En Colombia los dividendos no pagan impuestos de renta. Cuando una empresa le pasa las utilidades a sus dueños, éstos no tributan un peso sobre esos ingresos. Obvio-dicen los defensores de statu quo-si la empresa ya pagó sus impuestos, qué sentido tiene que sus dueños tributen por ese ingreso. Eso sería-alegan-caer en la doble tributación.
A primera vista el argumento luce implacable. Y además da para buenos estribillos, esos que hacen carrera e impiden un análisis juicioso de la materia. Pero si uno mira más allá de las frases efectistas no hay buenos argumentos en contra de tener impuestos a los dividendos.
A la mayoría nos parece que aquellos que más tienen debían contribuir proporcionalmente más al financiamiento del Estado. De hecho, nuestro ordenamiento constitucional así lo establece. Pues bien, el impuesto de renta a las empresas en Colombia no es (ni debe ser) progresivo. Las tarifas para una empresa con $100.000 de utilidad son las mismas que para una con $100.000 millones.
Si trasladáramos el argumento a ingresos personales nos parecería aberrante que un individuo con ingresos de $100.000 millones tribute la misma proporción que uno con $100.000. Eso es exactamente lo que sucede aquí.
Un colombiano que haya puesto sus pequeños ahorros en acciones o uno que saca a flote una microempresa tributan a la misma tasa que Luis Carlos Sarmiento. Así de fácil. ¿Y el argumento de que eso es pagar doble? Lo que importa es la suma de lo que se tributa sobre las utilidades como empresa y como persona natural que las recibe.
Hoy en Colombia por ese concepto se tributa el 25% de renta que se paga como empresa-o 33% si sumamos el Cree-y cero de dividendos. Algunos alegarían que el 33% que tenemos ya es muy alto. Si creyéramos eso tendría más sentido bajar el impuesto a la renta y cobrar a las personas por la recepción de dividendos.
Pero 33% no parece ser alto al comprarnos con los “pares” de la Ocde, 33 países en total: de ésos sólo dos no tienen en su ordenamiento impuestos a los dividendos y son los únicos dos para los cuáles la suma de impuestos a la renta empresarial y personal (vía dividendos) es menor al 33% que tenemos nosotros.
La tasa promedio que pagan en esos países sobre los dividendos es 24% y la suma de renta empresarial más impuestos a dividendos es de 43%. En Estados Unidos y el Reino Unido-los dos mercados de capitales más importantes del mundo-los accionistas pagan tasas de hasta 30% por los dividendos. ¿Y aquí? Cero, porque no queremos “tributar doble”.
Hemos aprendido que las reformas tributarias complejas fracasan en el Congreso pues hay demasiados intereses mordiendo el articulado propuesto. La reforma que propongo es simple: “los ingresos personales por dividendos así como las utilidades por venta de acciones harán parte de la renta personal de la misma manera que los ingresos laborales”.
Adenda: el sector financiero colombiano debe estar aplaudiendo de pie la propuesta de extender el impuesto al patrimonio.
Por un lado, sus dueños no lo pagan porque las acciones en sociedades nacionales se excluyen del patrimonio (otra vez el cuento mal entendido de tributar doble). Por otro lado, los colombianos que quieran eludir el pago lo pueden hacer de manera simple usando al sector financiero: le piden un préstamo para bajar el patrimonio líquido y lo usan para comprar acciones que también se excluyen del cálculo. Negocio por punta y punta. Clap, clap.
Twitter: @mahofste
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