lunes, 26 de diciembre de 2011

Pensionados de Colombia!, declarémonos indignados... ¡Actuemos!

 Pensionados de Colombia!, declarémonos indignados... ¡Actuemos!
  
¡Pensionados de Colombia!, declarémonos en un grupo de indignados, y siguiendo el ejemplar actuar de los estudiantes, iniciemos nuestra batalla para lograr que la Corte Constitucional, el Senado, los Congresistas y el Gobierno Nacional  pongan atención a nuestras justas peticiones que desde hace muchos meses  venimos solicitando mediante derechos de petición y acciones de tutela sin ser escuchados.

Invitamos a todos los trabajadores activos de Colombia para que se unan a nuestro movimiento  porque, si no se modifican las actuales leyes inconstitucionales, ustedes también se verán afectados según su edad actual, en el corto, mediano o largo plazo.

Con las frecuentes modificaciones a la Sagrada Constitución Política de Colombia y sin tenernos en cuenta para concertar, se han producido varios actos legislativos que, de un sólo tajo y sin conceder un tiempo gradual de transición para comenzar a regir, de manera que no afectara a quienes por lo menos ya teníamos derechos adquiridos,  mutilaron algunos beneficios que con el mínimo número de semanas cotizadas  exigidas durantes las anteriores leyes pensionales y cumplidas durante más de 20 años, se constituyeron en derechos previamente adquiridos. Con estos actos legislativos se irrespetó flagrantemente la Constitución Política de Colombia según la cual, por ninguna circunstancia, ningún ciudadano colombiano podrá perder, jamás, sus derechos previamente adquiridos por la modificación o expedición de una ley posterior. Es tan abyecto y desigual el acto legislativo 1 de 2005 que a la vigencia para que las altas pensiones (la mayoría de congresistas) no superaran los 25 salarios mínimos legales, sí concedió una transición de 5 años, más no así para la eliminación de la mesada 14 cuando el valor de la pensión supere los tres salarios mínimos legales anuales vigentes.  No obstante los adefesios del acto legislativo 1 de 2005, se debe interpretar que los derechos y beneficios se adquieren con el cumplimiento del número mínimo de semanas cotizadas, porque la edad, que no depende de la voluntad del individuo, es sólo un requisito para cobrarlos.  ¿Dónde quedó la garantía de la seguridad jurídica que estipula claramente la Carta Magna?

 ¡Absurdo, desigual,  irrespetuoso, irresponsable y violatorio de los derechos fundamentales en grado sumo, por parte de los legisladores que para éllos, que sí tienen expectativas de altísimas pensiones,  "acomodaron" a su favor  la vigencia del citado acto legislativo.  Han sido tan inmorales los legisladores que en varias de sus decisiones expidieron normas muy especiales en su propio beneficio, tales como que los senadores, congresistas y altos funcionarios del gobierno se logran pensionar sin cumplir con el mínimo exigido de semanas cotizadas y peor aún, con el último salario devengado, mientras que los trabajadores del común nos pensionamos con el promedio salarial de los últimos 10 años.  ¡Supremamente injusta esta desigualdad!

También se nos vulnera el derecho a la igualdad con relación a los trabajadores activos,  porque:

1) El incremento anual de nuestras pensiones se hace con el porcentaje del índice de precios al consumidor (IPC) que generalmente es más bajo que el porcentaje con el cual se autoriza el incremento del salario mínimo, contraviniendo la misma ley 100 de 1993 que en una parte de su artículo 14 textualmente dice: "con el objeto de que las pensiones de vejez o jubilación, de invalidez y de sustitución o sobrevivientes, mantengan su poder adquisitivo constante se reajustarán anualmente de oficio, el 1o. de Enero de cada año según la variación porcentual del índice de precios al consumidor, certificado por el Dane para el año inmediatamente anterior..."
Si el objetivo primordial de la ley es que las pensiones mantengan su poder adquisitivo constante;  ¿cómo es posible mantener constante el poder adquisitivo de las mesadas pensionales si generalmente el IPC es inferior al porcentaje del incremento del salario mínimo? Luego se está violando el objetivo primordial de la ley, porque cada año el valor de las mesadas pensionales se va rezagando con relación al salario mínimo.

2) Como empleados que éramos aportábamos el 4% para salud y pensión, porque el restante 8% lo aportaban los empleadores, y ahora que somos pensionados se nos descuenta de nuestras mesadas el 12% para salud, es decir, estamos aportando como pensionados y como empleadores, lo que disminuye ostensiblemente el valor de las de por sí devaluadas pensiones liquidadas con el promedio salarial de los últimos 10 años.

3) También es absurdo e ilegal que en algunos casos se aplican descuentos tributarios y que los bancos a través de los cuales se pagan las mesadas pensionales estén autorizados para hacer descuentos del cuatro por mil y cuotas de manejo.

La presunta debilidad en la estabilidad financiera del sistema general de pensiones que aduce el gobierno en sus actos legislativos,  no es responsabilidad de los pensionados del común que cumplidamente hicimos nuestros aportes legales,  sino a las altísimas y desproporcionadas pensiones de senadores, congresistas, magistrados de las altas cortes y otros muchos altos funcionarios del gobierno que se adjudicaron pensiones en condiciones fueras del sistema general de pensiones y además, por la gravísima y exagerada corrupción reinante en el Estado Colombiano. ¡Que respondan los culpables!

Por este medio de internet ya estamos agrupados más de 350 pensionados  y estamos conformando un directorio  para comunicarnos  y dar inicio formal a nuestro grupo de indignados para que se nos restituyan los derechos y beneficios adquiridos vulnerados.  En archivo adjunto les hago llegar el directorio que hemos iniciado e invitamos a todos los pensionados y trabajadores activos de Colombia para que se incluyan, para lo cual deben enviar al Dr. Alvaro Fiorillo a su email: fiorillo.alvaro@gmail.com los siguientes datos personales: nombre completo, profesión u ocupación, dirección,  ciudad o población de radicación, teléfonos y dirección electrónica (email)

Hagamos eco por este medio reenviando esta solicitud a todos nuestros contactos en general, a las altas esferas del gobierno nacional  y a través de todas las redes sociales para convenir y convocarnos próximamente y comenzar cuanto antes, nuestro movimiento de indignados como está sucediendo en varios países y con el ejemplarizante caso de los estudiantes colombianos a quienes también pedimos que se unan a nuestra causa porque con el correr de los años, también serán pensionados. 

Es la única forma de lograr que se nos escuche.

Antonio Guihur Porto
Email: aguihur@gmail.com
Barranquilla

1 comentario:

  1. OJALA LOS COLOMBIANOS APRENDIERAMOS Y CONSULTARAMOS MUCHO MÁS SOBRE EL TEMA PENSIONAL, PARA QUE APRECIEN Y SE DEN CUENTA DEL TRATO INJUSTO Y LAS DESIGUALDADES QUE EXISTEN DONDE SOLAMENTE SE BENEFICIAN UNOS POCOS ACOMPAÑADOS DE LOS GRANDES PRIVILEGIOS PARA UNOS SECTORES, PERJUDICANDO A MILLONES DE COLOMBIANOS. ESTA ES LA JUSTICIA QUE QUEREMOS ?

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