razonpublica.com, junio 15, 2020
Escrito por Lina Marcela Cortés Durán Y Julián Pineda Jiménez
Resumen y evaluación inicial de las medidas de apoyo a las empresas y a los hogares colombianos durante la crisis sanitaria.
Lina Marcela Cortés** – Julián
Pineda Jiménez***
Dos teorías económicas
Igual que en muchos países del mundo,
las medidas del
Gobierno colombiano para disminuir los efectos de la crisis sanitaria atienden
tanto a las empresas (el lado de la oferta) como a las personas naturales (el
lado de la demanda).
Estos dos tipos de medidas corresponden o se inspiran en las dos teorías
económicas predominantes en el mundo actual, conocidas como la teoría
keynesiana y la teoría neoclásica:
§
La teoría keynesiana dice que el gasto público debe estimular la demanda de
bienes y servicios para que las empresas se animen a producir esos bienes y
servicios. Así, si el gasto público se destina a construir las carreteras que
las personas necesitan, surgirán empresas que quieran realizar dicha
construcción.
§
Según la teoría neoclásica, la compra de bienes y servicios depende de que
los trabajadores y otras personas reciban salarios o pagos de las empresas, de
manera que un aumento “artificial” del gasto público no tiene efectos reales
sobre la actividad económica.
Atención a las empresas
En Colombia las medidas adoptadas hasta hoy atienden sobre todo el lado de
la oferta, o sea que protegen a las empresas mediante beneficios fiscales,
subsidios u otras ayudas para evitar que disminuya la producción.
Dentro de este enfoque, el gobierno
adoptó el programa de Apoyo al Empleo Formal y hace poco anunció su
ampliación para entregar subsidios destinados al pago de las nóminas hasta el
mes de agosto.
A la medida anterior se suma un apoyo equivalente al 50% de la prima de
junio para los trabajadores del sector formal que ganen un salario mínimo. Este
apoyo será sólo para las empresas que tuvieron una disminución del 20%, o más,
en sus ingresos desde el comienzo de la cuarentena. La otra mitad de la prima
se podrá pagar en dos o tres cuotas, siempre y cuando haya acuerdo entre el
empleador y el empleado.
Por su parte, el Banco de la República,
la Superintendencia Financiera y los bancos comerciales adoptaron algunas medidas para
atender la falta de liquidez y el riesgo de insolvencia de las empresas
colombianas.
Foto: Presidencia de la República
¿De dónde saldrá la plata?
¿De dónde saldrá la plata?
Razón Pública le
recomienda: Créditos y subsidios para empresas y nóminas
Atención a los hogares
Por el lado de la demanda o de proteger la capacidad adquisitiva de los
hogares, el gobierno amplió la cobertura de programas preexistentes (Colombia
Mayor, Jóvenes en Acción), creó el nuevo programa de Ingreso Solidario para
llegar a muchos de los que no estaban cubiertos, y adoptó medidas como la
prohibición del desalojo; los gobiernos locales por su parte dieron plazas o
rebajas en el pago de impuestos o servicios públicos, y tanto ellos como el
Gobierno nacional aumentaron sus gastos en salud y atención hospitalaria.
Pero no es fácil atender las necesidades
de toda la comunidad. Hay personas de estratos altos que perdieron su empleo y
no reciben ayudas del Estado debido a su nivel socioeconómico. Y hay personas
que lograron conservar su empleo gracias al teletrabajo, pero hasta hace poco no
contaban con un reglamento que garantizara su bienestar laboral.
Alivios tributarios
El propósito del Gobierno es claro: impulsar la confianza del consumidor y
la reactivación de la economía. Para esto, además de las medidas anteriores, se
adoptaron algunos alivios de carácter tributario:
§ la devolución automática
de saldos a favor en renta y complementarios e IVA,
§ la reglamentación de
tres días sin IVA,
§
la exención del pago del gravamen a los movimientos financieros (4×1.000)
para entidades sin ánimo de lucro, y
§
la fijación de nuevas fechas para presentar la declaración y pagar el
impuesto sobre la renta y complementario del año gravable 2019 para los grandes
contribuyentes y las personas jurídicas.
Pero algunas de las medidas tributarias han sido criticadas porque se
prestan a irregularidades o porque es muy difícil acceder a ellas.
En estos momentos la Procuraduría adelanta una investigación preliminar
debido a la demora en la devolución de los saldos a favor de los ciudadanos.
Por su parte, para tener derecho a la
exención del IVA hay que pagar con tarjetas de crédito, débito, u otro tipo de
mecanismo electrónico. Y aquí vale recordar que apenas 9,2 millones de adultos
cuentan con al menos una tarjeta de crédito y que solo 27,8 millones están
bancarizados (pero solo el 78,6% de estas cuentas están activas). Dado
este panorama,
la brecha de inclusión financiera entre los municipios urbanos y rurales es de
un 35,2%.
¿Cuánto ha invertido el gobierno?
