Atento Saludo.
Se ADJUNTA -nueva y reiteradamente- el TEXTO MODELO de COADYUVANCIA a la ACCION DE CUMPLIMIENTO presentada por el Señor DANIL ROMAN VELANDIA de Bucaramanga, por considerar que el PARAGRAFO 5. del Art. 33 de la Ley 100/93 no fue MODIFICADO ni DEROGADO por el Art. 9. de la Ley 797/2003, por tanto el Gobierno en cumplimiento de lo establecido en el PARAGRAFO 5. del Art. 33 de la Ley 100/93 debió efectuar previamente en el AÑO 2013 un ESTUDIO ACTUARIAL sobre la EXPECTATIVA DE VIDA para poder proceder a incrementar a quienes NO SON BENEFICIARIOS DEL REGIMEN DE TRANSICION la EDAD de 55 a 57 años las mujeres y de 60 a 62 años los hombres. Sin este estudio actuarial previo sobre la EXPECTATIVA DEVIDA, el gobierno no podía proceder al incremento de la EDAD, conforme a lo planteado en la Ley y que se Demanda en la Acción de Cumplimiento.
Igualmente se adjunta el escrito de respuesta del MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO fechado 07-Marzo-2014, para que Ustedes obtengan sus propias conclusiones.
Si quien coadyuva es una persona natural, debe adjuntar fotocopia de la Cédula de Ciudadanía.
Si quien coadyuva es el representante Legal de una Organización o Asociación de Pensionados o Empleados o Trabajadores Activos, en nombre de sus "X#" de afiliados, debe adjuntar el Documento Legal que lo acredite como tal y fotocopia de la Cédula de Ciudadanía.
Favor remitir URGENTE al FAX o a la Dirección indicada en el TEXTO MODELO DE COADYUVANCIA, así:
Se ADJUNTA -nueva y reiteradamente- el TEXTO MODELO de COADYUVANCIA a la ACCION DE CUMPLIMIENTO presentada por el Señor DANIL ROMAN VELANDIA de Bucaramanga, por considerar que el PARAGRAFO 5. del Art. 33 de la Ley 100/93 no fue MODIFICADO ni DEROGADO por el Art. 9. de la Ley 797/2003, por tanto el Gobierno en cumplimiento de lo establecido en el PARAGRAFO 5. del Art. 33 de la Ley 100/93 debió efectuar previamente en el AÑO 2013 un ESTUDIO ACTUARIAL sobre la EXPECTATIVA DE VIDA para poder proceder a incrementar a quienes NO SON BENEFICIARIOS DEL REGIMEN DE TRANSICION la EDAD de 55 a 57 años las mujeres y de 60 a 62 años los hombres. Sin este estudio actuarial previo sobre la EXPECTATIVA DEVIDA, el gobierno no podía proceder al incremento de la EDAD, conforme a lo planteado en la Ley y que se Demanda en la Acción de Cumplimiento.
Igualmente se adjunta el escrito de respuesta del MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO fechado 07-Marzo-2014, para que Ustedes obtengan sus propias conclusiones.
Si quien coadyuva es una persona natural, debe adjuntar fotocopia de la Cédula de Ciudadanía.
Si quien coadyuva es el representante Legal de una Organización o Asociación de Pensionados o Empleados o Trabajadores Activos, en nombre de sus "X#" de afiliados, debe adjuntar el Documento Legal que lo acredite como tal y fotocopia de la Cédula de Ciudadanía.
Favor remitir URGENTE al FAX o a la Dirección indicada en el TEXTO MODELO DE COADYUVANCIA, así:
Juzgado Noveno
del Circuito Administrativo
Carrera 10 No.
35-30
Teléfono:
(7)6333255
Fax: (7)6524822
Bucaramanga –
Santander
Por la PREMURA del TIEMPO, dado que solo hay plazo para presentar la COADYUVANCIA hasta el Miércoles 02 de Abril de 2014, se sugiere enviar la COADYUVANCIA vía FAX (7)6524822 o en su defecto vía correo físico a más tardar el día Jueves 27 de marzo de 2014.
Por la PREMURA del TIEMPO, dado que solo hay plazo para presentar la COADYUVANCIA hasta el Miércoles 02 de Abril de 2014, se sugiere enviar la COADYUVANCIA vía FAX (7)6524822 o en su defecto vía correo físico a más tardar el día Jueves 27 de marzo de 2014.
Estando redactando el texto del presente correo, recibí del Sr. Danil Román Velandia el siguiente correo, fechado hoy domingo 24 de Marzo a las 10:10 PM, dirigido a 109 direcciones de correos electrónicos:
"Asunto: RECORDATORIO:
COADYUDANZA ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO
DOCTORES
DOCTORES
DR. ALEJANDRO LÓPEZ
DR. DARIO ANGARITA MEDELLIN- EX-SENADOR DE COLOMBIA
Amigos, colegas y demás personal
Respetuosamente me dirijo a ustedes para recordarles que el próximo tres de abril de 2014, deberá dictarse la sentencia de la acción de cumplimiento que trata de la ley 100 de 1993 art 33 para 5to. Es decir, que solo hasta el día 02 de abril se recibirán las coadyudanzas jurídicas a mis pretensiones
Este puede ser enviado vía fax
al teléfono fax 6524822 Juzgado Noveno del
Circuito Administrativo EN BUCARAMANGA SANTANDER.
Toda vez, que hasta el día viernes 21 de marzo de 2014, no se había
enviado ninguna coadyuvancia en mi proceso y al parecer nadie está teniendo en
cuenta la situación del aumento de la edad en pensiones.
Les comentó que el Ministerio de Trabajo ya dio respuesta a mi demanda,
en los mismos términos que el Ministerio de Hacienda, explicando que sí se hizo
un estudio actuarial, el cual fue llevado por la superfinanciera; y que sirvió
como sustento jurídico legal para el aumento de la edad en Colombia para hombres
y mujeres. NO hablan ni dan explicación a la derogación de la norma
No puedo dejar de expresar mi tristeza, porque al parecer a nadie le
interesa el tema, ni a los adultos, ni a aquellos que por lo visto nunca
veremos esa remota posibilidad de pensión. Sin que los ingresos que lleguen
para esas pensiones deban ser invertidos en la salud de cada uno de nosotros,
porque no hacemos parte de la historia damos la pelea ante un estado que se ha
olvidado taxativamente de la senectud, quienes mal o bien son ahora nuestros
padres y las biblias de enseñanza y aprendizaje.
No dejemos pasar esta oportunidad, todos saben lo difícil que fue, pero;
no lo imposible que es lograr el éxito de 38 millones de colombianos que se
encuentran en esa realidad jurídica pensional.
Me despido con un fuerte abrazo, deseándoles éxitos en la semana.
Con aprecio
DANIL ROMÁN VELANDIA ROJAS
CEL 3115285407 "
Atentamente,
ALIANZA NACIONAL DE JUBILADOS, PENSIONADOS, PREPENSIONADOS Y ADULTOS MAYORES -anp-
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