El alto tribunal suspendió temporalmente una circular de Colpensiones.
A través de una medida cautelar, el magistrado Luis Rafael Vergara Quintero, del Consejo de Estado, revivió el régimen privilegiado de pensiones que tienen algunos exfuncionarios de la Rama Judicial y exprocuradores y que les permite pensionarse con el mejor salario del último año, sin exceder el tope de 25 salarios mínimos.
Desde julio del año pasado, en aplicación del histórico fallo de la Corte Constitucional que les puso techo a las llamadas ‘megapensiones’ a costa del Estado, Colpensiones empezó a aplicarles a esos funcionarios las mismas reglas de cotización y monto de la pensión que tienen el resto de los colombianos. Esto es, un porcentaje (entre el 65 y el 90 por ciento) del promedio de salario de los últimos 10 años.
En el trámite de una de las demandas contra los efectos del fallo de la Corte, Vergara concedió una medida cautelar que suspende un aparte de la Circular 4 de Colpensiones emitida el año pasado, pues consideró que la entidad, que reemplazó al antiguo ISS, extendió los efectos de la sentencia a jubilados diferentes a los del Congreso.
“Lo anterior puede configurar la vulneración de los derechos fundamentales de personas sujetas de protección especial constitucional, como es el mínimo vital de las personas de la tercera edad”, dice el auto del Consejo de Estado. El demandante es el abogado Mauricio Eljach Galofre. El efecto de la decisión es que mientras se decide de fondo la demanda, los funcionarios de la Rama Judicial y la Procuraduría vuelven a gozar de los privilegios que estableció el Decreto 546 de 1971. La medida cautelar no afecta el techo de 25 salarios mínimos que, por orden de la Corte Constitucional, rige para todas las pensiones a cargo del Estado colombiano.
Cascada de demandas
La Corte Constitucional está a punto de volver a pronunciarse sobre el tema de las megapensiones, en la revisión de varias tutelas interpuestas por los sectores tocados por su sentencia, que eliminó el privilegiado régimen del que disfrutaron por años excongresistas y exmagistrados.
Una tutela fallada en marzo pasado por la Sala Laboral de la Corte Suprema abrió un boquete contra el ajuste, al señalar que la imposición del mismo no podía ser, como dijo la Constitucional, automático y que contra él procedían recursos y demandas.
En la sentencia C-258 del 2013, la Corte Constitucional señaló que ninguna pensión a cargo del Estado podía estar por encima de los 25 salarios mínimos (15,4 millones de pesos) y decidió además que esto aplicaba de manera retroactiva. El reajuste empezó a regir el 1 de julio pasado.
Aunque el pronunciamiento se hizo sobre varias normas que les daban gabelas a los congresistas, la decisión se extiende a los “los demás servidores públicos a quienes les resulte aplicable”. Esto, porque a través de demandas y tutelas decenas de exmagistrados y exaltos funcionarios lograron que les reconocieran pensiones tomando como base el privilegiado régimen del Congreso.
La Corte ordenó también revisar todas las megajubilaciones y demandar las que habían sido concedidas de manera irregular o con abuso del derecho. Por esa vía están hoy demandadas centenares de liquidaciones.
El Fondo de Pensiones del Congreso demandó a 105 exparlamentarios ante el Contencioso Administrativo por aparentes irregularidades, pues no tenían derecho al privilegiado régimen con el que fueron liquidadas sus mesadas.
Colpensiones detectó que, como pasó en en el Congreso, a punta de demandas muchos exfuncionarios lograron un régimen de retiro al que no tenían derecho.
Colpensiones detectó que, como pasó en en el Congreso, a punta de demandas muchos exfuncionarios lograron un régimen de retiro al que no tenían derecho.
Por su lado, la Unidad de Gestión Pensional, que tiene casi 300 de esos pensionados, prepara 80 demandas para tumbar ‘megajubilaciones’ dudosas, entre ellas varias del escándalo del ‘carrusel de pensiones’ de la Judicatura.
REDACCIÓN JUSTICIA
justicia@eltiempo.com
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