miércoles, 16 de enero de 2013

JUSTICIA Y EQUIDAD: Y LOS PENSIONADOS QUÉ ?


Saludo

Queremos, una vez más, los pensionados de Colombia llamar la atención al Gobierno Nacional, Congresistas y altas Cortes sobre la situación económica cada vez más injusta  en que nos encontramos por la desvalorización del valor de nuestras mesadas. Me refiero a las pensiones de la mayoría de nosotros y NO de las multimillonarias de las cuales disfrutan, ellos sí, todos los que fueron miembros de los tres poderes que antes menciono. El Presidente Juan Manuel Santos que dice estar interesado en que su gobierno sea el de la Justicia y Equidad poco se ha interesado de nuestra situación. Nada dijeron en la reforma tributaria, no les interesa el exiguo aumento que cada año nos hacen a las mesadas. El aumento no alcanza ni un 3% y no se tiene en cuenta que este aumento inmediatamente queda afectado con el 12% que nos corresponde aportar para salud sin detallar las alzas que en cada enero soportan todos los artículos de consumo. ¿Para qué sirve el aumento?

Transcribo enseguida un escrito de un amigo pensionado para que se entienda nuestra crítica situación.

Atte.

Édgar Victoria González

Señor
Presidente
CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA
Bogotá. D. C.

Con copia para:
Ministro del Trabajo
Ministro de La Protección Social
Ministro de Hacienda y Crédito Público


¿Es justo que a los pensionados en Colombia se les incremente anualmente sus mesadas pensionales en un porcentaje inferior al pactado para el aumento del salario mínimo? ¿Cuál es el fundamento legal para esta discriminación con los pensionados? Como se sabe, a los pensionados se les aumenta su mesada pensional al inicio de cada año con base en el IPC (índice de precios al consumidor), un porcentaje que además de estar siempre fuera de la realidad económica del País, cada año está por debajo del porcentaje que se conviene para el incremento del salario mínimo. ¿Por qué? ¿Dónde queda el derecho fundamental de la igualdad expresamente establecido en la Constitución Política de la República?

Los pensionados, durante toda su actividad laboral productiva siempre aportaron, al igual que los trabajadores activos actuales, los mismos porcentajes para aportes parafiscales, y teniendo en cuenta que los pensionados por su edad ya no son elegibles como trabajadores, ¿por qué se les discrimina de esta manera mermándoles cada año el valor adquisitivo de su mesada pensional con relación al salario mínimo legal?

El sólo hecho de estar pensionado en Colombia, el pensionado ya ha tenido una merma considerable de sus ingresos económicos con relación a su último salario alcanzado. Veamos por qué:

1) - Tanto el Seguro Social como las otras entidades oficiales y privadas obligadas a reconocer pensión, calculan el valor de la mesada pensional de acuerdo con el ingreso base de liquidación (IBL) alcanzado por el afiliado, que como es obvio, por ser un promedio de los últimos 10 años, el tal ingreso base de liquidación siempre será inferior al último salario del afiliado (primera causal de la merma salarial)

2) - Sobre este ingreso base de liquidación (IBL) se aplica el 75%, es decir, se disminuyen más aún los ingresos salariales que tenía el afiliado en un 25% cuando se pensiona. (segunda causal de la merma salarial en un 25%)

3) - Sobre el valor de la mesada pensional liquidada, al pensionado se le descuenta directamente de su pensión, el 12% para aporte de salud, es decir, un 8% más que cuando era empleado porque como tal, para aporte de salud solamente se le descontaba de su salario el 4% ya que el empleador aportaba el otro 8% (tercera causal de la merma salarial en un 8%)

Si tan sólo sumamos los anteriores porcentajes de las mermas salariales ( 25%+8%) ésto representa un total de merma salarial de un 33%, o sea, que el pensionado recibe una mesada equivalente, aparentemente, al tan sólo 67% de lo que eran sus ingresos reales como trabajador y ésto sin tener en cuenta la disminución que implica el cálculo del ingreso base de liquidación (IBL)

Veamos el ejemplo de un trabajador modesto que su último salario fue de $ 3.000.000. Su pensión, sin incluir el cálculo del IBL, le queda en $ 1.980.000, resultado de:

75% de $ 3.000.000 = $ 2.250.000, menos el 12% de $ 2.250.000 = $ 1.980.000 que representa el 66% de su último salario de $ 3.000.000. Luego entonces, a ese trabajador, ya pensionado, se le rebaja su calidad de vida y la de su familia, y si a ésto le incluimos el hecho de que anualmente al pensionado se le incrementa su mesada con base en el porcentaje del IPC y no con base en el porcentaje del incremento del salario mínimo, cada año irán quedando rezagados los ingresos de un pensionado. Es justa ésta situación de los pensionados en Colombia?
La Honorable Corte Constitucional tiene la palabra.


ANTONIO GUIHUR PORTO

3 comentarios:

  1. increíble que esto suceda con tanta desigualdad que existe en colombia ?

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  2. Los tres poderes hacen las leyes para que se cumpla la ley del embudo:"Lo ancho pa`ellos ,lo angosto pa`uno"

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  3. Los tres poderes en Colombia hacen las leyes para que se cumpla la Ley del embudo: "Lo ancho pa^ellos , lo angosto pa`uno".

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