Cualquier trabajador tiene la opción de elegir a cuál régimen pensional quiere pertenecer: el de prima media, es decir, el que ofrece Colpensiones o el régimen de ahorro individual solidario, con los fondos de pensiones (Protección, Colfondos, Porvenir y Old Mutual). A continuación le presentamos las características de cada uno para que tome la mejor decisión para su retiro.
Aspectos como la edad, el tiempo trabajado, los niveles de riesgo y la rentabilidad son factores claves para determinar a qué régimen pertenecer.
Para empezar, en el régimen de prima media, de Colpensiones, la pensión se obtiene después de cotizar 1.300 semanas, aunque su monto dependerá del promedio cotizado en la última década antes de llegar a la edad de pensión.
De acuerdo con la entidad, “los afiliados o sus beneficiarios obtienen una pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes, o en su defecto, la indemnización sustitutiva también denominada devolución de saldos, según lo establecido en la Ley”.
Así mismo, los aportes de los afiliados y sus rendimientos, hacen parte de un fondo común de naturaleza pública, el cual paga las prestaciones de quienes están pensionados.
En este régimen, las mujeres obtienen la pensión a los 57 años y los hombres a los 62. Sin embargo, lo más importante es cumplir con las semanas cotizadas establecidas.
Es importante resaltar que aunque algunas personas hagan importantes aportes durante esa década, otras presentarán inconvenientes o no tendrán trabajo durante un tiempo, por lo que su pensión no alcanzaría el nivel esperado o incluso no alcanzarían las semanas establecidas.
Mauricio Olivera, presidente de Colpensiones indicó que “ventajas generales no hay. La elección del régimen pensional depende de cada perfil. Los colombianos deben estar donde mejor les vaya. Por eso es bueno que primero se informen muy bien sobre las dos opciones que tienen y con base en eso tomen la mejor decisión para su futuro pensional”, y agregó que “por eso está el decreto donde los fondos privados y Colpensiones deben dar doble asesoría para que las personas tengan está posibilidad y elijan lo que les convenga”.
Del otro lado se encuentra el régimen de ahorro individual, en el que la pensión se construye con los ahorros y los rendimientos que se generan sobre el ahorro a lo largo de toda la vida laboral.
“Solo en los fondos de pensiones, los afiliados tienen su ahorro pensional en una cuenta individual a su nombre y tienen la posibilidad de elegir cómo administrar los aportes depositados en ella. Para eso existen los multifondos, esquema que permite escoger entre tres tipos de fondos de inversión (conservador, moderado y mayor riesgo), de manera que el ahorro pensional se invierta en una serie de activos o instrumentos financieros”, dijo, Jorge Llano, director de estudios económicos de Asofondos.
Llano agregó que la clave para disfrutar de una mejor rentabilidad y mayores beneficios en cuanto al ahorro pensional tiene relación directa con la decisión que se toma al elegir el fondo en el cual se invertirán las cotizaciones de cada trabajador. “Por tanto, no solo es importante definir la entidad sino también el tipo de fondo para optimizar ese ahorro pensional”.
En este sistema, los afiliados que cumplan con la edad de pensión, que sus últimos aportes hayan sido sobre el salario mínimo, que no tengan ingresos y que al menos tengan 1.150 semanas cotizadas, podrán acceder a una pensión de un salario mínimo.
¿Qué pasa si no logra los requisitos para pensionarse?
Según Asofondos, en los fondos de pensiones, en caso de no completar el capital necesario, los afiliados pueden acceder al beneficio de garantía de pensión mínima, en el cual se exigen 150 semanas menos (tres años) que en el régimen de prima media, donde se exigen 1.300 semanas para acceder a una pensión. También está la opción de la pensión familiar, con la que el afiliado puede sumar esfuerzos con el compañero permanente para acceder a una pensión.
Según Asofondos, en los fondos de pensiones, en caso de no completar el capital necesario, los afiliados pueden acceder al beneficio de garantía de pensión mínima, en el cual se exigen 150 semanas menos (tres años) que en el régimen de prima media, donde se exigen 1.300 semanas para acceder a una pensión. También está la opción de la pensión familiar, con la que el afiliado puede sumar esfuerzos con el compañero permanente para acceder a una pensión.
La opinión
Mauricio Olivera
Presidente de Colpensiones
“Ventajas generales de los regímenes pensionales no hay, la elección del depende de cada perfil. Los colombianos deben estar donde mejor les vaya”.
Presidente de Colpensiones
“Ventajas generales de los regímenes pensionales no hay, la elección del depende de cada perfil. Los colombianos deben estar donde mejor les vaya”.
Para contactar al autor de esta nota:
Daliana Garzón Ortegón
dgarzon@larepublica.com.co
Editor de esta nota:
Mario Chaves
mchaves@larepublica.com.co
. COLOMBIA TIENE UNA CONSTITUCIÓN QUE ES LESIVA EN TÉRMINOS LABORALES Y PENSIONALES PARA LOS 47 MILLONES DE COLOMBIANOS.....PUESTO QUE EXISTEN BENEFICIOS Y PRIVILEGIOS, QUE SOLO SE DEBEN DAR Y LO DISFRUTAN LOS EMPLEADOS QUE LABORAN CON EL ESTADO.. Y NO AL RESTO DE COLOMBIANOS.....LO QUE HACE QUE SE TENGA UNA GRAN DIFERENCIA Y DISCRIMINACIÓN CON EL RESTO O MILLONES DE CIUDADANOS....SI HABLAMOS DE PAZ Y CON ESTAS DIFERENCIAS,...ESTAMOS GENERANDO LAS BASES PARA PROBLEMAS E REBELDÍAS A FUTURO,...CON COSTO A LA NACIÓN,.... QUE HOY NUESTROS DIRIGENTES NO QUIEREN ESCUCHAR Y SOLUCIONAR.....
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