Colombia,
Octubre de 2012
CARTA ABIERTA AL
GOBIERNO NACIONAL
Doctor
RAFAEL PARDO RUEDA
Presidente
Comisión de Concertación de Políticas Laborales y Salariales
Señor:
Domingo Tovar – Presidente CUT
Señor:
Miguel Morantes – Presidente CTC
Señor:
Julio Roberto Gómez – Presidente CGT
Señor:
Orlando Restrepo P. – Presidente CPC
Referencia: Petición
de los Pensionados de Colombia
Nosotros,
colombianos que ostentamos la calidad de pensionados de las distintas
modalidades que consagra la legislación de seguridad social, afiliados a
organizaciones de este sector y otros, en representación de una amplia
población que en el país no gozan de esa afiliación, pero que de idéntica
manera sufre la agobiante situación que origina la inequitativa e injusta aplicación de las normas vigentes, en
especial en los aspectos que a continuación detallaremos, nos dirigimos a
ustedes como los mas representativos dirigentes en el país de esa entidad
creada por mandato legal, para establecer el equilibrio normativo, discutir la
viabilidad de las mejores propuestas y señalarle al Gobierno Nacional, el rumbo
en materia de políticas prestacionales y salariales para los colombianos. Entendemos que si es necesario efectuar
reformas a las normas como en este caso a la Seguridad Social, estas deben
contener un espíritu de mejorar la calidad de vida de aquellos a quienes va
orientada y solo eso justificaría su desarrollo.
Los
temas que sometemos a estudio de la Comisión, entendiendo que en ella están
representados los matices que conforman la sociedad colombiana, son de vital
importancia para la gran franja poblacional que la Carta Política ha definido
como vulnerable y a la cual se debería otorgar especial protección por razones
que saltan a la vista, pero que hasta ahora los gobiernos de turno han
desconocido, la tercera edad.
Los cuatro
ejes fundamentales de nuestra petición y que ampliaremos en las líneas que
preceden, son:
1.
Disminución del valor de la cotización que para la salud y a favor de las
EPS hacemos los pensionados de Colombia, del 12% de nuestra mesada mensual, al
4% de la misma.
2.
Incremento justo, equitativo y que cumpla con la real función social que
significa el salario digno, de nuestras mesadas pensionales cada año.
(Modificación del articulo 14 de la Ley 100 de 1993)
3.
Recuperación de la abolida mesada 14 para todos los pensionados de
Colombia, sin excepción alguna.
4.
Desarrollar a cabalidad uno de los principios que inspiraron la Ley 100
de 1993, cual es el de la UNIVERSALIDAD, promoviendo e incentivando de verdad y
con políticas serias, la generación de empleo digno, formal y con reales
garantías para los Colombianos.
FUNDAMENTO DE
NUESTRAS PETICIONES
Consagra
la Constitución Política como imperativo el establecimiento de principios
fundamentales para los conciudadanos y que tratándose de aplicárseles a
poblaciones vulnerables como la que nos referimos, deben cobrar mayor vigor.
Numeral 1. Hasta antes de entrar en vigencia la reforma
pensional de 1993 dictada por la ley 100, los pensionados colombianos gozaban
de la atención en salud como garantía que el Estado les debía otorgar. A partir
de la citada norma, los pensionados del país para recibir esta prestación
esencial debemos pagar a manera de descuento obligatorio el 12% del valor de
nuestra mesada, cifra exageradamente onerosa si tenemos en cuenta factores
como: las menguadas pensiones que de hecho se nos otorgan, sumados al
tratamiento equivocado de ser nosotros nuestros propios patrones, ya que como
trabajadores activos este aporte para la salud se distribuía en un 8% a cargo
del empleador y un 4% lo aportaba el trabajador. Este trato además de
discriminatorio con relación a los pensionados
anteriores a la citada norma, se convierte en una carga económica de
significativa dureza para la economía del pensionado, golpeado de suyo por
otros impositivos descuentos y desmejoras que la legislación le ha impuesto a
las pensiones.
