martes, 26 de noviembre de 2019

Ley 5 del 92: ¿Se acabó la feria de impedimentos en el Congreso?

elnuevosiglo.com.co/Noviembre 26, 2019 
Redacción Política

Foto archivo El Nuevo Siglo

El mismo día en que se sancionó una ley que aclara el régimen de conflicto de intereses, se presentó en el Capitolio Nacional una aglomeración de legisladores declarándose impedidos para discutir otra norma

Durante la aprobación del proyecto de ley que obliga a los bancos a entregar a sus usuarios tres servicios a cambio de la cuota de manejo, hubo un hecho que ya debería ser inusual: la Cámara tuvo que discutir más de 20 impedimentos que fueron presentados bajo el argumento de que los congresistas tenían cuentas de ahorro en los bancos o tenían créditos y a su juicio esto generaba conflicto de intereses.
Desde hace tiempo los impedimentos han sido una piedra en el zapato para la discusión de las iniciativas en el Congreso. Según la Ley Quinta, “todo senador o representante solicitará ser declarado impedido para conocer y participar sobre determinado proyecto o decisión trascendental, al observar un conflicto de interés”.
“El congresista deberá comunicarlo por escrito al Presidente de la respectiva comisión o corporación legislativa donde se trate el asunto que obliga al impedimento. Aceptado el impedimento el respectivo presidente excusará de votar al congresista”, dice la norma.
Interpretaciones equivocadas
Hay casos en los que este problema puede dar al traste con una iniciativa legislativa. En el aquí referido, el alud de impedimentos solo fue un tropiezo, porque al día siguiente el proyecto fue aprobado en último debate.
Durante la discusión de la iniciativa, el senador David Barguil, del Partido Conservador, les advirtió a sus compañeros que “los argumentos con los que presentan impedimentos los llevaría a que se declararan impedidos en el momento en que se vota el presupuesto nacional, porque esta ley toca rubros en sectores donde trabajan ustedes y sus familias. Dejar este precedente nos puede traer enredos en el futuro, no solo en la discusión del presupuesto, también de la reforma tributaria: nadie la puede votar porque toca los impuestos y ustedes tienen intereses en uno u otro sector”.
El senador les recordó a los otros congresistas que “ya ustedes votaron una ley para dar gratuidad a los servicios financieros y fue aprobada por esta plenaria. La Corte Constitucional ha sido muy clara: las normas de carácter general no conllevan a conflicto de interés. Ese raciocinio lo tendrían que plantear para otras leyes. Y ustedes están diciendo que hay conflicto de interés: no abran la puerta a interpretaciones equivocadas de la ley”.
En ese sentido, el representante por Bogotá, Germán Navas, del Polo Democrático, sostuvo que con esa discusión “cada día se pone más en duda la capacidad analítica de nuestros compañeros. Yo soy el autor de la ley que prohíbe a los bancos cobrar por retiros y los obliga a darles una opción gratuita a sus usuarios y no por eso me he declarado impedido. Yo sigo sacando dinero de los bancos sin pagar un peso y soy autor de esa disposición. Reto a mis compañeros a que pidan mi pérdida de investidura por haber votado esa ley, pero de lo contrario no cabe ningún impedimento. Si esto fuera así yo hubiera perdido mi credencial hace rato”.
Conflictos de interés
Lo particular es que ese mismo día el presidente Iván Duque sancionó la Ley 2003 de 2019 que modifica el régimen de conflicto de intereses y que busca delimitar los impedimentos en los que puede incurrir un congresista.
Según la norma, se entiende como conflicto de interés “una situación donde la discusión o votación de un proyecto de ley o acto legislativo o artículo pueda resultar en un beneficio particular, actual y directo a favor del congresista”.
Los conflictos de intereses se clasifican, de acuerdo con la ley en tres tipos: “Beneficio particular, beneficio actual y beneficio directo. El primero es aquel que otorga un privilegio o genera ganancias o crea indemnizaciones económicas o elimina obligaciones a favor del congresista de las que no gozan el resto de los ciudadanos. Además que, modifique normas que afecten investigaciones penales, disciplinarias, fiscales o administrativas a las que se encuentre formalmente vinculado. El segundo, el que efectivamente se configura en las circunstancias presentes y existentes al momento en el que el congresista participa de la decisión. Y el último aquel que se produzca de forma específica respecto del congresista, de su cónyuge, compañero o compañera permanente, o parientes dentro del segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil”.
La ley respalda la tesis de Barguil, pues sostiene que el congresista no incurre en conflicto de interés cuando participa, discute o vota un proyecto de ley que otorga beneficios o cargos de carácter general, “es decir cuando el interés del congresista coincide o se fusione con las intereses de los electores”.
Otras causales por las que no se incurriría en conflicto de interés serían cuando el beneficio podría o no configurarse para el congresista en el futuro, o cuando el congresista discuta o vote proyectos de ley de carácter particular “que establezcan sanciones o disminuyan beneficios, en el cual el congresista tiene un interés particular, actual y directo. El voto negativo no constituirá conflicto de interés cuando mantiene la normatividad vigente”.
Igualmente, la ley es clara en no declarar el conflicto de interés cuando se discuten leyes “que regulan un sector económico en el cual el congresista tiene un interés particular, actual y directo, siempre y cuando no genere beneficio particular, directo y actual”.
Tampoco hay conflicto de interés cuando el congresista participa o discute proyectos de ley “que tratan sobre los sectores económicos de quienes fueron financiadores de su campaña siempre y cuando no genere beneficio particular, directo y actual para el congresista”. En ese caso el parlamentario deberá hacer saber por escrito que el artículo o proyecto beneficia a financiadores de su campaña. “Dicha manifestación no requerirá discusión ni votación”.
Cabe anotar que el proyecto de reducción del valor de los servicios bancarios no es el único que ha sufrido por la avalancha de impedimentos. Durante la discusión de la Ley de Modernización del sector TIC, en Senado, se presentaron 84 impedimentos, casi el número total de senadores presentes en el recinto. La dificultad no es solo el número de impedimentos, sino el trámite. Durante la votación del mencionado proyecto el Senado se demoró dos sesiones enteras en evacuar todos los impedimentos que fueron votados uno a uno y de manera nominal.
Habrá que ver si a partir de la implementación de la Ley 2003 de 2019 se reduce el número de impedimentos que, como ya se dijo, entorpece muchas veces la discusión de las iniciativas.

Reflexiones al tema pensiones

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