En caso de accidentes serán procesados por homicidio o lesiones culposas.
Desde hoy quienes sean encontrados manejando en estado de ebriedad tendrán que pagar costosas multas y se les suspenderá temporalmente la licencia de conducción.
Con la firma del presidente Juan Manuel Santos entra en vigencia la ley que busca poner en cintura a los conductores ebrios con drásticas sanciones administrativas si son encontrados manejando bajo los efectos del alcohol, que serán agravadas por reincidencia. En caso de presentarse accidentes en los que resulten heridos o muertos, habrá sanciones penales que no tendrán ningún beneficio que genere la excarcelación.
La idea, como planteó el presidente Santos, es que no haya “más borrachos en las vías, no más víctimas del coctel criminal del alcohol y la gasolina”. En esa medida, las sanciones administrativas van desde la inmovilización del vehículo por un día, la suspensión de la licencia de conducción por un año y el pago de una multa de $1’768.500; hasta la cancelación total de la licencia de conducción, retención del vehículo por 20 días y una multa de más de $28 millones, de acuerdo con los niveles de alcohol y la reincidencia (ver recuadro).
Este incremento en las sanciones busca que quienes hayan consumido licor entreguen las llaves o busquen un conductor elegido. A juicio del mandatario, la norma “cumple con la función de prevenir, esa palabra es muy importante: prevenir, porque a partir de ahora quien vaya a manejar después de consumir alcohol tendrá que pensarlo dos veces”.
Los motivos para que la ley que sanciona a conductores borrachos cumpliera su trámite de forma exitosa, después de que se hundiera en más de 10 ocasiones, fueron los hechos en los que conductores en estado de ebriedad causaban aparatosos accidentes dejando con graves lesiones de por vida a los involucrados o incluso ocasionando la muerte. Después de estos hechos, regresaban a sus casas y la solución era una indemnización.
Con esta reforma al Código Penal las sanciones no serán de poca monta. En caso de que se presenten accidentes, el conductor será procesado bajo el delito de lesiones culposas, con penas de cárcel desde dos años y medio a más de cuatro años. Si alguien muere será procesado por homicidio culposo con condenas que van desde 9 a los 18 años sin ningún tipo de beneficios.
Aunque el presidente Santos fue quien le dio el espaldarazo a la ley, el Ministerio de Justicia se oponía en su trámite porque podía incrementar el hacinamiento en los centros penitenciarios. Hablaban de la necesidad de tomar medidas pedagógicas que no generaran caos carcelario. Al final, el pulso lo ganó el factor penitenciario por encima del educativo.
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