miércoles, 5 de febrero de 2014

A la MESADA pensional no se le aplica refuente -sin excepcion alguna-

POR: Alejandro López Ortiz

Atento Saludo.

A las mesadas "pensionales" no se les aplica deducción de REFUENTE sea cual fuere el valor pagado por nómina mensual de "pensionados" del Régimen de Prima Media (RPM) o delRégimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS).

Se precisa que quien ya tenga reconocido el ESTATUS o CALIDAD de pensionado NO PUEDE COTIZAR PARA PENSION conforme a lo establecido en la Ley 797/2003, luego por sustracción de materia no se daría la figura de deducción a la renta por APORTE PENSION. 

Dependiendo del valor ACUMULADO anual recibido por PENSION menos las deducciones a la renta (por ejemplo: Aportes Salud) la pensión puede llegar a tener IMPUESTO SOBRE LA RENTA, al momento de elaborar y liquidar la Declaración de Renta Personal.

Hay que distinguir entre REFUENTE A LA PENSION (no se  aplica REFUENTE a la Pensión sea cual fuere su valor)  y el   IMPUESTO A LA RENTA SOBRE PENSION (cálculo y liquidación que se da al momento de elaborar la Declaración de Renta Personal)   

Las mesadas iguales o inferiores (del pago mensual) a 1.000 UVT no tienen IMPUESTO A LA RENTA SOBRE PENSION.

Las mesadas (solo en la parte que exceda del pago mensual)  superiores a 1.000 UVT tienen IMPUESTO A LA RENTA SOBRE PENSION. 

Valor UVT Año 2014: $27.485

1.000 x $27.485= 27.485.000

Luego tienen IMPUESTO A LA RENTA SOBRE PENSION la parte del pago mensual que supere $27.485.000.  

Para Mayor ilustración sugiero los siguientes vínculos:




He leído algunos correos completamente desactualizados, en los cuales se hace referencia a que se va aplicar REFUENTE a las pensiones superiores a cinco (5) SMMLV; ello no es correcto dado que dicha información se remonta al proyecto de reforma pensional del año 2002.Sugiero ver el siguiente vínculo de NOTICIA NO VIGENTE sobre el tema publicado enwww.eltiempo.com el 03 de Diciembre de 2002  

http://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-1332620


Las NOTICIAS  NO VIGENTES y DESACTUALIZADAS  DESINFORMAN Y CAUSAN CONFUSION Y PUEDEN GENERAR ACCIONES INCORRECTAS.  

Lo que si tenemos que estar pendientes es que a futuro no se toquen nuestras pensiones con REFUENTE, sin excepción alguna, o que se intentara disminuir la BASE DE IMPUESTO DE RENTA SOBRE LAS PENSIONES  que actualmente está en lo que supere  1.000 UVT del valor del pago mensual de la pensión.  

Igualmente estar pendientes y no permitir ninguna acción del Gobierno ni del Congreso, que vaya en vía de DISMINUIR AUN MAS EL PODER ADQUISITIVO DE NUESTRA PENSION.

El periodo Legislativo 2014-2018 , SI DIOS QUIERE, está destinado para trabajar incansablemente por INICIATIVAS LEGISLATIVAS que propendan por la RECUPERACION DEL PODER ADQUISITIVO DE LAS PENSIONES Y LA DIGNIDAD DE LOS PENSIONADOS Y EL ADULTO MAYOR.

Atentamente,

Alejandro López Ortiz
Presidente CNPRVT95- PAPE

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