viernes, 28 de marzo de 2014

Procurador califica de normal decisión sobre Salazar

POR: kienyke.com

Alejandro Ordóñez
El procurador general Alejandro Ordóñez dijo que la decisión del Consejo de Estado de tumbar la inhabilidad del exalcalde de Medellín Alonso Salazar es un procedimiento normal que él acata plenamente.
“Es frecuente que la jurisdicción Contencioso Administrativa, que es el juez de los actos administrativos, profiera decisiones revocando o modificando lo que se profiere en diferentes materias. No es para dramatizar, sino que la Procuraduría lo recibe y lo acata plenamente”, explicó Ordoñez a Caracol Radio desde Pereira.
Ordóñez agregó que no le extrañaría que el alto tribunal tome una decisión similar en el caso contra el exalcalde de Bogotá, Gustavo Petro.
Hoy el Consejo de Estado resolvió que el fallo de la procuraduría contra Salazar, por una supuesta participación en política y violación de la Ley de garantías, era excesiva y no era procedente.

CAMPAÑA: ....Un minuto por el medio ambiente....

POR: IGAC




¿Otra vez el voto obligatorio?

ELESPECTADOR.COM,  Por: Juan Carlos Botero


Juan Carlos Botero
A raíz de los últimos resultados electorales en Colombia, con grandes porcentajes de votos en blanco, nulos, denuncias de fraude y abstencionismo, vuelve a sonar la tentación del voto obligatorio.
Unos sectores lo defienden y varios medios lo han comentado, incluyendo un excelente editorial escrito en estos días en este periódico. Pero la idea no es buena, y aunque ya se ha dicho por qué en el pasado, no sobra recordar las razones de nuevo.
La propuesta del voto obligatorio se basa en una tesis lógica: una franja inmensa de la población no vota en las elecciones, y esa apatía fomenta el clientelismo, permite la infiltración de grupos criminales en el proceso electoral y debilita la democracia. Unos pocos deciden por todos, la voluntad popular no se traduce con exactitud en sus representantes, y a menudo los resultados políticos carecen de legitimidad.
La solución a esta crisis, dicen unos, es el voto obligatorio. Si la gente tiene que votar, la indiferencia política se reducirá, el clientelismo perderá sentido y la democracia saldrá fortalecida, ya que los elegidos representarán a todo el pueblo. Pero hay otra solución, sin duda más compleja, aunque más fecunda y duradera: erradicar las causas de la apatía.
Esas causas se pueden resumir en una sola: una larga historia de desengaños populares. El Frente Nacional, diseñado por un período de doce años para terminar una guerra civil, se estiró durante décadas y erosionó el sentido de las elecciones: los electores votaban pero no escogían, pues ganaran o perdieran en las urnas, los dos partidos volvían al gobierno. Y la clase política, más interesada en conservar el poder que en servirle al pueblo, aumentó la desconfianza. Por último, la falta de educación, la pobreza y la violencia multiplicaron la apatía electoral.
Sin embargo, por principio democrático el voto obligatorio constituye un atropello a la opción libre, y forzar a la gente a votar podrá erradicar la apariencia de la apatía política, pero no su realidad. Además, para fortalecer la democracia se necesita una imagen exacta de la misma, pues sólo así se podrán corregir sus deficiencias.
Entonces dicen otros: si la gente está descontenta, que vote en blanco. Pero ese es otro error. Quien vota en blanco es un inconforme, no un apático, y no es lo mismo. El voto en blanco indica insatisfacción con los candidatos disponibles, pero a su vez refleja confianza en las elecciones (tienen sentido, así sólo sea para expresar, por medios pacíficos, el descontento). La abstención también refleja insatisfacción, pero no sólo con los candidatos sino con el proceso electoral. De modo que el voto obligatorio falsea el rostro político del país, y mientras persistan las causas de la apatía, se requieren mecanismos para detectarla. De lo contrario, el problema de fondo será maquillado pero no corregido.
En suma, hay dos maneras de combatir la apatía política: una es llevar a la gente a las urnas a la fuerza. Y otra es rescatar el sentido del voto. ¿Cómo? Creando espacios de participación efectiva, atacando la corrupción parlamentaria, reintegrando zonas marginadas a los centros de producción, e integrando la comunidad en el proceso decisorio. Esta solución es más difícil pero creará una participación política más genuina. Y de eso se trata.

