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Colprensa - Hace 15 horasFiscal abrirá investigación contra el Procurador por caso Petro
Colprensa - Hace 15 horas
La reacción de esta semana contra el máximo ente del Ministerio Público incluyó que en apenas un día se presentaran más de 1.500 tutelas para reversar el fallo de la Procuraduría General de la Nación con que destituyó e inhabilitó por 15 años al alcalde de Bogotá, Gustavo Petro Urrego.
La sanción originó, como pocas veces, una inmediata preocupación por las facultades del Ministerio Público y del encargado de la misma, debate que viene a agravar el hasta ahora insoluble de cómo realizar una reforma integral a la Justicia.
Así, a pesar de que un solo año (2012) de la gestión de Alejandro Ordóñez como Procurador fueron sancionados 899 funcionarios elegidos por voto popular, el debate sobre esa facultad estalló ahora, cuando 'cayó' la cabeza de quien es considerado el segundo cargo de la Nación.
Casi como un acto premonitorio, dos semanas antes, el Procurador Alejandro Ordóñez Maldonado puso sobre la mesa el tema, sin decisión explosiva en medio, y defendió las decisiones que son proferidas por la entidad que dirige, en el entendido que como son actos administrativos pueden ser demandados ante el Consejo de Estado.
Tal y como lo reveló COLPRENSA, hacia el final de noviembre, Ordóñez consideró incluso que debían modificarse los procesos disciplinarios en el Consejo Superior de la Judicatura para que estos tuvieran las garantías procesales de los que hablan los tribunales internacionales, ya que esas decisiones no tienen ningún control posterior.
"Las providencias de archivos y fallos disciplinarios son demandables. Ese control es el que explica la razón por la cual no es injusto concebir un modelo en que las funciones estén en cabeza de una misma persona. De tal suerte que el funcionario disciplinario debe ser consciente de que sus actuaciones pueden ser debatidas y cuestionadas ante un juez", señaló Ordóñez en ese momento.
Y así, la pregunta que surge ahora es si debe o no reformarse la Procuraduría, qué puntos deben ser objeto de cambio y por qué, y si este tema tendrá cabida o no en la reforma a la Justicia, cuyo borrador ya anunció el presidente Juan Manuel Santos para marzo próximo.
LA SEGUNDA INSTANCIA
Expertos consultados coincidieron en que la reforma es necesaria en varios puntos, como la doble instancia y la posibilidad de inhabilitar a funcionarios elegidos de forma popular. Incluso, se planteó la posibilidad de que se eliminara por completo.
Pero sobre ese primer punto que el Procurador Ordóñez consideró resuelto, hay tela que cortar. El expresidente del Consejo de Estado, Luis Fernando Álvarez, señaló que es una falacia pensar que el control posterior de un acto administrativo por parte de una autoridad judicial sea un acto garantista: "No, lo que habría que esperar es que nunca hubiera que acudir a la justicia, eso debería ser un recurso extraordinario. El administrado tiene derecho a que las decisiones dentro del procedimiento administrativo tengan todas las garantías".
El experto del Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia), José Rafael Espinosa, señaló que no solo la doble instancia en estos procesos debe establecerse, sino que los recursos que se puedan presentar contra las decisiones sean resueltas por personas distintas al juzgador, cosa que no le sucederá al alcalde Petro, ni le ha sucedido a cientos de otros funcionarios públicos.
En su criterio, además, sería necesaria una reforma más amplia. "La reforma también pasa por tener un código disciplinario mejor diseñado, porque en este momento los tipos disciplinarios son muy abiertos y eso le da una discrecionalidad enorme al que juzga".
El punto de la segunda instancia incluye, para el exmagistrado Álvarez, que este tipo de controles disciplinarios a servidores elegidos por voto popular, los realice un órgano también de origen popular.
De los planteamientos de Álvarez y Espinosa, se deduce que lo que habría que hacer sería crear un nuevo mecanismo que asuma las funciones que tiene la Procuraduría de controlar las actuaciones de los servidores públicos.
Si es una nueva entidad hay que revisar cómo podría funcionar, qué tipo de mecanismos tendría, quienes la conformarían, si un organismo popular o colegiado, por ejemplo. O bien, podría pensarse en fortalecer los mecanismos de control internos de las entidades públicas para algunos casos.
