¿Régimen pensional especial para las cortes?
Por: Elespectador.com, 14 Jul. 2011 - 10:58 pm
Ante nuevas exigencias para elección y requisitos, magistrados de las altas cortes proponen posibilidad de salir pensionados. El período de los magistrados de las altas cortes es hoy de ocho años y no pueden ser reelegidos.
Hay un tema de la reforma a la justicia que el Gobierno llevará al Congreso el próximo 20 de julio que anuncia ardua polémica. Tiene que ver con los requisitos, el periodo, las inhabilidades y la edad de retiro forzoso de los magistrados de las altas cortes.
La propuesta del Ejecutivo —expuesta en la reunión de la Comisión Interinstitucional para la Reforma que se realizó entre lunes y martes pasado— es que para ser magistrado de dichos altos tribunales se debe tener más de 50 años de edad, ampliar de 10 a 20 años el requisito de experiencia profesional y de 8 a 12 el periodo de permanencia en el cargo.
Asimismo, se aumenta de 65 a 70 años la edad de retiro forzoso y se busca establecer para los magistrados —además del fiscal general, el procurador, el contralor y el registrador nacional– la prohibición de aspirar a cargos de elección popular dentro de los cinco años siguientes a su retiro del tribunal o la corporación o durante el periodo de éste. Incluso, se busca cerrar la posibilidad de que sean nombrados como embajadores.
Destapadas las cartas por parte del Gobierno, la reacción de las altas cortes no se hizo esperar. Según conoció El Espectador, ante un régimen tan estricto, los magistrados plantearon que se considere la posibilidad de salir pensionados. Más o menos, lo que quisieron decir fue que si la edad mínima para ser magistrado es 50 años, más los 12 en el cargo y los cinco de inhabilidad para llegar a puestos de elección popular, al salir quedan prácticamente por fuera del escenario laboral-judicial.
El lío está en que para otorgarles el beneficio de la pensión se requeriría establecer un régimen especial, algo que está prohibido por mandato constitucional. Eso quiere decir que sería necesario tramitar un acto legislativo para otorgar ese derecho.
Por cierto, en cuanto al reemplazo de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, la propuesta del Gobierno es que se aplique la cooptación indirecta, es decir, que sean elegidos por la propia corporación de una lista de seleccionados elaborada por la sala de Gobierno del Consejo Superior Judicial, la entidad que entraría a reemplazar al Consejo Superior de la Judicatura.
Otro asunto que inquieta a las altas cortes y por el que están dispuestas a dar la pelea es el de la autonomía presupuestal. El criterio es que la justicia nunca será independiente mientras no tenga recursos propios. Sus propios cálculos indican que se necesitan $1,3 billones anuales y se ha hablado de destinar un punto del IVA, aportes específicos de la Superintendencia de Notariado o destinar un porcentaje de los ingresos de la nación. Sobre este último punto, el Gobierno cree que no es conveniente porque, ¿qué pasaría cuando dichos ingresos se caigan?
La propuesta del Ejecutivo —expuesta en la reunión de la Comisión Interinstitucional para la Reforma que se realizó entre lunes y martes pasado— es que para ser magistrado de dichos altos tribunales se debe tener más de 50 años de edad, ampliar de 10 a 20 años el requisito de experiencia profesional y de 8 a 12 el periodo de permanencia en el cargo.
Asimismo, se aumenta de 65 a 70 años la edad de retiro forzoso y se busca establecer para los magistrados —además del fiscal general, el procurador, el contralor y el registrador nacional– la prohibición de aspirar a cargos de elección popular dentro de los cinco años siguientes a su retiro del tribunal o la corporación o durante el periodo de éste. Incluso, se busca cerrar la posibilidad de que sean nombrados como embajadores.
Destapadas las cartas por parte del Gobierno, la reacción de las altas cortes no se hizo esperar. Según conoció El Espectador, ante un régimen tan estricto, los magistrados plantearon que se considere la posibilidad de salir pensionados. Más o menos, lo que quisieron decir fue que si la edad mínima para ser magistrado es 50 años, más los 12 en el cargo y los cinco de inhabilidad para llegar a puestos de elección popular, al salir quedan prácticamente por fuera del escenario laboral-judicial.
El lío está en que para otorgarles el beneficio de la pensión se requeriría establecer un régimen especial, algo que está prohibido por mandato constitucional. Eso quiere decir que sería necesario tramitar un acto legislativo para otorgar ese derecho.
Por cierto, en cuanto al reemplazo de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, la propuesta del Gobierno es que se aplique la cooptación indirecta, es decir, que sean elegidos por la propia corporación de una lista de seleccionados elaborada por la sala de Gobierno del Consejo Superior Judicial, la entidad que entraría a reemplazar al Consejo Superior de la Judicatura.
Otro asunto que inquieta a las altas cortes y por el que están dispuestas a dar la pelea es el de la autonomía presupuestal. El criterio es que la justicia nunca será independiente mientras no tenga recursos propios. Sus propios cálculos indican que se necesitan $1,3 billones anuales y se ha hablado de destinar un punto del IVA, aportes específicos de la Superintendencia de Notariado o destinar un porcentaje de los ingresos de la nación. Sobre este último punto, el Gobierno cree que no es conveniente porque, ¿qué pasaría cuando dichos ingresos se caigan?
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