Pedimos
reformar la normatividad
vigente y que el descuento para salud, en virtud a que no
debe dársenos el señalamiento de patrones-trabajadores simultáneamente y del
principio a la igualdad y la equidad en el trato, pase del 12% al 4%, pues sabemos que debemos
contribuir al reparto solidario en el sistema.
Numeral 2. Se rige el incremento a
nuestras mesadas a partir de la ley 100 de 1993 por lo preceptuado en su
articulo 14 que reza: “Reajuste de pensiones. Con el objeto de que
las pensiones de vejez o de jubilación, de invalidez y de sustitución o
sobreviviente, en cualquiera de los dos regímenes del sistema general de
pensiones, mantengan su poder adquisitivo constante, se reajustarán
anualmente de oficio, el primero de enero de cada año, según la variación
porcentual del índice de precios al consumidor, certificado por el DANE para el
año inmediatamente anterior. No obstante, las pensiones cuyo monto mensual
sea igual al salario mínimo legal mensual vigente, serán reajustadas de oficio
cada vez y con el mismo porcentaje en que se incremente dicho salario por el
gobierno".
Desproporcionado,
inequitativo, injusto y contrario al principio de favorabilidad que consagra la
Carta Política en su articulo 53, si se tiene en cuenta como rasero a
considerar para quienes devenguen el salario mínimo legal vigente, suma de por
si irrisoria y que muy poco alivia las angustias de los pensionados de bajas mesadas. Creemos que debe establecerse como porcentaje
a aplicar el que resulte mas favorable para el pensionado y que lo determine en
aplicación de este principio, bien el IPC o el SMMLV o cualquier otra variable, pero siempre
protegiendo la garantía constitucional de la favorabilidad.
En
cuadro ilustrativo que se adjunta se puede evidenciar como ha sido el
detrimento y la disminución del poder adquisitivo de nuestras mesadas pensionales,
cifra que desde 1979 a la fecha, ya bordea el 23% en disfavor de la mayoría de
los pensionados de Colombia. (Al final se puede observar el cuadro comparativo)
Numeral 3. El Acto legislativo 01 de 2005 expedido por el
Congreso y a iniciativa del Gobierno del anterior presidente Dr. Alvaro Uribe
Vélez, privó de tajo a un gran grupo de personas del país que por sus
condiciones de tiempo como trabajadores y adportas de adquirir su pensión,
irían a recibir ese beneficio en igualdad de condiciones a quienes ya
disfrutaban de la denominada mesada 14, constituyéndose en un odioso, desigual
e inequitativo acto que desmejoró sustancialmente la economía de miles de
pensionados “atrapados” en los límites que colocó la precitada ley, vulnerando
principios como el de igualdad y favorabilidad, pues crea condiciones distintas
y desfavorables para cierta fracción de pensionados, con relación a otra que la
recibe sin mas condicionamientos que tener esa calidad.
Consideramos
que esta odiosa situación debe remediarse por simple fundamentos de elemental
justicia y pensamos que como en derecho las cosas se deshacen como se hacen, la
pretendida reforma pensional debe devolverle a todos los afectados este derecho,
sin excepción alguna aplicando el principio: "ante
la duda en la interpretación de una norma laboral o pensional, se debe aplicar
el Principio Constitucional de Favorabilidad y los Principios Universales
de Progresividad y No regresividad en el tema de Seguridad Social". En este sentido va la petición.
Numeral 4. Principio
de Universalidad: Predica la filosofía que inspiró la Ley 100 de 1993, que
es uno de los fines de la norma lograr en un corto tiempo que toda la población
esté incluida en la seguridad social en pensiones y que esto contribuiría al
equilibrio y sostenibilidad del sistema, lo que quiere decir, que todos los
colombianos coticen para que en el futuro tengan asegurada esta prestación.
Esta
pretensión, si bien es de sana lógica porque permitiría la participación de
todos los asalariados contribuyendo al robustecimiento del sistema pensional,
no logró los fines planteados, por cuanto la generación de trabajo formal en el
país durante los 19 años de aplicación de la ley 100 ha sido sumamente
precaria, lo que ha impedido que “se fondee” el sistema de pensiones
adecuadamente en ninguno de los dos regímenes existentes y hace que cada día
mas exista el desequilibrio entre la población adulta que debería recibir una
pensión y los que realmente se ven beneficiados con esa prestación.
