8 de octubre 2019
REDACCIÓN EL TIEMPO
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Archivo / EL TIEMPO
El
tema de la pensión trasnocha a más de un colombiano. La población joven percibe
que no logrará tener un seguro económico para la vejez, pero la situación más compleja es la de personas que ya
están cerca de la edad (57 años para mujeres y 62 años para los hombres) y pese
a que han cotizado y completan las semanas, no les alcanza el ahorro para
obtener un ingreso en la etapa en la que más se necesita (cuando se deja de
trabajar).
(Le puede interesar: Con pensiones, temor de Millennials
es tener que trabajar toda la vida)
En
el país existe el llamado Fondo de Garantía de Pensión Mínima, creado desde la
ley 100 de 1993 y previsto como un fondo solidario diseñado para que los
afiliados a fondos privados que, pese a tener la edad y las semanas cotizadas
(1.150 semanas), no tienen el capital suficiente
para financiar una pensión de un salario mínimo.
Este fondo, de acuerdo con
cifras de Asofondos, tiene una reserva de $ 23,5 billones. Hasta este año, 35.082 personas han sido beneficiarias.
Hay que recordar que este fondo
se nutre de los aportes que hacen todos los afiliados del régimen de ahorro
individual con solidaridad y busca financiar las pensiones de aquellas personas
que no cuentan con el capital suficiente para recibir un salario mínimo al jubilarse.
Las personas que cumplan los requisitos sin que tengan el capital, muchas veces no conocen
que pueden acceder al beneficio. En definitiva, terminan optando por la
devolución del capital que no es una alternativa a largo plazo, pues, la plata
en mano se acaba.
El trámite y el beneficio
El trámite para este beneficio, que implica obtener un salario mínimo mensual de manera
vitalicia y sustituible a los beneficiarios que señala la ley, en caso de
fallecimiento del pensionado, suena sencillo.
(También puede leer: Así está Colombia en el escalafón de
pensiones global)
Si como ciudadano cree que cumple los requisitos puede acercarse al fondo de pensiones
y hacer la solicitud.
Los documentos primarios que le pedirán son cédula de
ciudadanía ampliada a 150 %; si se requiere, le
pedirán algunos soportes de la historia laboral, y copia del registro civil de
nacimiento, primordialmente.
Finalmente, se
debe tener presente que esta es una prestación propia del Régimen de Ahorro
Individual con Solidaridad RAIS), que es administrado por los Fondos Privados de Pensiones.
REDACCIÓN ECONOMÍA Y NEGOCIOS
Reflexiones al tema pensiones
Twitter: @orregojj
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