    Alonso Salazar, de vuelta a la arena política

    ELESPECTADOR.COM,  28 MAR 2014 

    Consejo de Estado tumbó sanción
    El alto tribunal consideró que la inhabilidad impuesta al exalcalde de Medellín fue desproporcionada.
    Por: Juan Sebastián Jiménez Herrera

    Alonso Salazar, de vuelta a la arena políticaEl exalcalde de Medellín Alonso Salazar recuperó sus derechos políticos por cuenta del fallo del Consejo de Estado. / Archivo - El Espectador
    “Ganó la democracia”. Así dijo Jaime Arrubla, exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia y abogado del exalcalde de Medellín, Alonso Salazar, una vez conoció el fallo del Consejo de Estado que tumbó la sanción de 12 años de inhabilidad que la Procuraduría le había impuesto al exmandatario por supuesta participación en política. Una decisión con muy pocos precedentes y que promete reavivar la controversia que se ha generado alrededor de los superpoderes del procurador Alejandro Ordóñez tras la destitución del exalcalde de Bogotá, Gustavo Petro. En la ecuación política de hoy, este fallo tendrá sus coletazos.
    El alto tribunal consideró desproporcionada la sanción impuesta a Alonso Salazar, quien al cierre del telón de la campaña política regional de 2011 denunció el presunto apoyo de los paramilitares al entonces candidato a la Alcaldía de Medellín Luis Pérez Gutiérrez y a varios candidatos al Concejo de esa ciudad. Sus señalamientos los hizo porque en su calidad de primer mandatario tuvo acceso a una información privilegiada. El procurador Ordóñez consideró esto como intervención en política y lo sancionó. Pero el Consejo de Estado entendió que su falta no fue gravísima, sino leve. Por eso le devolvió sus derechos políticos y le hizo un simple llamado de atención por “haber sido imprudente”.
    En las próximas horas, Salazar será notificado de esta decisión, que significa ni más ni menos que un tremendo reversazo al fallo proferido por Ordóñez en mayo de 2012. En diálogo con Blu Radio, el exmandatario sostuvo que con este fallo el Consejo de Estado le “regresó el honor”. Señaló que durante su gestión nunca “hubo errores administrativos” y concluyó que “quienes aspiran a ser emperadores acostumbran decir eso de que ‘no hay que hacer dramatismo’, como si no hubiera pasado nada”, en clara referencia a Alejandro Ordóñez, quien manifestó que no había que darle mayor vuelo o interpretaciones al fallo del Consejo de Estado. Salazar, en contraste, lo dijo sin rodeos: Ordóñez está usando su cargo con intereses políticos.
    El caso Salazar entrará a jugar en los cálculos judiciales que hoy por hoy hace el destituido alcalde Gustavo Petro, sancionado con 15 años de inhabilidad para hacer política. Está claro que esta decisión sobre el exalcalde de Medellín pone en aprietos a Ordóñez, deja la sensación de persecución política y pone otra vez sobre el tapete la discusión sobre sus superpoderes disciplinarios. Precisamente, el exalcalde Petro dijo ayer que espera que en su caso suceda lo mismo que en el de Salazar. “Este caso demuestra, en un Consejo de Estado que se dividió en mi caso, que el procurador actuó arbitrariamente (…) Felicito a Alonso Salazar por recuperar sus derechos políticos, que son derechos humanos. Alonso es demostración de la arbitrariedad de Ordóñez”, expresó Petro a través de su cuenta de Twitter.
    Daniel Prado Albarracín —uno de los abogados del exmandatario Petro— le dijo a este diario que es muy satisfactorio que el Consejo de Estado haya “corregido un acto arbitrario del procurador. La injerencia del señor procurador en las altas cortes es notoria y por ello vemos con muy buenos ojos que esta decisión se haya producido. La misma da esperanzas para la administración de justicia en Colombia”. Se espera que tras este fallo el exmandatario capitalino se decida a presentar una acción de nulidad y restablecimiento del derecho similar a la interpuesta por el exalcalde Alonso Salazar.
    El mismo procurador Alejandro Ordóñez indicó que no se puede descartar que el Consejo de Estado tome una decisión similar ante una posible demanda por parte del exalcalde Petro. Y agregó que “desde luego todos los actos administrativos tienen control de legalidad y pueden estar incursos en desviación de poder o desconocimiento del derecho de audiencias y defensas. No me extraña la decisión (…) Es frecuente que la jurisdicción contenciosa administrativa, que es el juez de los actos administrativos, profiera decisiones revocando o modificando las decisiones que en diferente materia se profieran. No es para dramatizar. La Procuraduría recibe y acata plenamente esta decisión”.
    El vicepresidente Angelino Garzón también se refirió al fallo del Consejo de Estado. Esta semana, Garzón había dicho que los constituyentes “cometimos el error de darle plenos poderes al jefe del Ministerio Público y a la contralora sin crear la doble instancia. Todos los servidores públicos somos seres humanos y tienen derecho a la defensa y a una segunda instancia, y eso no lo hicimos en la Asamblea Constituyente”. Ayer Garzón arreció sus criticas a los superpoderes del jefe del Ministerio Público y dijo: “Me alegra mucho el fallo del Consejo de Estado, porque Alonso Salazar es un hombre bueno en todo el sentido de la palabra y creo que esta decisión nos permite continuar con la reflexión de que tenemos que diferenciar en los servidores públicos los errores administrativos y los actos criminales. Una cosa es que un servidor público se pueda equivocar administrativamente y otra cosa son aquellos servidores públicos que están comprometidos con actos criminales como son la corrupción y la relación con grupos armados ilegales”.