Como se puede ver en el Cuadro siguiente, Colombia ha invertido cerca de
117 billones de pesos para atender la Emergencia Económica, un 11,04% del PIB.
Parece pues que el Gobierno ha hecho un esfuerzo notable para que los
ciudadanos y las empresas puedan sobrellevar esta situación de la mejor manera.
Gastos del gobierno
a raíz de la emergencia
|
||
Destino
|
Valor (billones)
|
% PIB
|
Fondo para atender
la emergencia-FOME
|
24.8
|
2,33%
|
Garantías de hasta
el 80% de los créditos-FNG
|
60.2
|
5,67%
|
Reducción recaudo de
impuestos
|
2.21
|
0,21%
|
Aporte FONPET a
entidades territoriales
|
2.74
|
0,26%
|
Líneas de
redescuento Bancóldex y Findeter
|
2.42
|
0,23%
|
Liquidez a través
del Banco de la República
|
23.0
|
2,17%
|
Reducción de
cotizaciones pensionales
|
1.8
|
0,17%
|
Total
|
117.17
|
11,04%
|
Reabrir la economía
En estos momentos, una de las medidas
más discutibles es la apertura de ciertos sectores económicos. El 27 de abril
reabrieron los sectores de construcción y manufactura y el primero de junio se
flexibilizó el confinamiento o “cuarentena”. Pero aún es demasiado pronto para
juzgar si estas decisiones fueron apresuradas.
Por lo pronto, algunos locales
comerciales como bares, gimnasios y restaurantes deberán permanecer cerrados,
por lo cual podrán entregar
el inmueble pagando la tercera parte de lo que establece su respectivo contrato
de arrendamiento.
¿De dónde saldrá la plata?
El gobierno colombiano tiene el
compromiso de cumplir la Regla Fiscal o
de equilibrio en sus finanzas.
A partir de 2011, la regla exige que la diferencia entre ingresos y gastos
o el déficit fiscal sea menor cada año, pero permite un cierto margen para que
el gasto aumente en momentos de crisis y disminuya más en tiempos de
prosperidad (es lo que se conoce como manejo contraciclico del gasto público).
Hasta el momento, la Regla Fiscal produce confianza entre los
inversionistas, y por eso las tasas de interés para Colombia en los mercados
internacionales no son muy elevadas: 3,165% y 4,202% para la deuda emitida hace
una semana por valor de 2.500 millones de dólares en dos plazos, con
vencimiento en 2031 y 2051 respectivamente. claro: impulsar la confianza del
consumidor y la reactivación
La emergencia permitió acudir a la opción o mecanismo de gasto contra
cíclico que establece la norma constitucional. El Comité
Consultivo para la Regla Fiscal, junto con el ministerio de
Hacienda, decidió permitir un déficit fiscal o corriente del 6,1% y un déficit
“estructural” del 1,5% del PIB para este año
Pero Colombia no cuenta con grandes ahorros y probablemente no los tendrá
en los próximos años, de modo que las ayudas de emergencia implicaran un
aumento de la deuda pública.
La Regla Fiscal también controla el balance de la deuda pública, y por esta
razón en estos días se han venido evaluando los costos y beneficios de
suspenderla o flexibilizarla. Lo primero traería incertidumbre a los mercados,
mientras que lo segundo equivaldría en la práctica a suprimir esa regla, que
hoy forma parte de la Constitución.
Las medidas de financiamiento con deuda pública son de suma importancia
puesto que se pagarán en el largo plazo mediante impuestos, y desde ya el
ministro de Hacienda está moviendo sus fichas para una nueva reforma
tributaria.
Lea en Razón
Pública: Una demanda contra la desigualdad
Ahorro insuficiente
Si el país hubiera contado con suficientes ahorros, el endeudamiento podría
haber sido menor.
Pero esta imprevisión no fue apenas del gobierno: según el Código de
Comercio (artículo 452), las sociedades anónimas (S.A.) deben mantener una
reserva legal alimentada por al menos el 10% de las utilidades de cada periodo,
después de impuestos, hasta lograr el 50% del capital suscrito. Solo las
sociedades por acciones simplificadas (S.A.S.) no están obligadas a tener
reservas.
Lo cual obliga preguntarse: ¿por qué
ocho de cada diez empresas no
sobrevivirían más de dos meses con las reservas que tenían en el momento de
presentarse la emergencia?
*Razón Pública agradece el auspicio de
la Universidad EAFIT. Las opiniones expresadas son responsabilidad de los
autores.
**Doctora en Economía de la Universidad
de Salamanca, España, magíster en Finanzas y magíster en Administración (MBA)
de la Universidad EAFIT, licenciada en Matemáticas y Física de la Universidad
de Antioquia, profesora del Departamento de Finanzas de la Universidad EAFIT.
***Economista de la Universidad EAFIT,
estudiante de la Maestría en Ciencias en Finanzas de la misma institución.
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