asuntoslegales.com.co/, Viernes, 20 de abril de 2018
Johnny Giraldo López -
jgiraldo@larepublica.com.co,
Colprensa
El Consejo de Estado había limitado el
tope a solo congresistas.
La Corte
Constitucional y el Consejo de Estado, tomaron decisiones
diferentes sobre 10 tutelas de pensión. Los argumentos que presentaron tienen
diferencias en la forma en que se ha venido reconociendo las jubilaciones en la
jurisprudencia.
Anteriormente el Consejo de Estado había
permitido que los trabajadores pudieran jubilarse con el promedio de sus
ingresos del último año, sin embargo, esto estaba en contravía de dos
pronunciamientos de la Corte Constitucional que dijo que si la persona
pertenece al régimen de transición, su mesada equivaldría al promedio de su
salario en los últimos 10 años.
Este año nuevamente la Corte
Constitucional se pronunció por medio de un fallo del que fue ponente la
magistrada Gloria Ortiz. Con él, la corporación pretendía poner un freno a las
concesiones del Consejo de Estado y le recordó a ese tribunal que debe acatar
esas medidas porque cuando las reformar a la ley son de naturaleza
constitucional, se debe ser más estricto.
Una de esas decisiones polémicas del
Consejo de Estado fue decir que el límite de las megapensiones solo rige para
los congresistas del país. La Corte dijo que esa norma no se debe aplicar sólo
para ellos sino a cualquier tipo de régimen especial.
Al tribunal constitucional lo que le
preocupa es que a pesar de las decisiones emitidas por el Consejo de Estados,
no hay unanimidad en ellas y eso puede amenazar la estabilidad jurídica del
organismo.
¿Prevarica el Consejo de Estado al proteger las pensiones exorbitantes?
http://jujogol.blogspot.com.Reflexiones al tema pensiones
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