    El abogado Jaime Arrubla fue algo más allá: “Estoy complacido, no solamente por el alcalde Alonso Salazar, al que se le rehabilitan plenamente sus derechos políticos, que nunca le debieron ser cercenados, sino también porque se rehabilita la democracia colombiana. Este fallo demuestra que la democracia funciona”. Y agregó que cree que “el país debe mirar hacia la Carta Interamericana de los Derechos Humanos, que dice claramente que los mandatarios locales sólo pueden ser inhabilitados por un juez penal y no por un funcionario administrativo. Estamos en mora de adaptar nuestro derecho interno a la Carta Interamericana para ser más demócratas”. En su declaración, no obstante, no se refirió a la controversia generada por el no acatamiento por parte del Gobierno de las medidas cautelares decretadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos al exalcalde de Bogotá.
    Una larga controversia
    Ya lo dijo el mismo procurador Ordóñez: no es la primera vez que el Consejo de Estado tumba un fallo de la Procuraduría. De hecho, esta semana ese alto tribunal dio a conocer una sentencia en la que aseguraba vehementemente que esa corporación podía reducir o anular una sanción interpuesta por la Procuraduría si encontraba evidencias de que la misma había sido desproporcionada. “No hay límites formales para el control judicial contencioso administrativo de los actos proferidos por las autoridades administrativas disciplinarias y la Procuraduría”.
    En un fallo de diciembre del año pasado, este alto tribunal tumbó la sanción impuesta a la exgerente del Instituto de Vivienda de Tunja, Ana Isabel Gil, pero además condenó a la Procuraduría a indemnizar a la exfuncionaria debido al “profundo impacto psicológico y emocional que se demuestra en las pruebas que obran en el expediente, sin estar obligada a ello, por cuanto la decisión de la Procuraduría de destituirla fue ilegal e injusta”. Hay casos puntuales de reversazos del Consejo de Estado a la Procuraduría (ver recuadros), pero la regla general es que son muy pocas las veces en que esto ocurre.
    En la sentencia del caso Salazar, cuyo ponente fue el magistrado Gustavo Gómez, el Consejo de Estado reiteró que “la Procuraduría no es un poder omnímodo ni sujeto a controles, ni es una nueva rama del poder, ni es un nuevo juez creado sobre la marcha en contravía del diseño constitucional; no se puede atribuir, en contra de la Constitución que dice defender, estas funciones, ni puede siquiera sugerir que sus decisiones constituyen sentencias, con todas las garantías que revisten los fallos judiciales. La autonomía e independencia que la Constitución le otorga a la Procuraduría no implican que este organismo no esté, a su turno, sujeto a controles, dentro del sistema de frenos y contrapesos ideado por el Constituyente”.
    Lo particular es que este fallo se produce en momentos en los que se discute con ahínco sobre la posibilidad de reformar la Procuraduría. Incluso el presidente del Congreso, el senador Juan Fernando Cristo, ya ha dicho que hay consenso entre los partidos sobre la necesidad de reformar esta institución, algo con lo que el mismo procurador Ordóñez se ha mostrado de acuerdo. ¿Se resquebrajará aún más el poder del jefe del Ministerio Público?
    Otros casos
    En abril del año pasado, una sala de conjueces anuló la destitución que en su momento le impuso la Procuraduría al general (r) Álvaro Velandia por su supuesta participación en la desaparición de la militante del M-19 Nidia Érika Bautista. En su criterio, a Velandia se le vulneró el debido proceso y se desconocieron normas del Código Contencioso Administrativo, pues la sanción disciplinaria se impuso después de que se cumplió el término de prescripción de la acción disciplinaria, es decir, por fuera de los términos legales.
    En 2005, ese alto tribunal anuló la sanción impuesta al general (r) Jesús Armando Arias Cabrales por su presunta responsabilidad en el holocausto del Palacio de Justicia, ocurrido entre el 6 y el 7 de noviembre de 1985. De acuerdo con esta corporación, el fallo en su contra fue proferido por fuera de los términos legales.
    En octubre de 2010 el Consejo de Estado anuló la destitución impuesta al otrora rector de la Universidad de Sucre Vicente Periñán Petro, porque la misma fue interpuesta por fuera del tiempo establecido. Periñán fue reelegido en el cargo gracias a este ‘salvavidas’. 
    El caso Santoyo
    En 2006, una sala del Consejo de Estado compuesta, entre otros, por el hoy procurador Alejandro Ordóñez anuló la destitución de cinco años de inhabilidad que le había impuesto la Procuraduría al general (r) Mauricio Santoyo, hoy preso en Estados Unidos por el delito de narcotráfico. Lo hizo porque, en su criterio, ya se habían vencido los términos de la sanción contra Santoyo por irregularidades durante su paso por el Gaula en Medellín. Este 'salvavidas' del Consejo le permitió ascender a coronel y convertirse luego en el edecán del expresidente Álvaro Uribe. 
    jjimenez@elespectador.com
    @juansjimenezh