Es
urgente que el Gobierno Nacional adopte medidas precisas, rápidas y eficaces
que posibiliten la generación de empleo formal, decente y productivo para que
se fortalezca el sistema de pensiones y Colombia pueda tener en el mediano
futuro, una población adulta protegida.
Son
estos cuatro aspectos planteados a la Comisión de Concertación de Políticas
Laborales y Salariales mediante esta misiva, el sentir urgente de los
pensionados de Colombia y que hoy queremos dejar consignados en este documento,
en el entendido de que tanto a los representantes del Gobierno Nacional, a los
de los empresario y a quienes hablan por los trabajadores y pensionados, les
interesa la suerte y las prioridades de la población de adultos mayores.
El
cuadro ilustrativo que anexamos, contiene y expresa con claridad la verdadera
realidad en la forma de incrementarse las pensiones desde hace muchos años, en
detrimento del sector pensional, lo que obliga a una reflexión del tema.
Con estos
argumentos solo nos resta enfatizar que nuestra petición la acompañaremos y
elevaremos además ante todas las instancias que puedan colaborar para verlas
cristalizadas, con el apoyo de la población de pensionados y sus grupos
familiares.
Atentamente,
POR LOS PENSIONADOS DE COLOMBIA
ANTONIO
MARIA GUIHUR PORTO ALEJANDRO
LOPEZ ORTIZ
c.c.
9.057.983 de Cartagena c.c.
14.989.906 de Cali
BENJAMIN
HERRERA REALES IVAN
YEPES UPEGUI
c.c.
7.453.879 de Barranquilla c.c.
8.288.167 de Medellín
EL ORIGINAL CONTIENE LAS FIRMAS
ANALISIS % INCREMENTO SMLMV vs.
IPC 1979 a 2012
|
||||||
Año
|
A. Inc. % SMLMV
|
B. Inc. % IPC
|
Diferencia=A-B
|
Observac.
|
Sec.
|
Per.
|
1979
|
33,7
|
18,42
|
15,28
|
Durante 10 años de 1979 a 1988
el % del SMLMV fue MAYOR que el % IPC
|
1
|
1979 a 1988
|
1980
|
30,43
|
28,80
|
1,63
|
2
|
||
1981
|
26,70
|
25,85
|
0,85
|
3
|
||
1982
|
30,00
|
26,46
|
3,54
|
4
|
||
1983
|
25,00
|
24,03
|
0,97
|
5
|
||
1984
|
22,00
|
16,64
|
5,36
|
6
|
||
1985
|
20,00
|
18,28
|
1,72
|
7
|
||
1986
|
24,00
|
22,45
|
1,55
|
8
|
||
1987
|
22,00
|
20,95
|
1,05
|
9
|
||
1988
|
25,00
|
24,02
|
0,98
|
10
|
||
|
|
|
|
|
||
1989
|
27,00
|
28,12
|
-1,12
|
Durante 6 años de 1989 a 1994
el % SMLMV fue MENOR que el % IPC
|
1
|
1989 a 1994
|
1990
|
26,00
|
26,12
|
-0,12
|
2
|
||
1991
|
26,10
|
32,37
|
-6,27
|
3
|
||
1992
|
26,00
|
26,82
|
-0,82
|
4
|
||
1993
|
25,00
|
25,13
|
-0,13
|
5
|
||
1994
|
21,10
|
22,61
|
-1,51
|
6
|
||
1995
|
20,50
|
22,60
|
-2,10
|
1995 el % SMLMV fue MENOR que
el % IPC
|
a.1
|
1995 a 2012
|
1996
|
19,50
|
19,47
|
0,03
|
*
|
1
|
|
1997
|
21,00
|
21,64
|
-0,64
|
1997 el % SMLMV fue MENOR que
el % IPC
|
a.2
|
|
1998
|
18,50
|
17,68
|
0,82
|
*
|
2
|
|
1999
|
16,00
|
16,70
|
-0,70
|
1999 el % SMLMV fue MENOR que
el % IPC
|
a.3
|
|
2000
|
10,00
|
9,23
|
0,77
|
(*) Durante 15
años 1996, 1998 y del 2000 a 2012 el % SMLMV fue mayor que el % IPC
|
3
|
|
2001
|
9,96
|
8,75
|
1,21
|
4
|
||
2002
|
8,04
|
7,65
|
0,39
|
5
|
||
2003
|
7,44
|
6,99
|
0,45
|
6
|
||
2004
|
7,83
|
6,49
|
1,34
|
7
|
||
2005
|
6,56
|
5,50
|
1,06
|
8
|
||
2006
|
6,95
|
4,85
|
2,10
|
9
|
||
2007
|
6,30
|
4,48
|
1,82
|
10
|
||
2008
|
6,41
|
5,69
|
0,72
|
11
|
||
2009
|
7,67
|
7,67
