semana.com, 2016/11/10
La Judicatura dice que le corresponde el 5 % de la venta; el Ministerio de Hacienda responde que en subastas del Estado no aplica el impuesto al remate. La Rama Judicial ¿se ganó la lotería?
Después de la controversial venta de Isagén, que fue subastada por 6,4 billones de pesos a la canadiense Brookfield, los jueces iniciaron una insólita reclamación al gobierno nacional.
En una carta conocida por semana.com, la presidenta de la Judicatura, Gloria López, asegura que en el marco de la Ley 1743 del año 2014, que creó medidas alternativas para la financiación de la Rama Judicial, le corresponde el 5 % de los remates que realicen las entidades públicas en el país. Reclaman, en este orden de ideas, 670.000 millones de pesos por la venta de Isagén, con el fin de que nutra el Fondo para Modernización, Descongestión y Bienestar de la Administración de Justicia.
Ante los recortes y las quejas de poco presupuesto para la justicia, esta interpretación jurídica comienza a coger fuerza. El Consejo de Estado también emitió un oficio en el que coincide en que sí se debe pagar este porcentaje a la Rama.
Según este concepto, a la figura del remate no se recurre exclusivamente cuando ante un juez se subastan los bienes de un deudor incumplido. Ya que las entidades del país que pretenden concretar la enajenación de bienes muebles e inmuebles de su propiedad y/o realizar procedimientos de cobro coactivo pueden rematar sus bienes con tal fin.
La venta de Isagén –dice el Consejo de Estado- si bien se realizó a través de un procedimiento especial de subasta pública mediante la Bolsa de Valores de Colombia, no se puede excluir de tajo la posibilidad de analizar el posible el cobro a favor de la Rama Judicial del impuesto de remate. “En esencia lo que se realizó en dicha operación fue la venta de bienes muebles –acciones- sobre las cuales la Nación-Ministerio de Minas y Energía ejercía su titularidad”, dice.
El tema fue discutido en la Comisión Interinstitucional, en la que tienen asiento los presidentes de las altas cortes, y hubo consenso en que se deben desembolsar estos recursos a favor de la Rama Judicial.
Sin embargo, el Gobierno piensa diferente. La petición fue contestada por el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, que explica que el impuesto al remate al cual hace referencia la Ley consiste en la venta forzada de bienes de un deudor, con el fin de que con el producto de tal venta se paguen las obligaciones que tiene este con sus acreedores. Este procedimiento –dice el ministro- puede ser adelantado por jueces de la República o por otras entidades estatales, pero no se asemeja a la operación hecha en el caso de Isagén.
Frente a ello, tercia un concepto de la DIAN del 2 de diciembre del año 2015, que es citado por la Rama Judicial. Dicho documento asegura que en las subastas adelantadas por los intermediarios contratados por la DIAN se deben cobrar a los adjudicatarios el impuesto del 5 % sobre el valor final del remate, con destino al Fondo para la Modernización. Y deja claro que la Ley no prevé exenciones, ni da privilegios a ninguna entidad que realice dichas actividades. De hecho, dice que a la luz del legislador se impone una obligación a las corporaciones que llevan a cabo los remates de bienes muebles e inmuebles que se realicen por el martillo, los juzgados civiles, los juzgados laborales y demás entidades de los órdenes nacional, departamental y municipal.
Ante esta interpretación, los jueces se preparan para ir también detrás de un porcentaje por la venta del 20 % de la Empresa de Energía de Bogotá, aprobada por el Concejo de Bogotá esta semana.
“Estamos convencidos de que el 5 % corresponde a la Rama Judicial. Vamos a insistir ya que estos recursos nos permitirán impulsar proyectos de infraestructura, mejorar el archivo, reducir los costos que se pagan por arrendamiento”, indicó López.
Mientras para el Gobierno es evidente que no toda venta por un mecanismo de subasta o de concurso de oferentes equivale a un remate para los jueces hay todos los elementos para que proceda este cobro al remate. Incluso, aseguran que no acceder a esta petición constituye renuencia del gobierno nacional. El impuesto al remate le dejó a la Rama Judicial el año pasado recursos por 77.000 millones y este año van en 24.000 millones.
VALE MAS PARA ELLOS LOS MAGISTRADOS AFIANZAR SUS PRIVILEGIOS Y BENEFICIOS, QUE RECLAMAR AL ESTADO LA ELIMINACIÓN DE ELLOS....Y BENEFICIAR A LA NACIÓN....HASTA CUANDO...?
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