viernes, 8 de noviembre de 2013

Lo que va de Villarraga al fuero penal militar...

Por Unicor, Roberto Carlos Astorquiza Aguirre


El Caso del Ex Magistrado del Consejo Superior de la Judicatura Henry Villarraga tiene más implicaciones, que su renuncia irrevocable a la magistratura, con su actuación siguen quedando al descubierto la poca decencia de algunos altos funcionarios del Estado, los alarmantes niveles de corrupción de la Administración de Justicia, y lo que es peor, la impunidad que se busca para los militares responsables de delitos comunes con el tristemente célebre fuero penal militar. Las dos cosas nos hablan de la violación de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario.

El funcionario de marras, quien entre otras cosas, es de los pocos colombianos que tenían el honor de hacer parte de los 76 magistrados de las altas cortes, y con ello, de los privilegios que dicha dignidad representa: ganaba los mismos $24 milloncitos de pesos de los honorables congresistas, de los 365 días al año, si quería, podía trabajar sólo 169, tenía hasta 60 días de permisos remunerados (como el que disfrutó la presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Ruth Marina Díaz Rueda, bien utilizados en su crucero por el Caribe), también era merecedor de un régimen tributario especial, además de poder burocrático.

Como Magistrado de alta corte participaba de la escogencia del Procurador General, el Contralor, el Registrador, el Auditor, tres magistrados de la Corte Constitucional y dos de la Corte Suprema de Justicia, como si fuera poco, no tenía pico y placa.

Adicionalmente, debe hacerse énfasis en que el Consejo Superior de la Judicatura, la corporación judicial que por conductas como la del señor Villarraga, quien ya había estado relacionado con casos de corrupción, está manchada por  el desprestigio desde su creación con la Constitución de 1991, aún vigente, según el artículo 85 de la Ley 270 de 1996, es la encargada de administrar la rama judicial, como tal, le corresponde decidir sobre contratación, nombramientos de magistrados y funcionarios judiciales, aprobar inversiones, determinar la planta de personal de la rama, administrar la carrera judicial, es decir, administra y decide sobre los más de dos billones de presupuesto anuales, y claro, su sala disciplinaria, de la que hacía parte el señor Villarraga, decide sobre el conflicto de competencias entre jurisdicciones, como en el caso, la justicia ordinaria sobre la penal militar o viceversa. ¿Y qué relación tiene este episodio con los derechos humanos?.

La semana pasada la Corte Constitucional declaró inexequible por vicios en el procedimiento un proyecto de ley que ampliaba el fuero penal militar, y entre otras gabelas, creaba un “Tribunal Especial” para juzgar militares por la comisión de delitos, los militares activos y retirados mostraron su inmediata indignación por lo que dicen es un “fuerte golpe a la moral de la tropa”, un “triunfo de los enemigos de las fuerzas militares y de policía”, es más, muchos se atrevieron a poner en tela de juicio la decisión del a corte, el presidente Santos y su Ministro de Defensa, rápidamente manifestaron el interés del gobierno por presentar otro proyecto de ley que blinde la actuación de las FFMM.

Como siempre, con dicha posición tratan de ubicar a los amigos y a los enemigos del ejército nacional, creo que nadie en Colombia pone en duda la importancia de la fuerza pública y su legitimidad, empero, a estas alturas, hablar de la comisión de delitos por parte de sus miembros tampoco es herejía, menos, comprobar que el fuero penal militar es un privilegio en desuso, que le estorba a la paz y a la justicia. En los peores momentos del conflicto, el fuero penal permitió la impunidad de los militares respecto a los masivos y reiterados abusos contra la población civil y los derechos humanos; por ejemplo en las ejecuciones extrajudiciales (mal conocidas como falsos positivos) vienen siendo procesados 47 coroneles, 66 mayores, 133 capitanes y otros 4.354 uniformados. Pero desde que se hizo pública dicha “práctica contra insurgente”, la que a propósito, conocía muy bien el presidente Santos, como ministro de defensa, se han dictado solo 639 condenas.

En este contexto no se debe olvidar que los militares no son jueces, asumen con las armas del Estado la defensa del establecimiento en el conflicto que persiste, por ello, hacen parte de él. En la praxis democrática lo sensato es avanzar hacia una justicia única, fuerte, imparcial, y civilista, para todos, sin distingo alguno. El fuero Penal Militar es una medida para la guerra, los derechos humanos, sin excepción, deben tener absoluta preeminencia sobre el cálculo militar, por ello, la decisión de la Corte Constitucional resulta además de constitucional, pertinente para la paz.

Ahora, no bastando con las implicaciones éticas, políticas e institucionales que arroja el comportamiento del doctor Villarraga, quien a pesar de ser beneficiario de los mejores tratos dispuestos por el Estado para consentir a sus máximos representantes, presuntamente venia teniendo por dinero, 400 millones de pesos, que no son nada, si se compara con lo anteriormente descrito, se deben analizar las implicaciones para los derechos humanos, de sus actuaciones irregulares y de favorecimiento dirigidas a salvar de la jurisdicción penal ordinaria y mandar a la justicia penal militar al Coronel Robinson González del Rio acusado de perpetuar asesinato contra dos humildes campesinos y de otros “falsos positivos”, este oficial es sobrino del pacificador de Urabá, General Rito Alejo del Rio condenado a 25 años de prisión por su participación en crímenes de grupos paramilitares.

De estas reflexiones surgen varias preguntas: ¿por qué un oficial vinculado a estos delitos de lesa humanidad ofrece hasta 400 millones de pesos a un alto funcionario para no ser juzgado por la justicia ordinaria, a que le teme?, ¿qué le representa pasar a conocimiento de la justicia penal militar?, ¿impunidad?, ¿a quién o a quienes les conviene entonces revivir el tristemente célebre fuero penal militar, será tan sólo a los militares? Y para terminar, ¿hasta cuándo funcionarios venales decidirán sobre los derechos humanos de las víctimas del conflicto?, ¿cuáles son las garantías reales que nos ofrece la administración de justicia en Colombia?


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