|
0,00
|
12
|
||
2010
|
3,64
|
2,00
|
1,64
|
13
|
||
2011
|
4,00
|
3,17
|
0,83
|
14
|
||
2012
|
5,80
|
3,73
|
2,07
|
15
|
DOCUMENTO INICIAL SOBRE PENSIONES
DIRIGIDO A: Comité
Ejecutivo de Únete
OBJETIVO:
Preparación del Plan de Acción de la Federación
BORRADOR
INICIAL: Para debatirlo, ampliarlo y perfeccionarlo
ELABORADO
POR: Iván
Yepes Upegui
ORGANIZACIÓN:
Asociación de Pensionados de Antioquia – APENANT
A grandes rasgos y con el ánimo de
presentar un documento que permita la discusión al interior del Comité
Ejecutivo de la Federación, sobre este importante tema, tanto para los
empleados y trabajadores aún activos, como
para quienes ya gozan del beneficio de la pensión, me permito presentar
someramente unas reflexiones básicas acerca del tema pensional, aclarando que
el ánimo que impulsa este escrito es despertar consciencia sobre la urgente
necesidad de que las Organizaciones Sindicales, tanto de trabajadores activos
como de pensionados, aborden planes y estrategias con carácter prioritario para
que:
1) Ellos mismos sepan identificar
cuando y en qué condiciones podrán tener acceso a las distintas modalidades de
pensiones que El Sistema General de
Seguridad Social en Pensiones consagra.
2) Saber si están correctamente incorporados
en algunos de los 2 regímenes que hay sobre pensiones.
3) Conocer los beneficios de uno frente al
otro y viceversa; saber las diferencias
dañinas que una mala inclusión les puede acarrear. Auscultar si los servidores públicos, aún no
pensionados, conocen los derechos que las nuevas normas le han arrebatado a
raíz de las grandes desmejoras que la normatividad reciente (Ley 100 de 1993,
Ley 797 de 2002 y Acto Legislativo de 2005), principalmente ha introducido a
las pensiones en Colombia?
4) Investigar si conocen los actuales
pensionados cuáles son sus derechos en temas como revisión de sus pensiones,
que en la mayoría de los casos están mal reconocidas y liquidadas?
5) Profundizar y crear total
convicción entre los trabajadores y empleados públicos de que el tema pensional
les COMPETE, que es una realidad y necesidad conocerlo e interesarse por
aprender toda la extensa y compleja normatividad y entender que mañana cuando
adquiera unos derechos, le serán aplicables unas condiciones, que casi siempre
son mal interpretadas por los Fondos en disfavor de los trabajadores.
PROPUESTAS
A DESARROLAR
Le compete a las Organizaciones de
los Empleados Públicos y Trabajadores en
general, adquirir los conocimientos necesarios para irradiar hacia sus
representados unas amplias campañas de información y asesoría en el aspecto
pensional, como primer punto de partida, para posteriormente adelantar tareas
conjuntas a nivel nacional en pro de la defensa de derechos negados y
reivindicaciones que se han perdido, conforme a la aparición de normas, que
desde 1993 han ido precarizando el reconocimiento de las pensiones en
Colombia. Para cumplir con tal
obligación en cabeza de las agremiaciones de trabajadores y pensionados, se
hace urgente tener como:
OBJETIVOS:
1) La capacitación inmediata y
amplia de los líderes sindicales en los aspectos más urgentes de la legislación
en materia de pensiones.