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    jueves, 27 de marzo de 2014

    Invitación para fortalecer nuestra democracia, no a destruirla....


    Por Jaime Lustgarten

    Podemos engañarnos nosotros mismos, convertirnos en mitómanos por creer nuestras propias mentiras, y seguir pensando que la labor de los congresistas es traer recursos a las regiones y que solo lo hacen  por el bienestar de los electores o ciudadanos; lo cierto es que hay mucho más debajo de esa gran olla de recursos públicos, hoy en tela de juicio por la enorme corrupción en el país. 

    Una pregunta sería si ésta es la labor del congreso o si estamos tergiversándola para los buenos oficios de quienes fueron electos gracias a estas artimañas de la política.  Me pregunto si la labor de los congresistas es repartir la mermelada,  ya que la racionan principalmente a los amigos más cercanos del presidente. ¿O hay alguien más manejando recursos públicos? ¿Será que reparten tanto manjar democráticamente para que nadie se quede por fuera y no se altere el sistema democrático?  No podemos seguir permitiendo que unos cuantos poderosos gracias esa nefasta política puedan y sigan gobernando y manejando el poder.

    Seamos realistas, esta forma de hacer política no le conviene a la democracia, y definitivamente  no le conviene tampoco al país que reelijamos un presidente cuyas políticas no son bien recibidas por la mayoría de compatriotas, pero que regala casas y subsidios a los pobres usando esas organizaciones electorales o maquinarias que siempre están atrás del poder.
    Estamos permitiendo que recursos públicos sean utilizados para hacer favores a quienes apoyan a organizaciones político electorales,  y son los mismos con las mismas, y quienes definen para donde van esos recursos. Lo hacen como  organizaciones criminales o como carteles de la contratación,  donde los favores se pagan cuando el que hizo un favor lo exige. Los invito a leer el libro El Padrino (1969) de Mario Puzo.   Vivimos en un país cuyas bases han sido corrompidas por una clase política corrupta y que adora la mermelada. 

    El poder que emana del pueblo debe evidentemente regresar al pueblo.  Los invito en las próximas elecciones a rechazar la reelección y votar por candidatos que representen los intereses reales del pueblo, y que defiendan los cambios que Colombia necesita para que se pueda fortalecer la democracia como un primer gran paso, y no para destruirla.

    miércoles, 26 de marzo de 2014

    Crucero de intereses...

