miércoles, 28 de septiembre de 2016

¿Qué impacto trae eliminar el Iman y el Imas?

larepublica.co,  David "Chato" Romero,  Septiembre 28, 2016

dromero@larepublica.com.co



La próxima reforma tributaria que presentará el Gobierno Nacional ante el Congreso se concentrará en las personas naturales y uno de los ejes en los que se enfocaría el articulado es en despejar las dudas sobre cómo deben los contribuyentes declarar renta o ingresos.

El problema radica en la confusión que generó el tener cuatro sistemas de declaración, por lo que la Comisión de Expertos propone adoptar para efectos tributarios una clasificación por tipos de rentas según su naturaleza en dos grandes grupos. El primero es la renta de trabajo y el segundo es otras rentas. 
De llegar a presentarse un artículo que simplifique el sistema los expertos señalan que no solo habría más claridad para los contribuyentes sino que se lograría el objetivo de conocer más información sobre bienes e ingresos de los colombianos y aumentar el recaudo.
Cómo es el sistema actual
Uno de los puntos que terminó creando confusión en los contribuyentes fue la creación del Impuesto Mínimo Alternativo Nacional (Iman) y el Impuesto Mínimo Alternativo Simplificado (Imas). Lo anterior llevó a que el país tuviera cuatro sistemas: la renta ordinaria; la complementaria - que incluye el cálculo del impuesto a través de la renta presuntiva-; el Iman y el Imas.
En el Iman, según lo estableció la reforma de 2012, recogía las contribuciones de las personas que estaban en la categoría de empleados. De acuerdo con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) se grava la renta resultante de disminuir de la totalidad de los ingresos brutos (salvo la ganancia ocasional) de cualquier origen obtenidos en el respectivo periodo gravable. 
Sin embargo, era una alternativa para los contribuyentes cuando registraban un monto del impuesto calculado mediante el sistema ordinario inferior al del Iman. En ese caso, el impuesto sobre la Renta será el Iman. El nudo se complementa cuando el contribuyente miraba el sistema Imas, al que la ley 1607 de 2012 le otorgó la facultad de recoger a los trabajadores de cuenta propia y a los empleados cuya renta gravable fuera inferior a las 4.700 UVT.
La propuesta de la Comisión quiere simplificar el sistema y señaló que se considerarían rentas exclusivas de trabajo, las obtenidas por personas naturales por concepto de salarios, comisiones, prestaciones sociales, viáticos, gastos de representación, honorarios, emolumentos eclesiásticos, compensaciones recibidas por el trabajo asociado cooperativo y en general, las compensaciones por servicios personales.  Las otras rentas son todas aquellas que no califiquen como de trabajo. 
Según Jairo Higuita, socio y tributarista de la firma Crowe Horwath “el sistema se volvió muy complejo y terminó dejando un efecto negativo porque a los contribuyentes les generó una confusión si estaban o no en la categoría empleados ya que esta no solo incluía a los asalariados sino también a los independientes y llevó a que no se tuviera mucha eficiencia en la fiscalización”. 
A esto se suma, según Higuita, el hecho de bajar la base gravable de las personas naturales con el fin que la Dian pueda conocer más información de los contribuyentes. Si se compara el nivel de tributación de las personas naturales sobre el impuesto de renta, vemos que Colombia solamente recoge 15% del recaudo por esta vía. En América Latina el porcentaje del PIB del recaudo de las personas naturales corresponde a 1,3%, en el país esta cifra es de 0,8%. 
Según el exdirector de la Dian, Gustavo Cote, el gran reto que tiene la entidad es “si cuenta con la capacidad de recibir la información adicional si se aprueba que más ciudadanos pasen sus declaraciones y contribuyan, en una manera progresiva, al recaudo de impuestos de la renta”. 
Y es que mientras en los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde) el umbral para empezar a pagar la renta inicia en 0,2% del PIB per cápita, el estatuto tributario del país lo pone en 2,8%. Ahora, falta ver si Hacienda está dispuesto a acoger la propuesta de la comisión.
Aumento del IVA tiene un nuevo oponente

Uno de los elementos fundamentales en la propuesta de la reforma tributaria es el incremento del IVA de 16% a 19%, según lo planteo en su momento la Comisión. De acuerdo con Luis Aurelio Díaz, gerente general de Oikos, dicho aumento a este impuesto desbordará la informalidad y, por tanto, disminuirá la misma base tributaria. “El incremento del IVA debería ser únicamente y, de manera paulatina, para productos y servicios que hoy en día no lo tienen”.  

La opinión
Gustavo Cote
Exdirector de la Dian
“El gran reto que tiene la Dian es poder recoger más información de las personas naturales para poder tener incidencia e impacto en la evasión de impuestos”.

Jairo Higuita
Socio Tributarista de Crowe Horwath
“Se volvió muy compleja la tributación para las personas naturales con la creación del Imas y el Iman. Y si se suma un aumento de la base gravable se mejoraría el sistema”.

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