2) La búsqueda de la asesoría
jurídica necesaria para la atención de sus protegidos.
3) La investigación adecuada y
urgente, no solo de las normas a
aplicar, sino de las condiciones que los trabajadores activos tienen
(elaborar una base de datos por medio de encuestas), para brindarles la
información y asesoría verás sobre el régimen pensional que le es más favorable
a cada uno, en virtud de sus edades, cotizaciones y /o tiempos laborados, sexo
y otras variables.
4) La orientación personalizada en
sus reclamaciones oportunas para tener el acceso a esta prestación, incluyendo
la tramitación de derechos de petición, tutelas y acciones judiciales para
garantizar el respeto a sus garantías pensionales.
MECANISMOS
Y METODOS A DESARROLLAR
Para hacer una labor que sea
eficaz, pronta, diligente y que vaya armonizada con lo que son nuestras
responsabilidades como dirigentes sindicales, se requieren desarrollar unas
acciones, entre las que se podrían incluir las siguientes:
1) La
elaboración de documentos didácticos y fácilmente comprensibles sobre El
Sistema General de Seguridad Social en Pensiones, que contengan las diferentes
modalidades de pensiones a las cuales puede acceder el trabajador y su grupo
familiar, enfatizando sobre las grandes diferencias que tiene los distintos
regímenes que consagra la ley.
Incorporando las condiciones y requisitos estipulados para el disfrute
de una adecuada pensión y los beneficios que se derivan de la misma, con el fin
de que el trabajador conozca con anterioridad a que tiene derecho y los
mecanismos para defenderlos.
2) Realizar
encuentros y talleres sectoriales en las distintas regiones en las que tiene
presencia la Federación para capacitar y orientar a sus afiliados en esta
materia.
3) Incorporar
periódicamente en el Boletín “Otro punto de vista”, como órgano informativo de
la Federación, las posturas más importantes que orientan su filosofía, en la
defensa de las pensiones y trazar sus propuestas hacia futuro. Igualmente, desarrollar el tema pensional a
profundidad por medio de otros escritos de ágil y oportuna difusión entre sus
afiliados.
FRENTE A LA REFORMA PENSIONAL
Ante la
inminencia de una reforma al sistema de pensiones en el país, anunciada por el
Gobierno Nacional, La Federación debe prepararse para conjuntamente con las
demás organizaciones de trabajadores, empleados públicos y pensionados,
afrontar estos aires reformistas y recibirlos con la cautela que ello
implicada, pues la experiencia desde 1993 es que dichas variaciones en la
legislación en esta materia, solo han servido para recortar derechos de los que
se gozaban y privilegiar a los monopolios que se crearon para tal fin, llamados
Fondos de Pensiones Privados que tanto daño le están causado a las pensiones de
los trabajadores de menores ingresos. Sobre
estas características tendremos oportunidad de profundizar en otra ocasión,
pero se sabe y puede demostrarse con hechos evidentes, el daño que han
infringido a los colombianos menos privilegiados.
Es
prioritario abordar desde ya este compromiso y prepararnos para elaborar las
propuestas que puedan defender los intereses de los trabajadores y pensionados,
afectados por las anteriores reformas efectuadas desde la aparición de la Ley
100 de 1993.
Igualmente,
valorar y estudiar las distintas opciones políticas que deben llevarse a cabo,
con la combinación de las tareas propias del ejercicio sindical para cuando el
proyecto llegue al Congreso de la República.
Dejo así
consignadas unas inquietudes sobre el tema, las cuales como afirmé al inicio
deben servir de punto de partida para la construcción de una “gran propuesta”
que desarrolle la Federación y enriquecida con las experiencia de todo el
Comité Ejecutivo de UNETE, en defensa de los derechos a una pensión digna y
justa.
IVAN YEPES
UPEGUI
Secretario
de Asuntos Pensionales – UNETE
Secretario
General de APENANT
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