sábado, 28 de julio de 2012

A acordar monto de la mesada pensional


Portafolio.com,  julio 27 de 2012 

Los afiliados a los fondos de pensiones privados (AFP) podrán decidir si quieren recibir una mesada más alta en los primeros años de su jubilación y, luego, un menor monto, o menos dinero primero y más dinero posteriormente.

Pero no solo eso. También tienen la posibilidad de pensionarse antes de cumplir el requisito de edad sin afectar el valor del pensional al tener que salir al mercado a negociarlo, claro está, si tiene derecho a este por haber cotizado más de tres años en el Instituto de Seguros Sociales (ISS).
Hasta ahora, los cerca de 10 millones de afiliados a las AFP contaban con dos alternativas de pensión: renta vitalicia y retiro programado.
Pero la Superintendencia Financiera, a través de la Circular 013 del 25 de abril de 2012, les amplió el menú de opciones a los futuros jubilados y diseñó tres nuevas alternativas: Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Diferida, Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Inmediata y Retiro Programado sin negociación de Bono Pensional.
Bajo este esquema, el candidato a pensionarse tiene la opción de combinar los aspectos positivos de las alternativas, es decir, el retiro programado y la renta vitalicia, con lo cual asegura el incremento anual de su mesada, que queda atado a la inflación, pero, a su vez, hace que su pensión sea heredable a familiares hasta el quinto grado de consanguinidad, en caso de la muerte prematura del pensionado.
Según el vicepresidente de Operaciones y Servicio de Porvenir, Carlos Zuleta, hoy una persona cuya mesada sea de dos millones de pesos puede acordar con su AFP un monto inicial de 2,5 millones, hasta por 10 años, con lo cual, cumplido este, su mesada volverá al monto inicial.
Si el afiliado cree que necesita menos dinero ahora, porque aún recibe otros ingresos, y requerirá una mesada más alta en el futuro, también lo puede solicitar.
Esas opciones se aplicarían sólo para quienes obtendrán una mesada de más de tres salarios mínimos, aunque la norma no lo especifica, pues con un monto inferior es difícil obtener esa flexibilidad de operación.
La norma abrió la posibilidad para que, sin cumplir la edad, se puedan jubilar sin poner en riesgo el valor de su bono pensional, pues pueden acordar su retiro, así como que su mesada se pague con el dinero de su cuenta individual y esperar la fecha en que redime su bono.

No hay comentarios:

Publicar un comentario