23 de abril de 2014

El fallo de tutela que revivió el polémico caso Petro

ELTIEMPO.COM,  Por:  22 de Abril del 2014

Gustavo Petro y María Mercedes Maldonado
Petro fue destituido por la Procuraduría. María Mercedes Maldonado es la actual alcaldesa encargada.

Santos estudia decisión del Tribunal Superior que ordena acatar medidas cautelares de la CIDH.

Un fallo de tutela del Tribunal Superior de Bogotá revivió este martes el polémico y enredado caso del destituido alcalde de la capital del país, Gustavo Petro. En la decisión, se le ordenó al presidente Juan Manuel Santos, en un plazo de 48 horas, que acate las medidas cautelares otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el pasado 18 de marzo. (Vea: Gustavo Petro deberá ser reintegrado a la Alcaldía en 48 horas).
En la práctica, esto significa que Petro deberá ser reintegrado a su cargo, pues la CIDH le había ordenado a Santos suspender temporalmente la destitución impuesta por la Procuraduría, mientras analiza el caso de fondo.
En esa ocasión, el Gobierno Nacional había decidido no acatar las medidas cautelares, bajo el argumento de que Petro ha gozado de diferentes instancias jurídicas en el país para defenderse de la sanción disciplinaria, impuesta el pasado 9 de diciembre, por las irregularidades en la puesta en marcha del nuevo esquema de aseo. (Vea acá un especial sobre la destitución de Gustavo Petro)
Sin embargo, el martes, el caso Petro volvió a tener un nuevo giro por cuenta de la decisión tomada por la Sala de Restitución de Tierras (con ponencia del magistrado Óscar Humberto Ramírez Cardona), que por primera vez interviene en este tipo de temas, según fuentes consultadas. Esos magistrados son los que se encargan exclusivamente de revisar reclamos de víctimas de despojo.
El magistrado falló una tutela que había sido interpuesta por Óscar Augusto Verano Muñoz, el pasado primero abril, en contra del presidente Santos y el procurador general, Alejandro Ordóñez. Verano Muñoz alegó que se le estaban vulnerando sus derechos fundamentales a elegir y ser elegido y al debido proceso internacional, luego de que el Gobierno no acatara las medidas cautelares de la CIDH para proteger los derechos políticos de Petro. (Galería: Destitución del alcalde Gustavo Petro: momentos claves).
Tras conocer la decisión del Tribunal Superior, el destituido mandatario se pronunció en su cuenta en Twitter. “Esta vez, el Tribunal Superior de Bogotá protege derechos políticos, que son derechos humanos de la ciudadanía bogotana, de Bogotá y los míos”, dijo.
El exprocurador general de la Nación Jaime Bernal Cuéllar aseguró que el presidente Santos “debe cumplir” con la decisión tomada por el magistrado Ramírez. (Amplíe: ¿Qué futuro tiene la tutela 'salvavidas' de Gustavo Petro?).
Por su parte, el abogado Iván Acuña, que está en el equipo de defensa de Petro, sostuvo que lo que hizo el Tribunal Superior fue “restablecer unos derechos que habían sido desconocidos por el presidente Santos, cuando desatendió la solicitud de la CIDH”.
Aunque la Corte Constitucional ha señalado en varios fallos que las medidas de protección del Sistema Interamericano son vinculantes, siempre se ha tratado de casos en los que la vida y la integridad de los protegidos estaban sometidas a algún tipo de riesgo. Las medidas cautelares para derechos políticos son poco frecuentes y, de hecho, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha tumbado decisiones que sobre ese tipo de casos había tomado la CIDH.
Fuentes de la Registraduría informaron que si el presidente Santos acata la decisión del Tribunal, se reactivaría el proceso de revocatoria de Petro. Sin embargo, el Gobierno Nacional aún no se ha pronunciado sobre el fallo de tutela. En la Casa de Nariño los abogados examinan los alcances de la decisión judicial.
No obstante, se conoció que en principio la decisión podría ser “acatar” la determinación del Tribunal Superior de Bogotá.
Lo que viene ahora tras la decisión del Tribunal
El Gobierno y la Procuraduría pueden impugnar la decisión del Tribunal y ese recurso deberá ser resuelto por la Corte Suprema de Justicia y, al final, por la Corte Constitucional.
La tutela señala que la Procuraduría no tenía la competencia para destituir al Alcalde, un tema que en las altas cortes ya ha sido discutido y de alguna forma concluido, cuando el Consejo de Estado determinó que sí era competente para investigar y sancionar a funcionarios públicos, incluyendo a los elegidos por el voto popular.
En este tortuoso proceso jurídico, además, se aproxima una fecha clave: si el 30 de junio no se han realizado, por cualquier razón, las elecciones para elegir al sucesor del destituido alcalde, su movimiento político tendría ganada una primera batalla, pues la ley dice que si se produce una ausencia definitiva de un mandatario y quedan menos de 18 meses de mandato no habría elecciones sino que el encargado sería elegido por el Presidente de una terna enviada por el mismo partido del mandatario. Ahora, el caso Petro queda otra vez en manos de Santos.
REDACCIÓN BOGOTÁ

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