    ELESPECTADOR.COM, CECILIA OROZCO TASCÓN 25 MAR 2014 


    Cecilia Orozco Tascón
    Mientras el país político judicial se concentra en las complejidades del asunto Petro, otros personajes del Estado aprovechan el desorden para continuar con su festín, en este caso del bien de la justicia, sin asomo de arrepentimiento. Todo lo contrario: cada día nos desafían con su cinismo exhibicionista.
    Las críticas de la prensa, el análisis de académicos, columnistas y juristas que los pintan tal cual son, y su ya maltrecha imagen reflejada en las encuestas les importan un pito. Siguen aferrados al inciso de la ley para disculpar, con sus penosas respuestas, ponencias y sentencias, la laxitud de su moral. Creen que nos pueden aturdir con sus discursos floridos o atemorizar con su poder de juzgamiento. Pero no. Ahí estamos, vigilando hasta cuando nos quiten el derecho a opinar, un propósito que pueden concretar por una vía o por la otra.
    La señora del crucero está en su salsa: la semana pasada la Corte Suprema, a la que la paseadora asiste en calidad de magistrada y expresidenta, eligió a su socio del viaje por las islas del Caribe, Álvaro Fernando García Restrepo, para hacer parte de la misma corte. García reemplazará a Arturo Solarte, quien renunció porque no soportó el ambiente judicial (“no quiero ser un obstáculo para el rumbo que se le quiere dar a la Corporación”, dijo). El renovado García no se subió de casualidad al buque Monarch. Es amigo de Díaz de tiempo atrás, puesto que viene del tribunal de donde ella salió (el Superior de Bogotá). Ahora, además de compañeros de vacaciones, lo serán de labores, porque García será miembro de la Sala Civil a la que Ruth Marina Díaz pertenece hoy. ¿O será al revés: la sala, la corte, las cortes le pertenecen a ella? El trencito de nombramientos y brincos de corte en corte no para. Avanzó su trayecto imperturbable. La esposa del recién llegado García Restrepo se llama Luz Estella Roca Betancur. Ella también es magistrada titular, también estuvo en el Tribunal Superior de Bogotá y... (suspenso con redoble musical al fondo) también disfrutó del crucero. No se vayan porque hay otro “también”: ¡fue magistrada auxiliar en la Corte Suprema de Díaz! Roca Betancur fue nombrada en el Tribunal Superior de Sucre hace menos de siete meses, cuando ya los cálculos de su marido y de la “dueña” Díaz estaban milimétricamente hechos: el exmagistrado Solarte anunció su retiro en mayo de 2013, pero dijo que se separaría del cargo el 30 de agosto. Ese mismo día Roca se estaba posesionando en Sincelejo, tal vez para que no quedara tan mal que ella fuera una especie de subalterna de su maridito en la capital.
    Cero y van dos. Pero faltan datos. La rapiña por los cupos en las altas cortes se ha trasladado, recientemente, a la Corte Constitucional por el retiro del respetable Nilson Pinilla, quien cumple su período. El crucero pita su salida del puerto. Entre los 43 aspirantes que la Suprema escuchó ayer en audiencia pública para guardar las apariencias, está doña María Patricia Cruz Miranda, otra vez —y perdonen la repetición—, compañera de paseo y magistrada del Tribunal Superior de Bogotá. De ella, la propia Ruth Marina Díaz aseguró que fue la que le compró el boleto para el periplo marino. “Las diligencias para adquirir (mi) pasaje (al crucero), debido a mis múltiples ocupaciones administrativas, las realizaron mis colegas María Patricia Cruz Miranda y Clara Inés Márquez Bulla”. Con semejante madrina, Cruz va en coche, perdón, en transatlántico, a la inclusión de su nombre en la terna de finalistas. Crucero efectivísimo de intereses particulares.
    Entre paréntesis.- En medio de este panorama apestoso, la consejera de Estado Susana Buitrago quiere convencernos de que la ecuación “yo te elijo y después tú me eliges” es constitucional y legal. Le faltó decir que, además, era una situación justa y necesaria porque los actuales miembros de las cortes nacieron en una casta divina.

    Ley 100 de 1993: 20 años después...

    PORTAFOLIO.CO, Marzo 26 de 2014 
    
    La salud y las pensiones por años fueron un bache difícil de manejar

    Cumple 20 años la ley que organizó el sistema de pensiones en Colombia.