"Debe existir dentro del marco de la descentralización, órganos de control con participación ciudadana, pero efectivos. Habría que ver que tan efectiva es la actividad que están haciendo las veedurías ciudadanas, sus atribuciones", señaló Álvarez.
Este punto no es compartido con el presidente de la Comisión Colombiana de Juristas, Gustavo Gallón, para quien no se trata de eliminar la Procuraduría, sino de armonizar los mecanismos que esta tiene con los organismos internacionales, sobre segunda instancia y necesidad de que haya sentencia penal para poder inhabilitar los derechos políticos.
"Los implicados en los casos del DAS, como María del Pilar Hurtado, afortunadamente tienen sanción de la Procuraduría y tienen suspensión de los derechos políticos. En eso estoy de acuerdo, en que la posibilidad de que el Estado sancione o imponga esta sanción por casos graves, no debe perderse, pero sí armonizarse", señaló.
LA INHABILITACIÓN
El punto más álgido en el debate que provocó el fallo en contra del alcalde Petro, fueron los 15 años que se le decretaron de inhabilitación para ejercer cargos públicos.
Para Gallón, una forma de resolver este dilema consiste en que el fallo del Ministerio Público se convierta en una inmediata acusación ante la Fiscalía y que se disponga un mecanismo para que esta se resuelva de manera expedita.
Por su parte, Espinosa cuestiona la sanción de la destitución tal y como está en este momento por considerar que no cuenta con las garantías que debería tener un proceso que podría afectar los derechos políticos de una persona que al ser elegida popularmente tiene derecho a ocupar al cargo y llevar adelante el plan de trabajo por el que fue elegido.
"Si a uno lo destituyen no puede cumplir con ese propósito y entonces el derecho a elegir y ser elegido sería una formalidad. Una persona que pueda destituir en su cargo e inhibir, puede frenar durante un tiempo la carrera política de una persona y afectar derechos fundamentales", señaló.
En ese sentido, para Espinosa tampoco se trata de que tengan inmunidad o que no sean disciplinados sino que el proceso cuente con los mecanismos apropiados.
En este punto, además, cabe resaltar que, de acuerdo con el Código Disciplinario, las faltas graves generalmente coinciden con hechos que pueden ser calificados como delitos y cuyo juzgamiento traería la inhabilitación del funcionario responsable.
No obstante, cabe recordar que en casos de 'parapolítica' o 'Farcpolítica', se han presentado decisiones disímiles frente a las mismas personas en los mismos casos, entre las instancias penales y las disciplinarias. Así, mientras los excongresistas Mario Uribe y Luis Alberto Gómez Gallo fueron condenados por un juez, la Procuraduría, bajo la jefatura de Ordóñez, no los encontró responsables.
NO SOLO LA PROCURADURÍA
Los puntos que plantean expertos para una eventual reforma, siquiera sin tener en cuenta las posibles similitudes de funciones entre la Procuraduría y la Defensoría del Pueblo en materia de derechos humanos, necesitarían de un acto legislativo y de varios desarrollos legales posteriores para modificar al menos el Código Disciplinario.
Pero la reforma puede llegar a ser incluso más profunda. No solo se habla de las funciones de la Procuraduría, sino, por ejemplo, de la falta de doble instancia en procesos como la pérdida de investidura de los congresistas, que lleva a cabo el Consejo de Estado.
Expertos consultados consideran además que se podría analizar en ese punto la flexibilidad de los causales de pérdida de investidura, ya que ese proceso representa 'la muerte política' de un funcionario elegido por voto popular.
De acuerdo con el exmagistrado Álvarez, esta reforma además debería plantear la posibilidad de analizar no solo a la Procuraduría, sino algunas funciones de la Contraloría, así como los alcances de las investigaciones de las Superintendencias.
Ahora, por la complejidad del debate y por tratarse de temas que no se tuvieron en cuenta en los anteriores y fallidos intentos de reformar a la Justicia, la inmediatez del debate no parece ser el mejor ingrediente para su éxito.
Para los académicos, ese debate apenas está empezando y con independencia de cuándo se presente, es necesario que en este participen todos los sectores implicados.
De hecho, ya el propio procurador Alejandro Ordóñez, al ser preguntado sobre el tema, dijo que está dispuesto a meterse en el debate y a participar activamente de este.
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