Por investigación en la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes
El representante Constantino Rodríguez vinculó formalmente al proceso penal a dos magistrados de la Corte Constitucional y a tres conjueces que pusieron tope a las pensiones.
Por: Juan David Laverde Palma
Por los presuntos delitos de prevaricato por acción y omisión, la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes abrió investigación penal contra dos magistrados y tres conjueces de la Corte Constitucional que, en mayo de 2013, tumbaron las pensiones millonarias que se venían adjudicando a excongresistas y exmagistrados de las altas cortes. En la misma decisión, el representante Constantino Rodríguez ordenó escuchar en indagatoria a los juristas investigados entre los días 8 de mayo y 19 de junio de 2014.
El Espectador conoció que la decisión del representante Constantino Rodríguez fue tomada el pasado jueves 3 de abril y cobija a los magistrados Jorge Ignacio Pretelt —ponente del fallo que tumbó las megapensiones— y su colega Luis Guillermo Guerrero. Asimismo, la determinación afecta a los conjueces del alto tribunal Alejandro Venegas, Manuel José Cepeda y Juan Carlos Henao. Estos dos últimos fueron presidentes de la Corte Constitucional. Henao oficia hoy como rector de la universidad Externado de Colombia y Venegas es vicerector de la Universidad del Rosario.
Según el representante Rodríguez, hay serios indicios de posible vulneración al ordenamiento jurídico penal por parte de estos cinco juristas que tomaron la decisión de ponerles un tope de 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes (cerca de $15 millones) a las pensiones millonarias. En consecuencia, ordenó que a la brevedad ellos sean escuchados en diligencia de indagatoria, advirtiéndoles que deben presentarse acompañados por sus abogados o, de lo contrario, el Estado les pondrá defensores de oficio.
El origen de esta controversia se remonta dos décadas atrás. A raíz de la expedición de la Ley 100 de 1993 o Ley de Seguridad Social, fue necesario crear un régimen de transición para definir el alcance de las pensiones. En ese momento ya existía la Ley 04 de 1992, que disponía que las mesadas pensionales de congresistas no podían ser inferiores al 75% de sus ingresos, con los debidos reajustes según el salario mínimo. Pero al mismo tiempo se creó un vacío en torno a la situación pensional de los magistrados.
Varios decretos posteriores precisaron que las jubilaciones de los magistrados de las altas cortes debían ser liquidadas igual que las de los congresistas. Entonces empezaron los enredos jurídicos. Especialmente después de una demanda que falló el Consejo de Estado en junio de 2006. Dicha sentencia le dio la razón a un exmagistrado de esa corporación para que se reliquidara su pensión con base en estos privilegios. El magistrado ponente en este caso es el hoy procurador Alejandro Ordóñez Maldonado. El demandante mejoró su pensión, pero luego vinieron los enredos administrativos.
Fue tal el lío que se armó en ese momento, que tanto la Procuraduría como el Ministerio de Hacienda protestaron y pidieron reversar ese fallo. No fue posible y, como estaba advertido, lo que vino después fue una cascada de sentencias similares. Unas por vía de tutela y otras por cuenta de los tribunales administrativos. En 2011, el Ministerio de Hacienda elaboró un informe en el que concluyó que el monto estimado de sobrecostos fiscales por estas pensiones millonarias estaba entre $11,7 y $20,1 billones, a pesos de 2010.
Todo este debate motivó que los abogados Germán Calderón y Dionisio Araújo demandaran las megapensiones en 2011 ante la Corte Constitucional. El 7 de mayo de 2013 ese alto tribunal les otorgó la razón y manifestó que en adelante ninguna mesada pensional, con cargo al erario, podía superar el tope de 25 salarios mínimos. La sentencia se basó en que se estaba desconociendo el derecho a la igualdad frente a otros pensionados y que esto constituía una desproporción incompatible con el Estado de derecho.
En su fallo la Corte añadió que el principio fundamental de su sentencia era que el ahorro fiscal fuera destinado a ampliar la cobertura del colapsado sistema pensional en beneficio de las personas de escasos recursos. Por eso, incluso, ordenó reajustar las pensiones de excongresistas y exmagistrados que habían obtenido su jubilación desde 1994. Una sentencia que fue inmediatamente aplaudida por el gobierno y por la opinión pública, al considerar esto como lo más justo con las mayorías del país.
Sin embargo, desde ese mismo instante estalló la polémica. Exmagistrados y excongresistas pusieron el grito en cielo, aseguraron que se violaron sus derechos adquiridos y los principios de la buena fe y, de paso, anunciaron demandas nacionales e internacionales. El abogado Ricardo Cifuentes, en representación del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social y los excongresistas Pablo Victoria y Germán Huertas, denunció a los cinco magistrados que tumbaron las megapensiones.
Con una particularidad: la denuncia por prevaricato no sólo estuvo sustentada en que la sentencia de la Corte supuestamente violó tratados internacionales en cuanto a derechos adquiridos legalmente por excongresistas y exmagistrados, sino porque con base en ese mismo fallo ya se están afectando las pensiones de los colombianos de a pie. El abogado Cifuentes sostuvo que a través de la circular 04 de julio de 2013, expedida por Colpensiones, se le dio una “interpretación regresiva” a la sentencia contra las megapensiones.
Con esta circular, en criterio de Cifuentes, Colpensiones interpretó para todos los pensionados lo que era de aplicación exclusiva para exmagistrados y excongresistas. Es decir, los puso a todos en la misma balanza. El tema es tan complejo que ya la Procuraduría pidió la nulidad de la cuestionada circular de Colpensiones con el argumento de que esta entidad le dio un efecto extensivo del fallo a otros regímenes especiales que nada tenían que ver con la controversia jurídica.
En un documento de 45 páginas en poder de El Espectador, el procurador delegado para la Seguridad Social Orlando Ramírez advirtió que Colpensiones usurpó funciones de otros organismos, vulneró derechos de afiliados al sistema de seguridad social y desconoció el principio de no retroactividad de los derechos económicos adquiridos por los pensionados. Ante los perjuicios ocasionados al jubilado del común por esta interpretación de la sentencia de la Corte, el Ministerio Público pidió la suspensión inmediata de la circular.
En medio de este enredo, el asunto llegó ahora a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes. Con un detalle adicional: en la decisión mediante la cual el representante Constantino Rodríguez llamó a indagatoria a los cinco magistrados, se enumeraron cinco contratos por un valor de $3.480 millones, suscritos por el exmagistrado Manuel José Cepeda con la Presidencia de la República, en calidad de asesor. Los denunciantes Victoria y Huertas señalaron que, por ello, Cepeda debió haberse declarado impedido para fallar sobre las megapensiones.
Desde los azarosos tiempos del proceso 8.000, cuando el entonces representante Pablo Ardila llamó a indagatoria a los magistrados de la Corte Suprema que intentaron enjuiciar a los 108 congresistas que absolvieron a Ernesto Samper; o de los días en que el excongresista Jairo Ruiz llamó a indagatoria a los magistrados del Consejo de Estado que lo estaban investigando, no existía un antecedente judicial de este tenor. Por lo pronto, Manuel José Cepeda deberá rendir indagatoria el 8 de mayo; Juan Carlos Henao, el 22 de mayo; Alejandro Venegas, el 5 de junio; Jorge Pretelt, el 12 de junio, y Luis Guillermo Guerrero, el 19 de junio.
jlaverde@elespectador.com
@jdlaverde9
No hay comentarios:
Publicar un comentario