    Aunque prevalecen algunos problemas con la organización operativa del sistema y la cultura del ahorro en materia pensional aún es deficiente, trajo cambios positivos como unificación de regímenes, disminuyó el crecimiento de la deuda, se amplió la cobertura y se dio transparencia al manejo de los dineros.
    La salud y las pensiones por años fueron un bache difícil de manejar, lleno de inconsistencias, para los gobiernos y los colombianos.
    Existían más de cien sistemas de pensiones y diversos regímenes y posibilidades entre diferentes entidades, concejos municipales, gobernaciones a través de ordenanzas y decretos y  las empresas privadas, por medio de convenciones y/o pactos colectivos.
     La desorganización y desintegración era total.
    Sin contar que no existía una conciencia del impacto financiero de las decisiones en el tema, entonces una pensión parecía una dádiva y terminaba siendo el interruptor que quebraba las empresas por los pasivos que se generaban, así mismo el Gobierno usaba los dineros recaudados en ahorro pensional para cubrir déficits fiscales hasta el punto que se agotaron las reservas del antiguo Seguro Social.
    “La normatividad anterior contemplaba un exceso de beneficios para algunos sectores del gobierno (y la empresa privada) lo que impactó  en el déficit pensional, por lo que el Estado debe subsidiar dichas pensiones vía presupuesto nacional”, asegura Enrique Chaverra, Vicepresidente Administrativo de TG Consultores, Expertos en Soluciones Integrales de Pensiones.
    LAS BUENAS INTENCIONES DE LA LEY 100 DE 1993
     El fin de esta ley era garantizar calidad de vida acorde con la dignidad humana “mediante el cumplimiento progresivo de los planes y programas que el Estado y la sociedad desarrollarán para proporcionar la cobertura integral de las contingencias” (Ley 100 de 1993). Es decir, buscaba la igualdad en cuanto a procesos y a otorgamiento de prestaciones para todos los trabajadores cotizantes en el sistema.
    De acuerdo con la exposición de motivos que se hizo ante el Congreso hace 20 años sobre el proyecto de ley, en el tema pensional existía la necesidad de crear un nuevo sistema, basado en el ahorro y la capitalización individual hecha por los trabajadores y los empleadores.
     Además, era importante unificar  las pensiones en un sistema dual: “En primer término, el Gobierno había diseñado un ambicioso proyecto que otorgara, en materia de pensiones, alternativas diferentes, nuevas y opcionales, a los trabajadores colombianos, para garantizar el pago oportuno y cierto de las pensiones.
    Que luego de las discusiones en las diferentes instancias del Congreso de la República quedó convertido en una norma con dos regímenes pensionales, uno privado, administrado por las AFP y otro público administrado por el antiguo I.S.S” (Ley 100 de 1993).
    IGUALDAD PARA TODOS
    Otro de los aspectos importantes que cuidaba esta ley era complementar el sistema con seguros para amparar riesgos de invalidez y para los sobrevivientes de los afiliados y pensionados fallecidos. Así lo explicaron los ponentes ante el Congreso de la República durante el proyecto de ley.
    De acuerdo con Enrique Chaverra, la ley “ha sido importante para Colombia ya que no se siguió ampliando la brecha pensional puesto que como se ha comprobado hoy en día, no existen las reservas suficientes para pagarlas, esto refleja lo que la ley buscaba, que era crear garantías estatales que protegieran los ahorros, sustentando la rentabilidad mínima”.
    LOS PROBLEMAS QUE AÚN FALTAN POR RESOLVER
    Uno de los grandes problemas que prevalecen a pesar de los 20 años de la Ley 100 de 1993 es la evasión y elusión de aportes al sistema.
    “Para solucionar este problema lo que tiene que hacer el operador del régimen es tener mejores controles para que las personas se vean obligadas a cotizar, lo cual se ha logrado con la implementación del pago electrónico de aportes (PILA) y adicionalmente con la creación de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales UGPP”.
     Aunque mejorar la cobertura y ampliar la cultura pensional era uno de los objetivos de la ley, aún es una minoría la que cotiza. Un ejemplo claro de falta de cultura pensional es cuando las personas aseguran que jamás se van a pensionar pero en realidad no han mirado las posibilidades reales que tienen de alcanzar este beneficio.
    ¨Además está el tema del mejoramiento de la situación laboral del país a través de una política de generación y formalización del empleo, el  desarrollo de normas que incentiven este aspecto permitirá que una mayor parte de la población acceda y pague seguridad social¨, explica TG Consultores.
    Finalmente otro de los grandes problemas que aún no ha resuelto la ley es el de las pensiones no financiadas, es decir las pensiones que superan enormemente el monto que en realidad se ha ahorrado, lo cual requiere de reformas profundas al sistema y que se acaben definitivamente la transición de esos regímenes especiales.
    Se ha ganado mucho en transparencia respecto a la administración de los recursos del ahorro pensional, pues las creadas administradoras de Fondos de Pensiones se rigen por un estricto código de inversión que unido a la necesidad de rentabilidades mínimas, obligan a que las inversiones de estos recursos se hagan en sectores y actividades realmente rentables. “Ahora, la inversión de los dineros se hace en temas como infraestructura, en empresas colombianas y eso trae desarrollo” enfatizó Chaverra.